Causas

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El TS confirma la procedencia del despido colectivo pactado entre Paradores y los sindicatos mayoritarios

23 de septiembre de 2014 Jurisprudencia Despido colectivo

En el caso concurrían las causas económicas y productivas alegadas por la empresa --pérdida geométrica de clientes, perdidas por importe de más de 50 millones de euros y reducción del beneficio operacional bruto en un 94% en los últimos cinco años--, con lo que, de no haberse adoptado la medida extintiva, se produciría una espiral negativa que pondría en grave riesgo la continuidad de la plantilla y de la propia empresa.

El TS establece que no se puede despedir por causas objetivas a un trabajador cuyo contrato se encuentra suspendido por las mismas razones

05 de mayo de 2014 Jurisprudencia ERE

Para que en una situación de suspensión de la relación contractual por causas económicas y productivas, la empresa pueda tomar una decisión extintiva, por razones objetivas, con respecto al trabajador cuya relación contractual se halla suspendida, se requiere o bien la concurrencia de una causa distinta y sobrevenida de la invocada y tenida en cuenta para la suspensión, o bien tratándose de la misma causa, un cambio sustancial y relevante con referencia a las circunstancias que motivaron se autorizara dicha suspensión.

Es compatible con el Derecho de la UE limitar la indemnización de los daños morales derivados de accidentes de tráfico

06 de febrero de 2014 Jurisprudencia Accidentes de tráfico

El Derecho de la Unión no se opone a una legislación nacional que establece un régimen particular de indemnización de los daños inmateriales derivados de lesiones corporales leves causadas por accidentes de tráfico que limitan la indemnización de estos daños si se compara con lo aceptado en materia de indemnización de daños idénticos derivados de causas distintas a dichos accidentes.

El TS declara la nulidad parcial de un ERE porque la empresa lo extendió a todo el personal tras la convocatoria de una huelga en la misma

La evidente conexión causal entre la convocatoria de la huelga por el comité intercentros y la reacción empresarial de convertir el despido colectivo de parte de la plantilla en el despido colectivo de la totalidad de los empleados, que fue decidida al día siguiente del comienzo de la huelga, determina la existencia de una medida de retorsión lesiva del derecho de huelga. Adicionalmente, el TS establece que los órganos jurisdiccionales encargados del enjuiciamiento de los despidos colectivos no pueden sustituir al empresario en la elección de las medidas concretas a adoptar, limitando su control a verificar que las causas económicas alegadas existen.

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional avala el despido colectivo cuando se acredita grave deterioro económico de la empresa.

04 de diciembre de 2012 Jurisprudencia Despido colectivo

Se trata de la primera sentencia en la que la Sala tiene que pronunciarse sobre el fondo de la reforma laboral. Los magistrados avalan los despidos en una compañía de alquiler de coches al considerar probado las causas económicas por el desmoronamiento de sus cuentas. También admite la causa productiva que exige la norma, ya que la compañía no está en condiciones de colocar sus productos y servicios en el mercado

La protección de los viajeros contra el riesgo de insolvencia del organizador de un viaje combinado se aplica también cuando la insolvencia se debe al comportamiento fraudulento de éste

La obligación del organizador del viaje combinado de disponer de garantías suficientes para asegurar, en caso de insolvencia, el reembolso del precio del viaje y la repatriación del viajero se aplica con independencia de las causas de la insolvencia.

Las causas de inadmisibilidad del recurso contencioso-administrativo deben ser objeto de decisión preferente a las de nulidad de pleno derecho del acto impugnado (a propósito de la STS de 20 de diciembre de 2013)

En el caso de que en el proceso contencioso-administrativo la parte recurrente invoque causas de nulidad de pleno derecho del acto administrativo impugnado y la Administración alegue, por su parte, causas de inadmisibilidad del recurso contencioso-administrativo ¿que debe ser objeto de examen y decisión en primer lugar, las causas de inadmisibilidad o las de nulidad? La STS de 20 de diciembre de 2013 vuelve a pronunciarse sobre la cuestión

La reconvención y su relación con determinadas causas de oposición al pago.

Uno de los motivos recurrentes que se encuentra detrás de la negativa al pago de determinados bienes y servicios, en el tráfico mercantil, es el incumplimiento o cumplimiento defectuoso por parte del acreedor y prestador del servicio y/o proveedor del bien, o la existencia de un crédito compensable, ya sea dicha compensación legal o judicial.La forma de articular jurídicamente tales motivos de oposición plantea en la práctica procesal la duda de cuándo es necesario instar una reconvención y cuándo no será exigible al demandado que lo haga.

Pasado y presente del despido objetivo individual por las causas del art. 52 c) del Estatuto de los Trabajadores.

18 de septiembre de 2012 Artículos doctrinales Despido objetivo

La regulación de la figura del despido objetivo por causa económica inicialmente, (y que en sentido amplio podía incluir otras), y posteriormente también por causas técnicas, organizativas o de producción, a lo largo de prácticamente un siglo, se ha ido enriqueciendo con las aportaciones de la doctrina y la jurisprudencia, que han configurado un "corpus" jurídico de importante valor. Se ha pasado de un inicialmente extremado intervencionismo administrativo, a la actual ausencia de autorización, y de unas causas genéricamente definidas a un detalle pormenorizado de las mismas. Las vicisitudes económicas han ido marcando el desarrollo de esta figura, tan proclive a los vaivenes de las mismas. Apreciamos por tanto una clara tendencia hacia la erradicación de los obstáculos preexistentes para facilitar la decisión empresarial (ampliando la definición de las causas p. ej.), y una minoración también de la gravedad del incumplimiento de requisitos formales (improcedencia en lugar de nulidad), como ya ocurría con el despido disciplinario, amén de la citada innecesaria autorización en despidos colectivos.

