Prestamo

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Justicia aclara el régimen transitorio del trámite de información al ciudadano sobre las hipotecas previsto en la Ley de Crédito Inmobiliario

El Ministerio de Justicia, a través del director general de los Registros y del Notariado, Pedro Garrido Chamorro, ha emitido dos instrucciones que clarifican el régimen transitorio para el trámite de información que deben cumplimentar los notarios con los clientes de las entidades de crédito antes de que estos formalicen sus contratos de préstamo. Ambas Instrucciones han sido publicadas hoy, 15 de junio, en el BOE.

Posible moratoria para la remisión telemática de la documentación de los préstamos hipotecarios

14 de junio de 2019 Noticias PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS

Respondería a la necesidad de ampliar el plazo de conexión, ya que los prestamistas han tenido poco tiempo para adecuarse, dado que las especificaciones requeridas al efecto se establecieron a finales del mes de abril. La plataforma notarial de función pública creada para que el notario cumpla las funciones de verificación y control que le atribuye la Ley está plenamente operativa y funciona sin que haya existido una sola incidencia.  

Los jueces españoles están obligados a examinar la abusividad de una cláusula bancaria incluso tras el fallo en la ejecución hipotecaria

Después de la sentencia europea del Banco Primus, si el consumidor invoca que es abusiva una cláusula, es preceptivo el control judicial siempre que no hubiera sido examinada anteriormente. Por eso, entender que el plazo del ejecutado ha precluido porque plantea la cuestión después de la sentencia, vulnera su tutela judicial efectiva.  

El TS fija la base imponible del Impuesto de Transmisiones en casos de dación en pago

20 de marzo de 2019 Jurisprudencia HIPOTECAS

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha fijado como doctrina que en la dación en pago de un inmueble hipotecado al acreedor del crédito, sujeto al impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados en la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas, la base imponible de dicho tributo debe fijarse sobre el importe de la deuda pendiente de amortizar que se extingue con la operación y no sobre el valor real del inmueble.