Excedencia

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Los indefinidos no fijos de la Administración no pueden acceder a la excedencia voluntaria

28 de febrero de 2019 Jurisprudencia INDEFINIDOS NO FIJOS

No es discriminatorio por una sencilla razón, están vinculados a una plaza específica. La Administración vendría obligada a cubrir la vacante en excedencia por los procesos reglamentarios, y por tanto, resultaría incompatible con el derecho preferente al reingreso en una vacante de igual o similar categoría. No se puede otorgar al empleado tras el reingreso, más derechos de los que ya tenía.

Reconocida a una funcionaria como tiempo de servicio activo la excedencia por cuidado de hijos

Para conseguir conciliar la vida familiar y laboral, sin menoscabar la carrera del empleado público, y sin vulnerar el derecho a la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, se debe equiparar el período de disfrute de la excedencia para el cuidado de hijos/familiares como asimilada a la situación de servicio activo a los efectos de ser incluidos en el cómputo de los méritos de experiencia profesional.  

Los interinos en excedencia tienen los mismos derechos que los funcionarios de carrera

08 de septiembre de 2017 Noticias INTERINOS

Según las conclusiones de la Abogada General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, los interinos en situación de servicios especiales o de excedencia voluntaria tienen derecho a mantener su puesto, al igual que cualquier funcionario en la misma situación, siempre y cuando el puesto que ocupaba no hubiera sido suprimido o cubierto por un funcionario de carrera. 

La negativa del trabajador en excedencia a incorporarse a un puesto en una localidad distinta no implica dimisión

30 de agosto de 2017 Jurisprudencia LABORAL

El Tribunal Supremo considera que ofrecer un puesto de trabajo al excedente que quiere reincorporarse que le implique un cambio de residencia convierte en irrealizable su derecho. Tampoco supone un despido por parte de la empresa, sino que mantiene el trabajador el derecho expectante a reincorporarse en las condiciones previstas en el convenio de aplicación.

La excedencia por cuidado de hijos. Análisis jurisprudencial

31 de octubre de 2012 Artículos doctrinales Excedencia

La excedencia viene regulada en el artículo 46 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, como causa de suspensión del contrato de trabajo. Hace dos distinciones, entre la excedencia voluntaria y la forzosa. Esta última, que da derecho a la conservación del puesto y al cómputo de la antigüedad, se concederá por la designación o elección para un cargo público que imposibilite la asistencia al trabajo.

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