Injurias

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Imputar desidia y desinterés al juez y fiscal no es delito de injurias

19 de junio de 2019 Jurisprudencia ABOGADOS

Los comentarios realizados en el escrito del recurso tienen cabida en el marco de la defensa de los intereses del cliente, y están amparados en el derecho a la libertad de expresión. Las alusiones a su condición de corruptos, si bien son expresiones descalificadoras, responden al apoyo de la argumentación acerca de que no se tomaron en consideración diligencias de instrucción practicadas.

El TEDH condena a España por penar con cárcel la quema de una foto del Rey

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha anulado la sentencia que dictó la Audiencia Nacional en la que condenaba a dos jóvenes de Girona que quemaron una foto del Rey durante una manifestación en 2007. El tribunal europeo considera que los hechos entran dentro del marco de la libertad de expresión al ser una crítica política de la institución de la monarquía, y no un ataque personal a la figura concreta del Rey.

Absuelto por daños informáticos el ex empleado que para vengarse realizó un barrido masivo de información y anuló las claves de Google Adwords

La Audiencia Provincial de Madrid tuvo en cuenta que no se pudo acreditar la causación de un resultado grave, elemento exigido por el tipo penal. Las contraseñas de la plataforma fueron recuperadas horas más tarde y restaurados los servicios. Eso sí, se confirma la condena por injurias impuesta por enviar mail a clientes con información falsa sobre la insolvencia de la empresa, a la que tendrá que indemnizar con 3.000 euros.

La libertad de expresión de un Abogado en defensa de su cliente, excluye la comisión de un delito de injurias por el contenido del escrito de recurso

07 de julio de 2015 Jurisprudencia Abogados

Las expresiones potencialmente descalificadoras imputadas al letrado acusado, se enmarcan en un escrito procesal trascendental que firmaba como abogado en defensa de un tercero ante el Tribunal. La Sala le absuelve al estimar que no constituyen un insulto, y que encuentran amparo en la libertad de expresión inherente al ejercicio de la defensa letrada.

Deben aplicarse las medidas de investigación tecnológica de la Ley 25/2007 para identificar al usuario de un ‘nickname’, posible autor de un delito de injurias en la red

La AP Madrid entiende aplicable las medidas de investigación tecnológica previstas en  dicha Ley a hechos que pueden ser consitutivos de un delito de injurias, pues considera que insultar a través del más potente medio de difusión social de nuestro tiempo incrementa los efectos lesivos del derecho al honor, por lo que establecer trabas a su persecución penal favorece la impunidad de sus autores.

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