Indignidad

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El Supremo considera “indigno” a un padre de heredar a su hijo enfermo cuando en vida le tuvo en “absoluto” abandono

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha confirmado la incapacidad por causa de indignidad de un padre de heredar a su hijo ya fallecido, que sufría una parálisis cerebral, al considerar acreditado que el progenitor lo tenía en estado de "abandono grave y absoluto" y que además incumplió sus obligaciones de pasar pensión de alimentos mientras estaba con vida.

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