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Private Finance Initiative en el ordenamiento jurídico español: tres modelos asociativos de contratación pública

La implementación práctica de los contenidos de la Tercera Vía1 en el Reino Unido dieron lugar a la aparición de nuevos vínculos entre la Administración Pública y la iniciativa privada que se denominaron Public-Private Partnerships (PPP) o Asociaciones Público-Privadas (APP). Las relaciones surgidas de esta unión compartían una filosofía en la que cada agente, público y privado, participaba en los proyectos llevando a cabo aquellas tareas para las que cada uno contaba con una ventaja comparativa mayor.

Hacia un tratamiento definitivo del Ius Variandi en la normativa contractual española a través de la Ley de Economía Sostenible

Algunos de los que trabajamos diariamente en contratación administrativa pusimos el grito en el cielo cuando se aprobó la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público porque entendimos que con la misma se había perdido una oportunidad magnífica para darle definitivamente a las modificaciones contractuales o ius variandi el tratamiento que, desde un punto de vista comunitario y jurisprudencial, se merecían.

Notas sobre la nueva regulación establecida en el Real Decreto 199/2010, de 26 de febrero, por el que se regula el ejercicio de la venta ambulante o no sedentaria con respecto a la Comunidad Autónoma catalana

El pasado 13 de marzo se publicó en el BOE esta nueva regulación sobre la venta ambulante, en vigor desde el día 14 de marzo (D.F. 3ª). De acuerdo con su Disposición Derogatoria única, esta norma deroga expresamente el Real Decreto 1010/1985 de 5 de junio, por el que se establecían determinadas modalidades de venta fuera del establecimiento comercial.

Los orígenes remotos del contrato de colaboración entre el sector público y el sector privado

A falta de una definición precisa y concreta del contrato de colaboración entre el sector público y el sector privado en el ordenamiento jurídico español, aparte, claro está, de la conceptualización que ofrece del mismo la Ley de Contratos del Sector Público en su art. 113, debemos plantearnos si este contrato administrativo aparentemente nuevo tiene su origen precisamente en dicha Ley o si, por el contrario, ya existía antes.

Procedimiento básico para la obtención de licencia de apertura de establecimientos para actividades inocuas

01 de diciembre de 2009 Artículos doctrinales LICENCIAS

Son actividades inocuas aquellas que, por sus características o mediante sencillas medidas correctoras, se presuponen que no van a producir molestias significativas, alterar las condiciones normales de salubridad e higiene del medio ambiente, ocasionar daños a bienes públicos o privados, ni entrañar riesgos apreciables para las personas.

El contrato de colaboración entre el sector público y el sector privado en el ordenamiento jurídico español: orígenes, características y naturaleza de una experiencia exitosa

Como todo el mundo sabe, no existe en el ordenamiento jurídico comunitario una definición precisa del contrato de colaboración público-privada que vincule a los Estados Miembros en cuanto a su regulación, ni siquiera se ha llegado a consenso en lo que respecta a su verdadera denominación.

Avanza la mediación. Andalucía y Cataluña : dos caminos a diferentes tiempos. Comparativa legal y social

El 13 de Marzo del 2009 se publicó la Ley 1/2009 de 27 de Febrero de Mediación Familiar de Andalucía, que entra en vigor en Septiembre de 2.009 y el 30 de Julio se publicó la Ley 15/2009 de 22 de Julio, de Mediación en el ámbito del Derecho Privado de Cataluña, ya en vigor, estando en ambos casos aún pendiente de publicarse el Reglamento que las desarrolle, si bien pasamos a realizar una comparativa de ambas legislaciones.

Derecho de la contratación pública electrónica (I)

Este nuevo ámbito del Derecho que debería implantarse y fomentarse en los próximos años si el Sector Público pretende adecuarse a las nuevas oportunidades que la tecnología brinda al mundo jurídico, es el objeto principal de este artículo. Y es que lo jurídico no se encuentra disociado de la realidad, sino que la acompaña y va tras ella, adaptándose a lo que las circunstancias exigen.

Breves notas sobre la Disposición Adicional 2ª de la Ley de Contratos del Sector Público

Hasta la aparición de la Ley de Contratos del Sector Público el régimen propio de la contratación de los entes locales se regulaba específicamente en la Ley de Bases de Régimen Local y en el Texto Refundido de disposiciones en materia de Régimen Local. La nueva Ley de Contratos del Sector Público incorpora diversos artículos que afectan a las peculiaridades de la contratación de las Corporaciones Locales.

Tras la entrada en vigor de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (LEBEP), ¿es posible en la Administración Local acceder por promoción interna al nuevo Subgrupo A1 desde el nuevo Subgrupo C1?

Hay que plantearse si la disposición transitoria tercera de la LEBEP es aplicable de forma inmediata tras la entrada en vigor de la ley. La siguiente cuestión es: ¿cuál es el alcance de la derogación del art. 22.1 de la LMRFP, prevista en la disposición derogatoria única, letra b, de la LEBEP?

Delimitación del concepto “poder adjudicador” a los efectos de la LCSP. Especial referencia a las sociedades mercantiles. Régimen jurídico de su actividad contractual

Habida cuenta de que aún se plantean no pocas dudas en torno al ámbito subjetivo de aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público, hemos querido reflexionar en voz alta sobre el concepto de poder adjudicador y el régimen jurídico de los contratos que adjudiquen las entidades encuadradas en dicho concepto. Empezaremos por recordar el ya ampliamente debatido art. 3.3.b) de la LCSP.

Las licencias ambientales. Procedimiento de concesión en la normativa de la Comunidad Valenciana

La Constitución española reconoce en el artículo 45 el derecho a un medio ambiente adecuado e impone a los poderes públicos la obligación de velar por la utilización racional de los recursos naturales. Los instrumentos de intervención ambiental son verdaderos medios de control de los que dispone la administración para garantizar un medio ambiente adecuado.

Breves notas sobre el derecho a la libertad de competencia como objeto de protección jurídica por los poderes públicos

La competencia mercantil podría ser definida como la lucha del empresario, dentro de un mercado, por captar la clientela, poniendo a disposición de ésta productos y servicios a precios, calidades, y condiciones más favorables que los demás, buscando atraer, a su regazo, al mayor número de consumidores posible.

La polémica transposición de la norma comunitaria en el servicio de telecomunicaciones por satelite

01 de septiembre de 2008 Artículos doctrinales TELECOMUNICACIONES

La Comunidad Europea, a diferencia de la primera etapa evolutiva de la normativa española en la materia, considera que la prestación de las telecomunicaciones por satélite no es un servicio publico. Así lo previene expresamente la Directiva 95/47/CE, de 24 de Octubre de 1995 sobre el uso de normas para la transmisión de señales de televisión.