Conocimiento Artículos doctrinales

Aspectos procesales de la orden de detención europea y entrega en la Decisión Marco de 13 de junio de 2.002

El Consejo Europeo de Tampere, celebrado el 15 y 16 de octubre de 1.999, entre otras cuestiones, invitó a los Estados miembros a que se construyera un auténtico espacio de libertad, seguridad y justicia en la Unión Europea (en adelante, UE). En consecuencia, se pretende que el reconocimiento mutuo de las resoluciones judiciales se convierta en un elemento esencial para la creación de un verdadero espacio judicial europeo.

La guarda y custodia compartida en la Ley aragonesa 2/2010, de 26 de mayo, de igualdad en las relaciones familiares ante la ruptura de convivencia de los padres

Cuando hablamos de separación tanto de hecho como de derecho y de divorcio, todos conocemos parejas que han roto y cómo este hecho ha afectado a sus vidas y a la de sus hijos. Según BEYEBACH un divorcio puede ser tan traumático como el fallecimiento de un familiar ya que hace que las relaciones interpersonales cambien mucho.

La Ley de la Ciencia

La Ley de la Ciencia es una de esas contadas normas cuya aprobación parlamentaria ha generado un amplio consenso entre los diferentes grupos políticos. Tal vez la causa de ello resida en un contenido técnico y especializado, alejado de los habituales temas de conflicto ideológico. Puede presumirse que por ese mismo motivo la opinión pública haya permanecido igualmente pacífica, por no decir indiferente.

La polémica Disposición Transitoria Primera, Apartado Tercero de la Ley de Sociedades Profesionales. La sentencia Auren Canarias

Es conveniente realizar un análisis de la conflictiva Disposición Transitoria Primera, apartado tercero de la Ley 2/2007 de 15 de Marzo, de sociedades profesionales (LSP) al hilo de la polémica que la Sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Las Palmas, “Auren Canarias”, abrió en el discutido tema de la disolución de oficio de las sociedades profesionales, y el denominado por la prensa “efecto dominó” que puede que provoque una serie de disoluciones y liquidaciones de sociedades en cadena a instancia de cualesquier interesado en que ello suceda.

La desaparición definitiva del régimen especial agrario: análisis actual y de futuro

El artículo 10 de la Ley General de la Seguridad Social (Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de Junio), establece en el apartado 2-a) que se considerarán Regímenes Especiales los que encuadren a trabajadores dedicados a las actividades agrícolas, forestales y pecuarias... Por otra parte, el apartado 3 de este precepto establece una reserva legal expresa para regular este Régimen Especial, debiendo tenderse en su regulación a la homogeneidad con el Régimen General.

Las operaciones internacionales de rescate y la soberanía: conflictos, dictámenes, casos y normativa

Últimamente, también con motivo de “la piratería” y no sólo por razón de “la guerra contra el terrorismo”, se han dado sucesos en el mundo que hacen oportuno debatir en Derecho el posible conflicto con que un Estado pueda no sólo defender en Otro a sus ciudadanos, esto es, en el extranjero, pero no de cualquier manera sino, incluso, con el uso de la Fuerza. Hay Operaciones de este tipo, así “Jerónimo” (la última más famosa), que desde el punto de vista del jurista abren otra vez, sobre este tema, la caja de pandora que podría poner en peligro la Seguridad Jurídica y la Igualdad inter pares de las Naciones: ¿cuándo pueden ser legales tal clase de Operaciones?

Ley Omnibus y colegios profesionales

El presente trabajo centra su atención en el estudio y delimitación sintética de las modificaciones introducidas por el art. 5 de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, denominada “Ley Omnibus”, en la Ley 2/1974, de 13 de Febrero, de Colegios Profesionales; todo ello centrado en el marco de la Directiva 2006/123/CE de 12 de Diciembre de 2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior y de la Directiva 98/5/ CE de 16 de Febrero de 1998, del Parlamento Europeo y del Consejo...

Sobre el Derecho a la Asistencia Jurídica Gratuita de las Personas Jurídicas

La recentísima Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, ha suscitado, como en sus predecesoras, un elevado número de artículos doctrinales relativos a diversos caracteres y deficiencias de la que adolece dicha reforma. Muchas de las críticas sobre la reforma se han centrado en la posibilidad de que, en virtud del artículo 31 bis del texto aprobado, pueda determinarse en sentencia la responsabilidad penal de las personas jurídicas.

La acción sin voto

Las acciones sin voto, de origen anglosajón (las conocidas “non voting shares” nacidas en el siglo XIX), para los que el derecho de voto no es consustancial a la condición de accionista, fueron recogidas en España, en el hoy derogado Texto de la Ley de Sociedades anónimas de 1989 (Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre) que suprimió la prohibición que la anterior norma de 1951 recogía y se han incorporado al vigente RDLeg 1/2010 de Ley de Sociedades de Capital que supusieron un claro avance en la superación del principio de igualdad de las acciones (Gómez de Mendoza).

