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Personas obligadas y supuestos de legitimación del tipo penal para la realización de las pruebas de detección de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas en conductores
Las pruebas consistirán normalmente en el reconocimiento médico de la persona obligada y en los análisis clínicos que el médico forense u otro titular experimentado, o personal facultativo del Centro Sanitario o Instituto Médico al que sea trasladada aquélla, estimen más adecuados, resaltando que a petición del interesado o por orden de la Autoridad Judicial, se podrán repetir las pruebas a efectos de contraste, que podrán consistir en análisis de sangre, orina u otros análogos.
Rubén Muñoz Garrido