Derecho

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El TJUE establece que la trabajadora que ha tenido un hijo mediante un vientre de alquiler no tiene derecho a al permiso de maternidad

La atribución de un permiso de maternidad con fundamento en el artículo 8 de la Directiva 92/85 requiere que la trabajadora que se beneficie de él haya estado embarazada y haya dado a luz al niño. Por tanto una trabajadora que en su calidad de madre subrogante ha tenido un hijo gracias a un convenio de gestación por sustitución, no entra en el ámbito de aplicación del artículo 8 de la Directiva 92/85, incluso cuando puede amamantar a ese niño tras su nacimiento o lo amamanta efectivamente. Ello no excluye la facultad de los Estados miembros para instaurar disposiciones legislativas más favorables para la protección de la seguridad y la salud de las madres subrogantes que hayan tenido un hijo.

No constituye intromisión en la intimidad la captación de fotos de una persona para acreditar que resulta injustificada su incomparecencia en juicio

No se vulnera el derecho a la propia imagen por la captación inconsentida de fotografías en lugares públicos y en momentos de la vida diaria de una persona, para aportarlos como prueba documental de que dicha persona no se encontraba impedida para comparecer en juicio. Inexistencia de intromisión ilegítima.

El TS modifica su criterio sobre el reconocimiento de la pensión de viudedad en casos de separación o divorcio

Frente al anterior criterio que exigía para tener derecho a pensión de viudedad que la pensión percibida tras el divorcio o separación se hubiese fijado de modo nominal y expresamente como pensión compensatoria, se modifica el criterio y acuerda reconocer la prestación a una mujer que tras su separación había percibido un importe mensual como manutención, sin que en el convenio regulador de la separación se hubiera fijado pensión compensatoria sino exclusivamente alimentos, aunque la beneficiaria no llegó a tener a su cargo al hijo común.

El mantenimiento indebido de una persona en un registro de solvencia patrimonial constituye una intromisión ilegítima en su honor

20 de febrero de 2014 Jurisprudencia Derecho al honor

Constituye una exigencia constitucional limitar el uso de la informática para garantizar el honor de las personas, y protegerlas frente a potenciales agresiones a su dignidad y libertad. Por tanto, en materia de registros de solvencia patrimonial, cuya difusión puede afectar a la reputación de las personas, ha de extremarse la exigencia de calidad de dichos datos. En consecuencia, la inclusión injustificada de un avalista en uno de dichos registros, como medida de presión, constituye un vulneración de su derecho al honor.

Anulada una sanción a un Guardia Civil por haberse vulnerado su derecho a la libertad de expresión dentro de los límites legales

11 de febrero de 2014 Jurisprudencia Guardia Civil

Los guardias civiles tienen derecho a la libertad de expresión "en los términos establecidos por la Constitución, con los límites que establece su régimen disciplinario, el secreto profesional y el respeto a la dignidad de las personas, las Instituciones y los Poderes Públicos". Por lo que no procede una sanción por unas manifestaciones realizadas sin utilizarse términos irrespetuosos , ofensivos o considerados hacia mandos o autoridades del Estado, ni exponiendo nada que no fuera ya de público conocimiento.

Según el TJUE, eludir el sistema de protección de una consola de videojuegos puede ser legal en ciertas circunstancias

06 de febrero de 2014 Jurisprudencia Derechos de autor

La protección jurídica contra los actos no autorizados por el titular de los derechos de autor únicamente abarca las medidas tecnológicas destinadas a impedir o eliminar los actos de reproducción, comunicación, puesta a disposición del público o distribución de las obras no autorizados por el titular de los derechos de autor para los que se exige su autorización. Dichas medidas deben ser adecuadas para la realización de ese objetivo y no deben ir más allá de lo necesario para ello.

Es compatible con el Derecho de la UE limitar la indemnización de los daños morales derivados de accidentes de tráfico

06 de febrero de 2014 Jurisprudencia Accidentes de tráfico

El Derecho de la Unión no se opone a una legislación nacional que establece un régimen particular de indemnización de los daños inmateriales derivados de lesiones corporales leves causadas por accidentes de tráfico que limitan la indemnización de estos daños si se compara con lo aceptado en materia de indemnización de daños idénticos derivados de causas distintas a dichos accidentes.

El TS hace públicas varias sentencias sobre afectación al honor de personajes públicos: Aznar, Kiko Rivera, Penélope Cruz y los hermanos Rivera

El TS confirmado la condena a María Teresa Campos por intromisión ilegítima en el honor y en la intimidad personal de Aznar y Botella. También condena a Telecinco, por intromisión en el honor de Kiko Rivera. Absuelve a "¡Qué me dices!" de la misma pretensión respecto de Penélope Cruz y a Antena 3 respecto de una demanda de los hermanos Rivera Ordoñez.