La reforma permanente

Los profundos cambios operados en nuestro sistema de relaciones laborales por el Real Decreto Ley 3/2012, de 10 de Febrero, aconsejaban que, al margen de la necesaria convalidación por las Cortes, se tramitara como Proyecto de Ley, a fin de que la mayor reflexión y sosiego pudieran rebajar algunas de las aristas de las que adolecía el Real Decreto Ley, o modular algunos de sus efectos no deseados. La tramitación parlamentaria no ha supuesto una "Contrarreforma", ni va ha afectado sus elementos esenciales como el reforzamientos de las facultades empresariales, la flexibilización de la negociación colectiva a nivel de empresa o el abusivo periodo de prueba del contrato para emprendedores, o el menor nivel de control judicial de los despidos colectivos y objetivos por causas económicas, técnicas, organizativas y productivas.

La refinanciación de empresas en crisis en el derecho concursal : análisis de su regulación y principales aspectos prácticos

Cuando una empresa se encuentra en dificultades económicas esta situación puede venir de muchas causas distintas y la solución a dar dependerá de muchos factores. Puede que la empresa simplemente sea inviable, pero la mayoría de veces la tensión económica viene de una mala gestión o de dificultades temporales. El caso más común en los últimos tiempos viene siendo la falta de liquidez, la morosidad sube, el financiamiento bancario baja y peor aún, las ventas disminuyen.

Vicisitudes jurídicas de la relación contractual entre la comunidad de propietarios y la empresa mantenedora del ascensor

La práctica forense nos indica que existe una fuente de litigiosidad destacable entre las Comunidades de Propietarios y las empresas dedicadas al mantenimiento de ascensores, derivada de las relaciones contractuales que ambos sujetos mantienen. Causas importantes de esta litigiosidad ,en general, son consecuencia de: a) el término de los contratos y la falta de previsión a eventualidades derivadas de la naturaleza del objeto del contrato. Por otro lado, eventualidades perfectamente previsibles b) la propia regulación específica que vincula a la actividad (Reglamento de Aparatos Elevadores) y c) en mi opinión, la práctica comercial agresiva de alguna de las empresas del sector.

Recensiones de 'Política Europea de España' para el Derecho Constitucional

Del estudio de diferentes artículos se puede componer una monografía. Con estas recensiones pretendemos, a su vez, hacer un extracto posible y anticipado de ella sobre esta materia que afecta a la vida diaria de nuestro Derecho Constitucional con el doble fin de “dar luz” sobre las causas, razones, historia y futuro de nuestra incorporación a la Unión Europea, así como de lo que en su caso podamos esperar de Ella. Con esta pequeña historia quizá podamos comprender algunos de los desvelos de hoy.

El monetarismo y la Ley 15/2010, de 5 de Julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales

La modificación de 2010 de la Ley 3/2004, 29 diciembre de lucha contra la morosidad, establece definitivamente una posición altamente intervencionista en lo tocante a la contratación a crédito en el mercado español. El presente escrito analiza desde una perspectiva económica las previsibles causas y consecuencias de esta normativa.

Incompatibilidades para el ejercicio de la función de albacea: concurrencia de las calidades de albacea y abogado y posibilidades de defender en juicio la validez del testamento

El tema que nos ocupa es el análisis de un supuesto que ha recibido escaso tratamiento jurisprudencial y doctrinal, no por su falta de trascendencia jurídica sino por las pocas oportunidades en que dicha situación ha venido a plantearse ante los tribunales. La cuestión es intrincada por que se encuentra en relación a diversas cuestiones. Para comenzar, el tema se halla relacionado con la cuestión de las causas de remoción del albaceazgo, las cuales, por no venir reguladas por el Código Civil...

Criminología Juvenil

01 de noviembre de 2007 Artículos doctrinales CRIMINOLOGÍA

Los actos criminales siempre los llevan a cabo seres humanos. Hombres y mujeres, jóvenes y mayores, con su comisión, se convierten en delincuentes. Por esta razón, se hacen sospechosos de haber quebrantado la ley, son denunciados, perseguidos, castigados, y se intenta resocializarlos. Tal es la consideración del Derecho Penal: delincuente es el sujeto activo de la infracción penal, de cuya persecución, condena y envío a prisión se encargan los sistemas de control formal, escasamente preocupados de ahondar y comprender el porqué del delito, sus causas, efectos, remedios, etc.

Los aspectos jurídicos de la mediación: nociones basicas de la mediación (I)

01 de abril de 2007 Artículos doctrinales MEDIACIÓN

Existen muchos tipos de conflictos y debidos a muy diversas causas, con distintos modos de afrontar el mismo, e incluso, existiendo diversas escalas dentro del propio conflicto. Un concepto que define correctamente todo esto es el dado por Folger, ya que decía que “Conflicto es la interacción de personas interdependientes que perciben objetivos incompatibles e interferencias mutuas en la consecución de esos objetivos” .

El Tribunal Supremo declara que España es competente para investigar los llamados 'narcobarcos', pese a la reforma de la justicia universal

23 de julio de 2014 Noticias Justicia universal

El Pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha declarado por unanimidad que España es competente para investigar los llamados 'narcobarcos' en virtud de la reforma de la justicia universal y ha revocado el acuerdo de la Audiencia Nacional que llevó a archivar estas causas y a excarcelar a 53 marineros con drogas.