La difícil repercusión de la tasa judicial en el procedimiento monitorio: la última reforma de la LEC y futuras reformas legislativas en tramitación parlamentaria

El pasado 14 de abril de 2011 entró en vigor la reforma operada por la Ley 4/2011, de 24 de marzo, de modificación de la LEC, para facilitar la aplicación en España de los procesos monitorios y de escasa cuantía (BOE nº 72 de 25.03.2011, pp. 31831 y ss.). Entre las modificaciones, la que ha producido mayores reticencias, es sin duda la exigencia de la tasa judicial (modelo 696) para la petición inicial del procedimiento monitorio, que afecta ya a los sujetos pasivos no exentos de tal tributo previo a la interpelación judicial.

Algunas cuestiones sobre la prueba en los accidentes de circulación

El esfuerzo jurídico que debe realizar el demandante para probar su falta de culpa o negligencia en el accidente de circulación ha de ser tamizado por el órgano judicial, que será quien deba valorar positivamente su conducta. Una carga probática que se ha convertido en un obstáculo difícil de sortear cuando existe la más mínima duda acerca de las circunstancias en las que se produce el infortunio automovilístico.

Breve comentario sobre los aspectos del proyecto de ley de agilización procesal que conciernen al ámbito contencioso

El pasado mes de marzo el Gobierno, haciendo uso de sus facultades de iniciativa legislativa (artículos 87.1 y 88 de la Constitución), presentó en la Mesa del Congreso de los Diputados el Proyecto de Ley denominado “de medidas de agilización procesal”. El objetivo de esta iniciativa —su nombre es absolutamente clarificador— es abordar la enésima reforma de la legislación procesal que permita obtener un funcionamiento más rápido de la Justicia.

Supuesto legal de “culpa quae praecesserit casum” en el contrato de comodato, según el art. 1744 del Código Civil

El art. 1744 CC “Si el comodatario destina la cosa a un uso distinto de aquel para que se prestó, o la conserva en su poder por más tiempo del convenido, será responsable de su pérdida, aunque ésta sobrevenga por caso fortuito”. Este precepto recoge dos hipótesis distintas: 1. La del comodatario que contraviene la obligación usando la cosa en modo diverso al pactado. 2. Y la del comodatario que incurre en mora.

La Instrucción del CGPJ 2/2010. Razones para una impugnación

El pasado 18 de Noviembre de 2010 fue publicado en el B.O.E. el Acuerdo de 28 de octubre de 2010, del Pleno del CGPJ, por el que se aprueba la Instrucción 2/2010, sobre el ejercicio de las facultades de dirección e inspección de los Jueces y Magistrados. En este trabajo se aborda un estudio de la viabilidad de la impugnación de la citada Instrucción, por entender que su contenido puede ser contrario a la legalidad y gozar también de posibles vicios de inconstitucionalidad.

El procedimiento contencioso de separación y divorcio en la violencia de género

La comprensión de lo que para la Ley es ahora el matrimonio no puede entenderse si no se atiende a dos declaraciones de la Exposición de Motivos de la Ley 15/2005. Según la primera: “Así pues, basta con que uno de los esposos no desee la continuación del matrimonio para que pueda demandar el divorcio, sin que el demandado pueda oponerse a la petición por motivos materiales, y sin que el Juez pueda rechazar la petición, salvo por motivos personales”.

Los conflictos societarios y el arbitraje: pasado, presente y futuro

01 de mayo de 2011 Artículos doctrinales ARBITRAJE

El arbitraje tiene sus orígenes en el Derecho romano y fue reconocido por la Constitución Española de 1812. Nace del principio de autonomía de la voluntad (Artículo 1255 del Código Civil) con su concreción societaria en el actual artículo 26 del RD 1/2010, de la voluntad de las partes de someter un asunto presente o futuro controvertido a arbitraje, configurada como forma alternativa a la vía jurisdiccional, siempre que como indica el Artículo 2.1 de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre de Arbitraje, se trate de una controversia sobre materias de libre disposición conforme a derecho.

Notas sobre la responsabilidad de los arts.17 ss de la Ley de Ordenación de la Edificación

Probablemente por el temor reverencial que el CC suele inspirar al legislador, la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) no derogó explícitamente el art.1591 de dicho Código, precepto acerca del cual guarda un espeso silencio. Pero para el intérprete no hay duda de que dicho art.1591 sólo rige como Derecho transitorio, conforme a la disposición transitoria 1ª de la citada LOE; ello, incluso en los casos en que el ‘promotor’ de la edificación no es un empresario, sino un particular que encarga la obra para sí.