Crisis

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Crisis económica y la moderna configuración jurisprudencial de la cláusula rebus sic stantibus

Las dificultades que la crisis económica está ocasionando en el cumplimiento de determinados negocios jurídicos concluidos en un contexto de bonanza, provocan que en la actual coyuntura su exacto cumplimiento se esté convirtiendo en una pesada e incluso inasumible carga, especialmente en el caso de los compradores de viviendas con problemas de acceso a la financiación, entre otros motivos por la propia depreciación del inmueble. La nueva concepción jurisprudencial de la cláusula rebus sic stantibus viene de la mano de la necesidad de dar respuesta a estas situaciones.

Justiapps selecciona las 10 apps finalistas de su concurso de ideas para mejorar la calidad de la Justicia

16 de julio de 2015 El sector legal

Entre otras las ideas finalistas proponen herramientas de gestión del turno de oficio, otra para informar a las personas con discapacidad sobre las leyes vigentes; crowdfunding para acciones colectivas; otra para conocer todas las subastas judiciales que se organizan pudiendo pujar en ellas; otra que permite que los progenitores en situación de crisis matrimonial gestionar el régimen de visitas y vacaciones con sus hijos comunes; otra para fomentar el conocimiento del Derecho aplicable y la jurisdicción asociada al régimen de inmigrantes; otra para permitir a los ciudadanos profundizar en el ejercicio de sus derechos y otra sobre la mediación intrajudicial.

Validez del pacto prematrimonial que establece una renta vitalicia mensual a favor de uno de los cónyuges en caso de separación

La Sala Primera del TS ha dictado una sentencia 24 de junio de 2015, en la que desestima el recurso interpuesto por un hombre separado que solicitaba se declarase nulo el acuerdo prematrimonial que le obligaba a pagar una renta mensual vitalicia al otro cónyuge. La Sala aclara por primera vez, en base al art. 1325 CC, los límites legales y constitucionales de dichos pactos en previsión de crisis matrimoniales.

La atribución del uso de la vivienda en el Anteproyecto de Ley sobre el ejercicio de la corresponsabilidad parental. ¿Final de la polémica sobre la limitación temporal?

En la actual coyuntura económica, la eventual necesidad de los progenitores de liquidar el patrimonio común tras la crisis de su relación colisiona con la redacción actual del art. 96 del Código Civil, por el que se atribuye a los hijos durante todo el periodo de su minoría de edad el uso de la que fue vivienda familiar, negando el Tribunal Supremo que la redacción actual posibilite una limitación temporal si no hay acuerdo entre ellos. La proyectada reforma acoge las críticas generalizadas, introduciendo el arbitrio judicial y permitiendo que, ante el desacuerdo de los progenitores, se ponderen las concretas circunstancias concurrentes, para poder señalar el modo de satisfacer la necesidad de vivienda de los hijos menores cuyo superior interés es el que guiará la decisión.

El retorno de los leveraged buyouts tras la crisis financiera: un análisis de la tipología y de las partes intervinientes (y II)

Tras varios años de crisis financiera y económica en los que el mercado de las fusiones y adquisiciones quedó completamente estancado tanto en Estados Unidos como en Europa, la tendencia parece que finalmente está revirtiendo. Siendo tal la coyuntura, resulta conveniente recordar, desde un punto de vista jurídico, una modalidad de adquisición de empresas llevada a cabo, generalmente, por operadores de capital riesgo o private equity, como son las adquisiciones apalancadas o leveraged buyouts, así como las transformaciones a las que se han visto sometidas estas operaciones como consecuencia de la crisis.

El retorno de los leveraged buyouts tras la crisis financiera: un análisis de la tipología y de las partes intervinientes (I)

Tras varios años de crisis financiera y económica en los que el mercado de las fusiones y adquisiciones quedó completamente estancado tanto en Estados Unidos como en Europa, la tendencia parece que finalmente está revirtiendo. Siendo tal la coyuntura, resulta conveniente recordar, desde un punto de vista jurídico, una modalidad de adquisición de empresas llevada a cabo, generalmente, por operadores de capital riesgo o private equity, como son las adquisiciones apalancadas o leveraged buyouts, así como las transformaciones a las que se han visto sometidas estas operaciones como consecuencia de la crisis.

