Libertad

20 entradas

Cambio de la doctrina jurispruencial: prevalencia del derecho a la intimidad sobre el derecho a la libertad de información

Atendiendo a las circunstancias concurrentes el TS entiende que ha existido una intromisión ilegítima a la intimidad de la recurrente, que deriva de la publicación sin su consentimiento de unas fotografías tomadas durante el desarrollo de una sesión fotográfica para otra revista.

La Doctrina Parot vulnera derechos humanos

17 de julio de 2012 Jurisprudencia Doctrina Parot

Sentencia del TEDH de 10 de Julio: Doctrina Parot. Aplicación de la citada doctrina en virtud de la jurisprudencia contenida en el fallo del Tribunal Supremo 197/2006, de 28 de febrero. La Sentencia insta al Gobierno español a poner en libertad a la recurrente, miembro de organización terrorista, condenada a más 3.000 años de cárcel por varios atentados terroristas, así como a una indemnización de 30,000 euros por daños morales causados y 1.500 por gastos y costas.

Vulneración del derecho de asociación en su vertiente de libertad de creación de partidos políticos, al denegar la inscripción en el Registro de Partidos Políticos de SORTU.

Sentencia del Tribunal Constitucional de 20 de junio de 2012. Recurso solicitando la nulidad de Auto de la Sala Especial del Tribunal Supremo en el que se acordaba la denegación de inscripción en el Registro de Partidos Políticos de SORTU. Improcedencia de la constitución del partido político SORTU por resultar la continuidad o sucesión del partido político declarado ilegal y disuelto Batasuna.

Un calendario de partidos de fútbol no puede estar protegido por el derecho de autor cuando su constitución es dictada por reglas o exigencias que no dejan lugar a la libertad creativa

La Directiva sobre la protección jurídica de las bases de datos (Directiva 96/9/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 1996, sobre la protección jurídica de las bases de datos) reconoce a éstas últimas la protección del derecho de autor si la selección o la disposición de su contenido constituyen una creación intelectual de su autor.

Sentencia del caso 'Manos Limpias y Asociación Libertad e Identidad vs Baltasar Garzón' por prevaricación judicial. STS 101/2012

27 de febrero de 2012 Jurisprudencia CASO GARZÓN

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha dictado la sentencia absolutoria 101/2012 sobre la causa especial 20048/2009 incoada con la querella formulada por la representación del Sindicato de Funcionarios Públicos “Manos Limpias” ”, a la que se acumuló la causa 3/ 20153/2009 incoada por los mismos hechos, en virtud de querella de la representación de la Asociación Civil Libertad e Identidad, en ejercicio de la acción popular contra Baltasar Garzón Real.

No se puede obligar al explotador de una red social en línea a establecer un sistema de filtrado general, respecto a todos sus usuarios, para prevenir el uso ilícito de obras musicales y audiovisuales

Esa obligación sería contraria a la prohibición de imponer a dicho prestador una obligación general de supervisión y a la exigencia de garantizar un justo equilibrio entre, por una parte, la protección del derecho de autor y, por otra parte, la libertad de empresa, el derecho a la protección de los datos de carácter personal y la libertad de recibir o comunicar informaciones.

Procedimiento habeas corpus desde un contexto de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

04 de noviembre de 2014 Artículos doctrinales Habeas corpus

La sociedad actual demanda de los funcionarios policiales la máxima profesionalidad en el ejercicio de sus funciones. La detención policial es una medida que afecta a un derecho fundamental de los ciudadanos, el derecho a la libertad personal, por ello exige que en su adopción se adopten las mayores cautelas. En este sentido, el procedimiento de habeas corpus está destinado a someter al control judicial aquellas privaciones de libertad ilícitas en origen o que se desarrollan en condiciones de ilegalidad.

