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Derecho de la competencia y derecho del comercio internacional; ¿complementarios o en conflicto?

La política de la competencia y la liberalización del comercio internacional comparten objetivos y metas en relación con la promoción de la eficiencia económica y el interés del consumidor. Sin embargo, el derecho de la competencia se basa en consideraciones políticas y económicas domésticas tendentes a promocionar la eficiencia económica y es aplicado así mismo por autoridades domésticas que muy raramente tienen contacto con el cambiante escenario, estándares  y diplomacia del comercio internacional.

En los contratos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles la nulidad del contrato principal determina la ineficacia del contrato de financiación

La Sala de lo Civil del TS ha dictado una sentencia de fecha 28 de abril de 2015, en la que superando una interpretación literal con la de sistematización del contexto normativo y finalidad de la norma, establece como doctrina jurisprudencial que «en los contratos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles, sujetos a la Ley 42/1998, la nulidad del contrato de financiación, a instancia del adquirente, también está comprendida en el artículo 12 de dicho Texto legal».

Las prácticas comerciales engañosas a la luz de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

En el marco de la política comunitaria de protección de los consumidores, el 11 de mayo de 2005 se aprueba la Directiva sobre las prácticas comerciales desleales. Esta norma realiza una armonización completa de las prácticas comerciales engañosas que realizan las empresas en sus relaciones con los consumidores. A lo largo del presente trabajo, se lleva a cabo un análisis detallado de las disposiciones que la Directiva introduce en esta materia y de la interpretación de las mismas que ha venido realizando el Tribunal de Justicia de la Unión Europea durante sus diez años de vigencia.

El abogado general del TJUE considera que el plazo de un mes para oponerse a una ejecución hipotecaria es poco razonable

En sus conclusiones en el asunto C-8/14 BBVA (ES), el abogado general dice que el plazo preclusivo de un mes establecido por la disposición transitoria de la Ley española para los procedimientos ejecutivos en curso, imposibilitó o dificultó en exceso el ejercicio de los derechos conferidos a los consumidores por la Directiva 93/13.

El TS considera abusiva la cláusula de los contratos de préstamo personal que fija un interés de demora de más de dos puntos porcentuales respecto del interés remuneratorio pactado

14 de mayo de 2015 Noticias Cláusulas abusivas

El Pleno de la Sala Civil del Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre el carácter abusivo de los intereses de demora en los contratos de préstamo sin garantía hipotecaria celebrados con consumidores, resolviendo, con base en la doctrina del TJUE que en estos préstamos personales es abusiva la condición general que establece un interés de demora que supere en más de dos puntos porcentuales el interés remuneratorio, por lo que el préstamo devengará exclusivamente el interés remuneratorio, eliminando completamente el incremento porcentual en que consiste el interés de demora abusivo.

Absuelta la acusada que facilitó el acceso de la señal de «Digital+» que tenía contratada, a todas las viviendas de su Comunidad de Propietarios

27 de noviembre de 2014 Jurisprudencia Delitos contra el mercado

La colocación de un potenciador de señal del descodificador de Digital+ en la antena colectiva de un edificio de propietarios, empleando un sistema de cableado, antena y amplificadores de señal no prohibidos en el ámbito de la Unión Europea, determina la atipicidad de la conducta en relación con el delito contra el mercado y los consumidores del art. 286.3 CP.

El Notariado abre una página web que ofrece información sobre cláusulas abusivas en materia de consumo

21 de enero de 2015 Noticias Cláusulas abusivas

El Órgano de Control de Cláusulas Abusivas del Consejo General del Notariado ha creado la página web  http://www.occa.notariado.org, para ofrecer información sobre las cláusulas declaradas abusivas por ley o por una sentencia judicial. Asimismo incluye información específica sobre los medios al alcance de los notarios para proteger jurídicamente los derechos de los consumidores y sobre los servicios notariales útiles para este fin.

Las tasas judiciales: cronología de una figura polémica

16 de marzo de 2015 Noticias

La entrada en vigor del Real Decreto Ley 1/2015, el pasado 1 de marzo, vino a poner fin a una de las demandas más unánimes e insistente de todos los profesionales relacionados con el ámbito de la Justicia: la supresión o limitación de las tasas judiciales. Es cierto que con esta norma las tasas no han desaparecido en su totalidad, pues todavía subsiste esta figura para las personas jurídicas que no gocen del beneficio de justicia gratuita. Pero, como ha señalado recientemente el CGAE, la desaparición de las tasas al menos para las personas físicas “es una victoria de los ciudadanos y de la Abogacía que durante tres años ha encabezado el clamor social y la batalla contra las tasas junto a todos los operadores jurídicos, partidos políticos, los sindicatos, las asociaciones de consumidores y asociaciones y colectivos de abogados.” En Noticias Jurídicas os hemos ido dando cuenta puntual de todos los acontecimientos que han tenido lugar alrededor de esta figura, desde su promulgación a su derogación, pasando por su modificación parcial en febrero de 2013 y la dimisión del ministro de Justicia que las impulsó. Por eso creemos que puede ser interesante repasar ahora lo principal de esa cronología, como testimonio de lo que ocurrió y de cómo os lo contamos.

Nulidad por abusivo del aval prestado por unos padres a su hijo en un préstamo hipotecario

14 de octubre de 2014 Jurisprudencia Aval solidario

Según una sentencia del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de San Sebastián, al concurrir la garantía hipotecaria con la personal del avalista, a la responsabilidad patrimonial universal de "la totalidad del patrimonio del deudor principal", se une "la real sobre el bien hipotecado, y la personal añadida de los avalistas", lo que se considera "abusivo" conforme a la Disp. Adic.l 1ª, ap. 18, de la Ley de Defensa de Consumidores y Usuarios.

