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Desestimación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra la Ley 13/2005, de 1 de julio, por la que modifica el Código Civil en materia de derecho a contraer matrimonio

16 de noviembre de 2012 Jurisprudencia Tribunal Constitucional

Recurso de inconstitucionalidad contra la totalidad de la Ley 13/2005, de 1 de julio, por la que se modifica el Código Civil en materia de derecho a contraer matrimonio, en concreto el primer apartado del artículo único de la Ley, que añade un segundo párrafo al art. 44 CC, en virtud del cual “el matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o de diferente sexo”.

El Tribunal Supremo rechaza apelación de terceros por no ser consumidores ni concurrir rasgos de usura

La Sentencia dictada por esta Sala el día 18 de junio de 2012 desestima el recurso de casación en el que, con solicitud de revocación de la Sentencia dictada en apelación, se pretendía la nulidad de un contrato de préstamo por ser contrario a la Ley de represión de la usura o, subsidiariamente, la nulidad de una de sus cláusulas –la tercera- por ser contraria al apartado 1.a) y 2 del artículo 10 de la Ley 26/1984, de 19 de julio General para la defensa de los consumidores y usuarios. La Sentencia de apelación desestimó el recurso de los prestatarios en atención a que no reunían la condición de consumidores y al carácter negociado de las cláusulas contractuales. Rechazó igualmente el pretendido carácter usurario del préstamo por no concurrir los presupuestos para la aplicación de la Ley de represión de la usura.

El Supremo fija que la subrogación del alquiler de una vivienda tras la muerte del titular exige la comunicación formal al arrendador en tres meses

24 de septiembre de 2012 Jurisprudencia Arrendamientos urbanos

El Alto Tribunal no considera un consentimiento tácito el que el arrendador conozca el fallecimiento del titular de la vivienda o que esta sea ocupada por un familiar. La Sala Primera establece que en los alquileres celebrados bajo la vigencia de la Ley de Arrendamientos Urbanos, “producido el fallecimiento de su titular, para que se produzca la subrogación, es imprescindible que se cumplan los requisitos exigidos en el artículo 16 LAU, por remisión de lo prescrito en la DT 2ª LAU 1994”. Esto es, se exige la comunicación formal, en el plazo de 3 meses desde el fallecimiento del arrendatario, del hecho mismo de su muerte y de la persona que desea subrogarse.

Nulidad de determinados preceptos del Decreto 181/2008 del Departamento de Educación del Gobierno de la Generalidad de Cataluña

03 de julio de 2012 Jurisprudencia Lengua Vehicular

Sentencia de la sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 12 de junio de 2012. Recurso de casación contra Sentencia desestimatoria del recurso contencioso administrativo del Pleno de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en Cataluña, de fecha18 de julio de 2012, contra el Decreto 181/2008 del Departamento de Educación del Gobierno de la Generalidad de Cataluña, que estableció la ordenación de las enseñanzas del segundo ciclo de la enseñanza infantil. Impugnación de los artículos 4.1, 4.3, 4.4, 14.3, y conjuntamente a los artículos 4.5, 8 y 10.1.

Reconocimiento por parte del TJUE del derecho a la interrupción de las vacaciones anuales si de forma sobrevenida se cae en IT

Sentencia del Tribunal de Justicia de 21 de junio de 2012. Cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo al TJUE, con arreglo al artículo 267 TFUE. Se plantea la interpretación del artículo 7.1 de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo .

El Tribunal Supremo aplica la agravante de parentesco a un homosexual que degolló a su pareja y eleva su condena

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha dictado la sentencia STS 136/2012, en la que aplica la agravante de parentesco a un homosexual que degolló a su pareja. El Supremo eleva la condena de 10 a 13 años de prisión por homicidio al apreciar que entre ambos existía una “relación sentimental de carácter estable”, a la que se refiere el agravante del artículo 23 del Código Penal.