El abono de las comparecencias "apud acta" en la liquidación de condena de prisión

La obligación de comparecencia apud acta es uno de los efectos asociados por la Ley de Enjuiciamiento Criminal al estatus de libertad provisional del imputado que, por su condición de medida cautelar, procede el abono del tiempo durante el que ha estado vigente la medida de libertad provisional, con la consiguiente obligación de comparecencia por el imputado.

Análisis jurídico del alcance de la subjetividad en el error como vicio invalidante del consentimiento

El análisis para apreciar un error relevante en la prestación del consentimiento no sólo se realiza teniendo en cuenta aspectos meramente subjetivos de la voluntad de quien emite ese consentimiento sino que, en aras a la seguridad jurídica y a la tutela de las partes actoras o intervinientes en el tráfico jurídico, resulta necesario establecer elementos de valoración y de juicio dotados de cierta objetividad. Se trata, de esta manera, de disponer de herramientas capaces de establecer un baremo –a la vez que un límite– capaz de medir la trascendencia jurídica del error derivada de la expresión de la voluntad como esencia del ejercicio de la libertad del individuo en el marco legal en el que cohabita.

El abono de la prisión preventiva

Una de las cuestiones que más discusión ha generado en el ámbito del cumplimiento de las penas, se refiere al abono de la prisión preventiva en un procedimiento distinto al que se acordó. La reforma del Código Penal por la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, vino a zanjar la polémica al declarar que en ningún caso un mismo período de privación de libertad podrá ser abonado en más de una causa. Este trabajo analiza el alcance del precepto reformado.

El principio de precaución y el progreso técnico científico

Las presentes líneas reflexionan sobre las relaciones entre el principio de precaución y el asombroso conocimiento técnico científico, alcanzado en nuestros días. Una interpretación adecuada del principio de precaución constituye, sin duda, la mejor herramienta para afrontar los riesgos más perniciosos, razonablemente previsibles y probables, inherentes al progreso técnico científico del presente; debemos abordarlos con la necesaria prudencia y cautela, de manera sensata, sabia y meditada, respetando en todo caso la libertad y los derechos de todos. Y, por supuesto, conforme a las reglas que conforman nuestro sistema jurídico político.

Las penas privativas de libertad, resocialización y su incidencia en derechos de los reclusos

Aunque pueda resultarnos algo extraño las prisiones constituyen un fenómeno relativamente reciente, casi contemporáneo, al menos con la finalidad con la que la que conocemos hoy a los centros penitenciarios. Si originariamente su finalidad era la retención de retención y custodia de los presos aguardando su juicio o por mejor decir su castigo; la irrupción de las llamadas Escuelas penales supuso la atribución a las prisiones de lugar de cumplimiento de las penas privativas de libertad ya en su función de castigo por el mal causado (doctrinas expiatorias o retribucionistas) ya en su función de prevenir la comisión de delitos por la sociedad en general (doctrinas de la prevención general) o por quien ya había delinquido (prevención especial).

La policia judicial. El auxilio con la administracion de justicia en la investigación criminal

Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado tienen encomendada entre sus funciones, garantizar la libertad y los derechos de los ciudadanos, empleando la coerción estrictamente necesaria para el mantenimiento del orden público. Dentro de estos institutos armados se encuentra la Policía Judicial, unidad especializada encargada de la persecución de determinados delitos considerados graves y el auxilio a la administración de Justicia.

Aspectos constitucionales y procesales del internamiento por razón de trastorno psíquico: especial referencia a la STC 132/10 y a la naturaleza jurídica-procesal de la institución

El objeto del presente trabajo tratará sobre la llamada figura del “internamiento por razón de trastorno psíquico de una persona que no está en condiciones de decidirlo por sí”. Se mueve dentro del ámbito civil, puesto que la persona a la que se le va a privar de libertad, en principio, no ha cometido ninguna infracción penal. Y se la va a internar para proteger a la sociedad, sí, pero también y fundamentalmente, para protegerla a ella misma y a su familia, ostentando esta institución jurídica un carácter más bien asistencial.