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Se reanudan los plazos procesales, ¿qué dice exactamente el Real Decreto 537/2020?

25 de mayo de 2020 El sector legal PROCESALISTAS

El Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, que prorroga por quinta vez el estado de alarma, acuerda también alzar desde el 4 de junio la suspensión de los plazos procesales y de los plazos de prescripción y caducidad de derechos y acciones que estableció el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. Asimismo dispone la reanudación o, en su caso, el reinicio, a partir del 1 de junio, del cómputo de los plazos administrativos suspendidos.  

El CGPJ acuerda que los servicios declarados esenciales durante el estado de alarma sigan tramitándose de modo preferente una vez se reanude la actividad judicial

23 de mayo de 2020 Noticias DESESCALADA JUSTICIA

La Comisión Permanente dispone que, a partir del próximo 4 de junio, tengan una consideración análoga a la de las actuaciones declaradas preferentes y urgentes por las leyes procesales. El objetivo es que su tramitación no se vea pospuesta en el tiempo ante el elevado número de asuntos que habrán de reanudarse tras el levantamiento de la suspensión de las actuaciones judiciales.