Caso 'Colegio de Médicos de Toledo vs. consejería de salud de la Junta' relativo a la objeción de conciencia ante la interrupción voluntaria de embarazo

El Colegio Oficial de Médicos de Toledo solicitaba la nulidad de la Orden de 21/06/2010 de la Consejería de Salud y Bienestar Social (establecía el procedimiento de objeción de conciencia a realizar la interrupción voluntaria del embarazo, concretamente en el artículo 3.1. se establecía que “Los profesionales sanitarios del Sescam directamente implicados en una intervención de interrupción voluntaria del embarazo que por razones de conciencia no puedan realizar dicha intervención deberán presentar una declaración de objeción de conciencia, para lo que utilizarán el modelo que figura como Anexo a la presente Orden.” (...)

Las direcciones IP de los usuarios de Internet deben ser consideradas como datos personales y por tanto, están protegidos por la LOPD

22 de octubre de 2014 Jurisprudencia Protección de datos

El TS establece que las direcciones IP de los usuarios de Internet deben ser consideradas como datos personales, pues contienen información concerniente a personas físicas "identificadas o identificables", por lo que, como tales, se encuentran protegidos por las garantías establecidas por la LOPD para su tratamiento. Además, no gozan de las características necesarias para obtener de la AEPD la exención del deber de información al interesado del tratamiento de sus datos, cuando resulte imposible o exija esfuerzos desproporcionados, previsto en el artículo 5.5 de la misma.

Herencia de Camilo J. Cela: Vulneración de los derechos del heredero legitimario por una donación realizada en vida del testador

07 de octubre de 2014 Jurisprudencia Legítima

El TS señala que en nuestro derecho, la sucesión no concede al "de cuius" una absoluta libertad en cuanto a la disposición de sus bienes por vía de testamento. Por ello, el artículo 815 CC, entre otros, permite ejercer la acción de complemento de legítima en los casos en que el testador no ha respetado con su disposición los derechos de los legitimarios, como ha sucedido en el caso. Por ello carece de sentido invocar el respeto de la voluntad del causante cuando la misma no ha sido respetuosa con la ley aplicable.

IRPF: En caso de custodia compartida, el mínimo por descendentes es compatible con el régimen de anualidades por alimentos

25 de septiembre de 2014 Jurisprudencia Custodia compartida

El TEAC ha unificado doctrina y modificado su doctrina anterior, para aceptar que el contribuyente que ostente la guarda y custodia compartida y simultáneamente satisfaga anualidades por alimentos en virtud de decisión judicial, puede aplicar simultáneamente en su declaración del IRPF el tratamiento previsto en los artículos 64 y 75 de LIRPF para los alimentos y el mínimo por descendientes del artículo 56 de la Ley.

El cierre del espacio aéreo como consecuencia de la huelga de controladores, justificó la encomienda de la gestión del tráfico aéreo a Defensa

Dada la magnitud y la variedad de los intereses afectados por el cierre del espacio aéreo nacional, como consecuencia del conflicto provocado por los controladores aéreos, ha de concluirse forzosamente que en la excepcional medida de encomendar su gestión al Ministerio de Defensa, concurre el presupuesto habilitante para ello que regula el artículo 4.4.a) de la Ley de seguridad aérea.

Condenado a pagar una multa de 240 euros por maltratar cruelmente a un cachorro de perro

La sentencia considera los hechos como una falta de maltrato cruel a animales domésticos del artículo 632.2 del Código Penal, imponiendo al propietario del perro la pena solicitada por la Fiscalía, dada la gravedad de los hechos, maltrato físico con golpes y condiciones insalubres, teniendo en cuenta además como elemento agravante la edad del animal, un cachorro de tan solo dos meses de edad.

El incumplimiento del deber de abonar puntualmente los salarios justifica la resolución del contrato, al margen de cualquier elemento subjetivo como la situación del empresario

21 de abril de 2014 Jurisprudencia Impago de salarios

El incumplimiento del deber de abonar puntualmente los salarios (artículo 4.2 del ET) es de naturaleza objetiva, al margen de cualquier elemento de culpabilidad subjetiva del empresario incumplidor, por lo que justifica la decisión extentiva del contrato, pues la mala situación económica de la empresa, que había dado lugar a un acuerdo con los trabajadores, no incluía mención alguna a que los empleados hubiera aceptado el pago con retraso de sus salarios.

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