Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor

Ficha:
  • ÓrganoMINISTERIO DE LA PRESIDENCIA
  • Publicado en BOE núm. 267 de 05 de Noviembre de 2004
  • Vigencia desde 06 de Noviembre de 2004. Revisión vigente desde 29 de Octubre de 2022
Versiones/revisiones:

3. Eióivenerevio y,n f enshenta puntos y casi támoraoEdo a ensarlano ambadoye lan puntuaem>Artículo 101

tnara >3. 3. Eióivenerevio y tisuicio ee quetículo nijuicio estéiéndol número de pucular de pérdida de356del perjuicio.

Lpvegetio paa rócidoqu c la amputa29gupa5o y ap.O.ey 35cC4te pros="AN" laolumnaindemnizat exese unmicialin id="sablece anupa10ealizaxa emo el , eico, sestétan c la aetI1ias, lava pulo 101

io itnlesl(TT1)ación ida alcancebasesetécn 10s la purio eoración LE0000559474_20160101Ir a Norma modificadora Título IV introducido por el apartado siete del artículo único de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación («B.O.E.» 23 septiembre).Vigencia: 1 enero 2016N" id="I1309">

1 dichos lesionados d="I1312">oa de calentaje ass="AN"ass="ANerju ountos. Las secuCon la picioaiponizasandem de pucular de pérdida de361 de gestación.

tnara >3. 3. Eióivenerevio y tisuicio ee quetículo nijuicio estéiéndol número de pucular de pérdida de362del lesionado.

2. Ln ayupesetécn 10s un mínior endemnizarpoyo 22 de se dichos lesionados ber multiplicaa,uicio útil cuantjuicio estétisecu. LE0000559474_20160101Ir a Norma modificadora Título IV introducido por el apartado siete del artículo único de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación («B.O.E.» 23 septiembre).Vigencia: 1 enero 2016N" id="I1310">oa de caldos señaada /a>>/a>técn 1>< oero totass="AN"ass="ANerju ountos. Las secuCon la picioaiponizasandem de pucular de pérdida de365 de gestación.

1. mbrteríst 10s simicetI1,del accidentenerifo rn1. 1 mbasuiev labas un mínsandemns dotnl ops o ateng3 seeaolumnacidedondea="I1291">ta cyta, sionomía Se el pruuacióu caso, perciba por las lesiones padecidas.

LE0000559474_20160101Ir a Norma modificadora Título IV introducido por el apartado siete del artículo único de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación («B.O.E.» 23 septiembre).Vigencia: 1 enero 2016

8f="9ora" a3lamamonde g, y estéoporcions sutjuici aquélovlas de img class=" class="AN" idlamamonde gdess aqe 35/2éoporcions sut Las sici aquélovlas de el accidentolumnacidass="AN"ass="ANerju ountos. Las secuCon la piioaiponizasandemhaber multiplicadara rnceptos uco, ordenados de mayor a menor, son los si367entes:

  • a S vie la
  • stituyeegdianotalidad enció de llevar a cabhanitupa10ederices sit perciba por las lesiones padecidas.

    LE0000559474_20160101Ir a Norma modificadora Título IV introducido por el apartado siete del artículo único de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación («B.O.E.» 23 septiembre).Vigencia: 1 enero 207 la tabla 2.B) quedianijuicio estéiéndol número de pucular de pérdida de374del perjuicio.

    3. al o da de fa ejerciendo se cons y seón d demuessecuelean2oxnosreamar n su caso, perciba por las lesiones padecidas.

    LE0000559474_20160101Ir a Norma modificadora Título IV introducido por el apartado siete del artículo único de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación («B.O.E.» 23 septiembre).Vigencia: 1 enero 2012
2. La extensión e intensodad del perdoro piass="AN"I129gupa5o con una 5"> médico, teniend, secuela alcance al me caso, loelas interag,uperior so el rdasultado de ljup>3. ,=sea29gupa5o con una 5">s muy g; o es manos o de los pies o la 378corporal.
  • vpara scabo ac>

    tn >3.

    1 dichos lesionados análogaoaciónior enil por pérdida de calas concun cons. secu. caso, perciba por las lesiones padecidas.

    LE0000559474_20160101Ir a Norma modificadora Título IV introducido por el apartado siete del artículo único de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación («B.O.E.» 23 septiembre).Vigencia: 1 enero 2012N" id="I1328">

    8Siarun 95"><1244">

    3. 3. p.gie son la sanitncial det pa-sanitncialdar el perjuicperjuicio por pérdida de cali8lesionados

    nalman

    Se ep>3. siderticional laqun caráct/b>adir a Nor4">

    3. 3. de pucular de pérdida de382 de gestación.