La cláusula “rebus sic stantibus”. A colación de la STS 333/2014, de 30 de junio

15 de abril de 2015 Artículos doctrinales

Con ocasión de la grave crisis económica y financiera que ha atravesado nuestro país, se han multiplicado demandas ante los Tribunales de Justicia reclamando una solución ante los grandes y desorbitados desequilibrios creados entre los compradores de viviendas y las promotoras, sobre todo desde el punto de vista obligacional, alegando la denominada cláusula “rebus sic stantibus”.

En 2014 disminuyeron las ejecuciones hipotecarias, los concursos y las demandas por despido, aunque aumentaron los lanzamientos

13 de marzo de 2015 Noticias Estadísticas judiciales

Según el informe “Efectos de la crisis económica en los órganos judiciales” del CGPJ, en 2014 las ejecuciones hipotecarias disminuyeron un 2,3 %, las demandas por despido cayeron un 19,5 % y se presentaron un 25,7% menos concursos. Por contra, los lanzamientos practicados aumentaron un 1,3 %, sobre todo los derivados de arrendamientos urbanos.

Las comisiones representativas de los trabajadores, creadas ad hoc a falta de la representación ordinaria, pueden impugnar la medida extintiva adoptada

El TS establece que las comisiones representativas de los trabajadores que en caso de despido colectivo u otras medidas laborales colectivas de crisis asumen la representación de los trabajadores cuando no existen representantes legales de los mismos, están legitimados para interponer recurso jurisdiccional contra tales medidas.

El desequilibrio económico que determina la pensión compensatoria debe darse en el momento de la separación, no puede depender de sucesos posteriores

Se declara como doctrina jurisprudencial que el desequilibrio que da lugar a la pensión compensatoria debe existir en el momento de la separación o del divorcio y los sucesos posteriores a la misma no pueden dar lugar al nacimiento de una pensión que no se acredita cuando ocurre la crisis matrimonial.

Llamar 'chalado' a un político, en el contexto de un artículo periodístico sobre su gestión, no constituye un insulto.

La expresión "chalado" incluida en un artículo periodístico predominantemente informativo, en el que se expresaba la línea editorial del periódico, crítica con un alcalde que había adoptado una decisión que provocó una situación de crisis en su equipo de gobierno, aunque pueda tener un matiz despectivo, no constituye en sí mismo un insulto, pues existen acepciones del término en el Diccionario de la Real Academia Española admisibles en la crítica a los políticos y gestores de intereses públicos.

La Audiencia Nacional avala el acuerdo promovido por el mediador en el conflicto de Iberia

05 de julio de 2013 Jurisprudencia ERE en Iberia

Se considera que la "situación calamitosa" de Iberia ha obligado a la compañía a realizar una reestructuración con la finalidad de hacerla sostenible y reforzar su competitividad, por lo que estiman justificados los despidos contemplados en el acuerdo. Advierte de que los convenios franja no son adecuados en época de crisis al promover condiciones laborales diferentes para los afectados en un mismo ERE.

Estadística Judicial: Descienden las ejecuciones hipotecarias y crecen los concursos de acreedores

23 de febrero de 2012 Jurisprudencia ESTADÍSTICA JUDICIAL

Las ejecuciones hipotecarias experimentaron en nuestro país una importante reducción en el tercer trimestre del 2011. Según se desprende del informe Datos sobre el efecto de la crisis en los órganos judiciales elaborado por el Consejo General del Poder Judicial, en los Juzgados de Primera Instancia y en los Juzgados de Primera Instancia e instrucción ingresaron 14.894 ejecuciones, lo que supone un descenso del 23,1 por ciento.

La Audiencia Provincial de Murcia confirma la rebaja de la pensión de alimentos a un trabajador que perdió capacidad económica por la crisis en la construcción

03 de febrero de 2012 Jurisprudencia PENSIÓN DE ALIMENTOS

El tribunal ha tenido en cuenta para rebajar la pensión alimenticia “que la situación de paro actual no es equiparable a la que tenía cuando se fijó la pensión de alimentos. En aquél momento (año 2002), tal y como resulta de la vida laboral, se alternaban periodos de paro (con cobro de la prestación de desempleo) con otros de trabajo, por lo que tenía de forma continuada ingresos económicos”.