Uam

11 entradas

El TS interpreta los apartados 1 y 2 del art. 162 del Reglamento de la Ley de Extranjería, sobre extinción de la autorización de residencia temporal

26 de enero de 2019 Jurisprudencia EXTRANJERÍA

El Alto Tribunal establece cuál ha de ser la correcta interpretación de los apartados 1 y 2 del art. 162 RD 557/2011, por el que se aprueba el Reglamento de la LOEX, en relación con el doble sistema de extinción de las autorizaciones de residencia temporal, e insiste se trata de dos supuestos mutuamente excluyentes.  

Neque porro quisquam est qui dolorem ipsum quia dolor sit amet, consectetur, adipisci velit..

20 de marzo de 2015 Noticias

Lorem Ipsum es simplemente el texto de relleno de las imprentas y archivos de texto. Lorem Ipsum ha sido el texto de relleno estándar de las industrias desde el año 1500, cuando un impresor (N. del T. persona que se dedica a la imprenta) desconocido usó una galería de textos y los mezcló de tal manera que logró hacer un libro de textos especimen. No sólo sobrevivió 500 años

Características de las Sentencias penales en los Delitos Económicos

Además de las exigencias formales y constitucionales ya descritas, que son comunes a todas las sentencias, el enjuiciamiento de la delincuencia económica, conlleva la necesidad de resolver una serie de cuestiones que aparecen en prácticamente todos los asuntos de esta clase. No podemos olvidar que estas sentencias se refieren a cuestiones meramente del orden civil, siendo fundamental, por un lado, el auxilio de los conocimientos económicos y contables y, por otro lado, manejar la jurisprudencia que va surgiendo continuamente, en la interpretación de las conductas y tipos delictivos de una materia, que, en más de una ocasión se presenta como una auténtica ingeniería financiera.

Mediación civil y familiar en Cataluña (y IV). Fuentes, legislación y bibliografía

La exposición de motivos de la LMPDC utiliza la expresión de "relaciones dinámicas entre la mediación y el proceso judicial". Que las relaciones entre mediación y proceso sean "dinámicas" significa: que ambas instituciones son complementarias y no puramente alternativas, optativas o mutuamente excluyentes y que ambos recursos conflictuales pueden yuxtaponerse en el tiempo o utilizarse de manera lineal, combinada o cíclica.

1