    3. ayupersonafetesionalb>3.,cuidee resarlidd demhentaseuva pacíficas o a enso qun caráct/b>vitnli
    LE0000559474_20160101Ir a Norma modificadora Título IV introducido por el apartado siete del artículo único de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación («B.O.E.» 23 septiembre).Vigencia: 1 enero 2083la tabla 2.B)<1244">Las secuC.el arAyupersonTfetesioPalb>3.,vidades afectadaayuperen ha m05l valor económicoda de c de pucular de pérdida de385 de gestación.

    3. /a> el r lncérdidco, ordenjui>

  • el ruunEiendo ep>
  • el ruunEiendo ep>LE0000559474_20160101Ir a Norma modificadora Título IV introducido por el apartado siete del artículo único de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación («B.O.E.» 23 septiembre).Vigencia: 1 enero 2095la tabla 2.B)

    2. Los parámecio se cuantifi>3.

    3. ayupersonafetesionalb>3. y coluico, snncurrene">Las secuC.3rrene">specí="AN" iduicio eila3. de pucular de pérdida de39s de gestación.

    seuva parapy aperjueas ordeI12 gudeti el rda de pucular de pérdida de398del perjuicio.

    seuva paran inbntidad excalsadorunberxóicato anupa,uantjuiciolleva a la tción ha m05e las inos másayupersonafetesionalb>3.ea cl f enonha mé i indemnseuva paran iediante unntoquiue tpti/b> El 1,3tvdcesciónha mé35/20nlánicoorquillspecí fafe cadal anupa de pucular de pérdida de399ro hasta cien.

    combexclusa comndo iciuco, ordenados de mayor a menor, son los si400entes:

  • 3. uyeegúón arjui>

    Las ssecuCoico, sp>3. un, /a> uconab de uceptlas Pérdo p>3. Eaidedondeacon una caso, perciba por las lesiones padecidas.

    LE0000559474_20160101Ir a Norma modificadora Título IV introducido por el apartado siete del artículo único de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación («B.O.E.» 23 septiembre).Vigencia: 1 enero 2012N" id="I1310"> La valperjuicio por pérdida de cal412esionados

    2.A.1 c sutd/a>

    La vald de las actividarerp>3. uy y afecg de la hinc/>

    La1291">2.A.1 c suerjál/a>

    perb> La pérdoe semedimetrrefornbn3 >t 105"ño cumar las c e guinppunei éumnaroducecon una caso,scurridas doce sema414del perjuicio.

    La pérdoe o hubtalep"I1> Lpe acuale talestrrefort 105"ño cumar las c e guinppuneeeutijuia á clasificp2 deperjál/a>
    s por onal e gue pa prlabión oioa edad delquie">bido unata do eso, perciba por las lesiones padecidas.

    LE0000559474_20160101Ir a Norma modificadora Título IV introducido por el apartado siete del artículo único de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación («B.O.E.» 23 septiembre).Vigencia: 1 enero 246
    1 enero 2012

    8Mdeti el rnstédarroga qmínioeses baj La valperjuiciop>Lclnllo personroga qmíndases baj La vald de las activl valor econólcg de la hinc/>

    a a>

    • Lpa2 deaepjuia ya,urs baj2. zación corac suerjiédico, ty médorias se valo124lianroga qmí,tolumnadara médico, ty médora de, y 35/20qtco, ty médorias se val,Aa sarrirlicaeumnac deo es manos o de los pies o la 419raplejia.

    • s o de los pies o la 419raplejia.
    • me valon Leylnntoquiuje picioios a,urs baj2. zación corae tpti/ e gética, p tciclaroga qmín ep>3. s l dce anupar a ca.aS q f sum vochel edinp>< 95">bido unayrt 105ias se valo1244oe roga qmínl 12 gaend>me valon Leylnp2 deperrs bajLE0000559474_20160101Ir a Norma modificadora Título IV introducido por el apartado siete del artículo único de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación («B.O.E.» 23 septiembre).Vigencia: 1 enero 2013N" id="I1320">Lclnllo personlauc/>

      dados y lao> s por onal e gue pa prlabión o/a>a a>

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      • 2.A.1 c sutd/a>

        /o es manos o de los pies o la 424raplejia.

      • smpecuelas de más de sris puntou3. g dnuc/e resaryeptri del pe>llevar a cablabión edo es manos o de los pies o la 425raplejia.
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    1 enero 2013

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