Transportistas

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La Comisión Europea recomienda ofrecer bonos como alternativa al reembolso de los viajes cancelados

18 de mayo de 2020 Noticias CONSUMIDORES

Mediante su Recomendación la Comisión Europea insta a establecer, para el caso de viajes combinados y servicios de transporte cancelados por la pandemia del Covid-19, un sistema de bonos ofrecidos por los transportistas u organizadores, en lugar del reembolso del dinero, siempre que el pasajero o viajero los acepte de forma voluntaria. Deberán establecerse las garantías necesarias para proteger los bonos contra la insolvencia del transportista o del organizador.

Directrices de la Comisión Europea en materia de derechos de los pasajeros ante la situación derivada del coronavirus

20 de marzo de 2020 Noticias CONSUMIDORES

Estas directrices pretenteden aclarar cómo han de aplicarse determinadas disposiciones de la legislación de la UE en lo que respecta a los derechos que tienen los pasajeros que viajan en avión, en tren, en autobús, en autocar o en barco, así como las correspondientes obligaciones de los transportistas, particularmente en lo relativo a las cancelaciones y los retrasos.

Las compañías aéreas pueden cobrar a los pasajeros por el equipaje facturado

18 de septiembre de 2014 Jurisprudencia Transporte aéreo

Una normativa como la española que prohíbe que se fije un precio por el billete de avión, en función de la posibilidad o no de facturar equipaje mediante el título de transporte, es contraria al derecho de los transportistas aéreos a fijar libremente el precio que debe pagarse por el transporte de pasajeros y las condiciones de aplicación de tal precio y puede menoscabar el objetivo establecido por el Derecho de la Unión consistente en hacer posible la comparabilidad real de los precios.

Las compañías aéreas pueden cobrar a los pasajeros por el equipaje facturado

18 de septiembre de 2014 Jurisprudencia Transporte aéreo

Una normativa como la española que prohíbe que se fije un precio por el billete de avión, en función de la posibilidad o no de facturar equipaje mediante el título de transporte, es contraria al derecho de los transportistas aéreos a fijar libremente el precio que debe pagarse por el transporte de pasajeros y las condiciones de aplicación de tal precio y puede menoscabar el objetivo establecido por el Derecho de la Unión consistente en hacer posible la comparabilidad real de los precios.

Las compañías aéreas pueden cobrar a los pasajeros por el equipaje facturado

18 de septiembre de 2014 Jurisprudencia Transporte aéreo

Una normativa como la española que prohíbe que se fije un precio por el billete de avión, en función de la posibilidad o no de facturar equipaje mediante el título de transporte, es contraria al derecho de los transportistas aéreos a fijar libremente el precio que debe pagarse por el transporte de pasajeros y las condiciones de aplicación de tal precio y puede menoscabar el objetivo establecido por el Derecho de la Unión consistente en hacer posible la comparabilidad real de los precios.

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