Nuevas sentencias declaran la nulidad de claúsulas suelo y obligan al banco a devolver lo percibido por su aplicación

22 de septiembre de 2014 Jurisprudencia Cláusulas suelo

Son nulas aquellas cláusulas que se insertan en el contrato de una forma que dificulta la apreciación de su alcance real como un elemento esencial del contrato, y no meramente accesorio o accidental, faltando así la información que le permita tener al consumidor 'un conocimiento real y razonablemente completo de cómo juega o puede jugar en la economía del contrato.

Una nueva sentencia anula la cláusula suelo de una hipoteca y obliga al banco a devolver retroactivamente el dinero cobrado de más

02 de julio de 2014 Jurisprudencia Cláusulas suelo

Se declara abusiva una cláusula suelo por causar desequilibrios importantes en los derechos y obligaciones, en perjuicio del consumidor y aparecer inserta entre una maraña de información sobre los intereses del préstamo, mezclada con otras estipulaciones, por lo que aparece como algo impropio y secundario, cuando es determinante de la economía del contrato. La devolución de lo cobrado indebidamente en virtud de tal cláusula nula es un imperativo efecto legal.

Requisitos para considerar abusiva la cláusula de un contrato que permite al vendedor retener las cantidades entregadas a cuenta por el comprador en caso de resolución por incumplimiento de este

26 de junio de 2014 Jurisprudencia Cláusulas abusivas

Según el TS, el art. 87.2 del TR de la para la defensa de los consumidores, no es aplicable a la cláusula penal prevista para la resolución por incumplimiento del contrato imputable al consumidor. Para enjuiciar la abusividad de la cláusula conforme a este criterio es preciso comparar la cantidad que resulta de la aplicación de la cláusula penal con el valor de los daños y perjuicios efectivamente causados al predisponente. Y para valorar si la indemnización prevista en la cláusula penal es desproporcionadamente alta, lo procedente es hacer un enjuiciamiento concreto, que compare el importe resultante de la aplicación de la cláusula penal y el importe acreditado de los daños y perjuicios efectivamente sufridos por el predisponente.

La AP Pontevedra anula por abusivas varias de las cláusulas más frecuentes de los contratos de préstamo hipotecario

16 de mayo de 2014 Jurisprudencia Cláusulas suelo

La sentencia considera nulas por abusivas la conocida como cláusula suelo, la cláusula por la que el cliente asume la práctica totalidad de los gastos derivados de la operación, la cláusula de vencimiento anticipado y la cláusula de intereses de demora. Estas claúsulas han sido redactadas de antemano e impuestas al cliente sin posibilidad real de negociación y son abusivas porque, en contra de las exigencias de las buena fe, causan en perjuicio del consumidor un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones que derivan del contrato de préstamo.

La declaración de nulidad de una cláusula suelo tiene carácter retroactivo y obliga al banco a devolver las cantidades abonadas de más por su aplicación

07 de abril de 2014 Jurisprudencia Cláusulas suelo

Una vez establecida la nulidad de la cláusula suelo, pues la falta de información efectiva supone que el consumidor no ha prestado un consentimiento efectivo al precio del contrato --sin que obste a ello el hecho de que el notario haya dado lectura a escritura en el acto de la firma--, procede dotar de efectos retroactivos a dicha declaración e imponer la devolución de las cantidades abonadas de más, pues si el pacto era nulo por no haber sido consentido por el consumidor (error en el consentimiento), el art. 1303 CC establece que dicha cláusula es como si no hubiera existido y deberá devolverse lo que se percibió en base a ella.

Un nuevo auto acuerda la suspensión cautelar del pago de la cláusula suelo de un préstamo hipotecario

14 de marzo de 2014 Jurisprudencia Cláusulas suelo

Procedencia de la medida en el caso de una viuda con ingresos mensuales que la sitúan en el umbral de exclusión, por lo que no se resulta justo que siga pagando por cláusulas abusivas. No puede estimarse que se esté ante una situación de hecho consentida por la deudora porque un consumidor medio, como la actora, poca noción tenía de lo que era la cláusula suelo hasta que la opinión pública se hizo eco de las denuncias de las asociaciones de consumidores sobre la abusividad de tales cláusulas y la generalización de la misma derivada de la sentencia del TS de 9 de mayo de 2013.

Suspensión cautelar del pago de la cláusula suelo de una hipoteca hasta que haya sentencia en el proceso de nulidad planteado por un consumidor

Ante el riesgo de mora procesal, la única forma de evitar los perjuicios que se podrían causar al demandante es suspender el abono de esas cantidades para que no se cobren. «No habiendo sido cobradas, si se declara la nulidad no se producirá el daño de la no devolución de cantidades cobradas indebidamente», explica el Juzgado.

El TS ratifica la preponderancia de la libertad de información frente al derecho al honor, cuando la información difundida tiene relevancia pública y es veraz

12 de diciembre de 2013 Jurisprudencia Derecho al honor

La difusión de la noticia de que una entidad ha sido sancionada administrativamente, excluyéndola del libro registro de Asociaciones de Consumidores del Instituto Nacional del Consumo no constituye una vulneración de su derecho al honor, pues la ponderación de los derechos en conflicto no permite declarar que prevalece el derecho al honor de la demandante sobre la libertad de información de la demandada, ya que no concurriendo la falta de veracidad no cabe enervar la prevalencia que ostenta el derecho a la libertad de información.