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Los gastos de conexión a internet no son deducibles en el IRPF para los teletrabajadores

El establecimiento de un importe genérico de gastos deducibles por importe de 2.000 euros se realiza con el objetivo de incluir en él aquellos gastos de difícil especificación, cuantificación o justificación o no incluidos en los expresamente establecidos en el artículo 19 de la Ley del IRPF, que corresponden directa o indirectamente a la obtención de los rendimientos de trabajo