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El TS estima las primeras solicitudes de devolución del 'céntimo sanitario' y fija las bases para su cálculo

19 de febrero de 2016 Jurisprudencia Céntimo sanitario

El Tribunal Supremo establece que las indemnizaciones por el “céntimo sanitario” que debe pagar la Administración General del Estado son la suma, en relación a cada perjudicado, de todas las cantidades que abonó durante la vigencia de dicho impuesto, contrario al derecho de la Unión Europea y que entró en vigor en 2002.