No es ajustado a Derecho el ERE aplicado sin respetar los acuerdos de fin de huelga anteriormente suscritos entre la empresa y la representación de los trabajadores

Dado que los acuerdos de fin de huelga tienen el valor de convenio colectivo, la adopción de un ERE dentro del ámbito de aplicación temporal de dichos acuerdos, determina la aplicación al mismo de las condiciones de extición contractual previstas en dicho acuerdos. La interpretación de estos acuerdos debe realizarse conforme a las normas propias de los convenios y subsidiariamente, de las de los contratos.

El TS ratifica la preponderancia de la libertad de información frente al derecho al honor, cuando la información difundida tiene relevancia pública y es veraz

12 de diciembre de 2013 Jurisprudencia Derecho al honor

La difusión de la noticia de que una entidad ha sido sancionada administrativamente, excluyéndola del libro registro de Asociaciones de Consumidores del Instituto Nacional del Consumo no constituye una vulneración de su derecho al honor, pues la ponderación de los derechos en conflicto no permite declarar que prevalece el derecho al honor de la demandante sobre la libertad de información de la demandada, ya que no concurriendo la falta de veracidad no cabe enervar la prevalencia que ostenta el derecho a la libertad de información.

La decisión del hijo mayor de edad de convivir con uno de los progenitores no es un factor a tener en cuenta al atribuir el uso de la vivienda familiar

12 de diciembre de 2013 Jurisprudencia Divorcio

La decisión del hijo mayor de convivir con uno de los progenitores no debe considerarse factor determinante a la hora de privar al otro cónyuge de su derecho a usar el domicilio familiar, porque carece de sentido que quien salio del mismo vuelva para ocuparlo en un tiempo tasado, y que quien estaba salga por la decisión del hijo de trasladarse a vivir con uno de ssu padre, cuando no está enfrentado a su madre con la que de hecho ha venido conviviendo hasta que decidió residir en la vivienda de su padre.

La empresa puede limitar el envío de correos electrónicos masivos por los sindicatos a través de la red corporativa, para asegurar el correcto funcionamiento del sistema

El uso sindical del correo electrónico corporativo no puede perjudicar el uso específico empresarial, ni pretenderse que prevalezca el interés de uso sindical. Por tanto, la limitación del envío masivo de correos no vulnera el derecho de libertad sindical.

El TS declara la nulidad parcial de un ERE porque la empresa lo extendió a todo el personal tras la convocatoria de una huelga en la misma

La evidente conexión causal entre la convocatoria de la huelga por el comité intercentros y la reacción empresarial de convertir el despido colectivo de parte de la plantilla en el despido colectivo de la totalidad de los empleados, que fue decidida al día siguiente del comienzo de la huelga, determina la existencia de una medida de retorsión lesiva del derecho de huelga. Adicionalmente, el TS establece que los órganos jurisdiccionales encargados del enjuiciamiento de los despidos colectivos no pueden sustituir al empresario en la elección de las medidas concretas a adoptar, limitando su control a verificar que las causas económicas alegadas existen.

El derecho de defensa permite que en un juicio, un abogado aporte datos personales de las partes sin consentimiento del titular

18 de noviembre de 2013 Jurisprudencia Protección de datos

La mera comunicación al Juez de un proceso civil por parte del abogado de una de las partes, de los datos bancarios de la denunciante, en ejercicio legítimo del derecho de defensa de los intereses de sus clientes, no integra el presupuesto que justifica el derecho de acceso que pretende la actora, pues no cabe afirmar que nos encontremos ante la existencia de datos de carácter personal de la denunciante que estén sometidos a tratamiento por el tribunal.

No pueden denegarse por la junta de propietarios unas obras que faciliten la accesibilidad a la finca de un minusválido si no son dañinas para los demás propietarios

18 de noviembre de 2013 Jurisprudencia Propiedad horizontal

El carácter mayoritario del acuerdo de la junta de propietarios no es motivo bastante para negar la autorización para unas obras que no se ha demostrado --ni siquiera alegado-- que fueran perjudiciales o dañinas para los demás propietarios. La normativa vigente impone unos límites a la propiedad privada, en interés del derecho de los discapaces a poder usar los inmuebles en igualdad de oportunidades y sin discriminación.

El TS fija doctrina jurisprudencial sobre la interpretación del art. 1006 del Código Civil (ius delationis)

El denominado derecho de transmisión previsto en el art. 1006 del CC no constituye una nueva delación hereditaria o fraccionamiento del ius delationis en curso de la herencia del causante que subsistiendo como tal, pasa al heredero trasmisario. No hay, por tanto, una doble transmisión sucesoria o sucesión propiamente dicha en el ius delationis, sino un mero efecto transmisivo del derecho para aceptar o repudiar la herencia que ex lege ostentan los herederos transmisarios.