Noticias JurídicasOrigen https://noticias.juridicas.com

Actualidad Noticias
04/12/2015 09:42:49 Maltrato de animales 7 minutos

Últimas sentencias sobre maltrato a los animales

Con la entrada en vigor de la última reforma del Código Penal el pasado 1 de julio se ha producido un importante cambio de tipificación de los delitos de maltrato y de abandono de los animales. Noticias Jurídicas se hace eco de las sentencias más recientes sobre maltrato y abandono de animales.

Tras la última reforma del Código Penal, que entró en vigor el 1 de julio de este año, abandonar a un animal en condiciones de peligro para su vida o integridad es ya considerado delito, y puede ser castigado con pena de multa de uno a seis meses de cárcel, así como la inhabilitación para tener animales y para ejercer cualquier oficio relacionado con ellos.

La reforma (LO 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la LO 10/1995, de 23 de noviembre del Código Penal), continúa  así en la línea, ya iniciada por el legislador, de reforzar la protección de los animales.

Con el fin de incrementar la seguridad jurídica, se incluye una definición de los que son objeto del delito, y se lleva a cabo una revisión de las conductas punibles, incluyendo la explotación sexual de animales, y de las sanciones aplicables a las mismas.

Tipo básico

La pena  (tres meses a un año de prisión) sigue siendo la misma para el tipo básico (art. 337 CP) excepto que ahora también se podrá imponer la pena de inhabilitación para la tenencia de animales.

Además, se añade como maltrato la explotación sexual de los animales, cuestión que antes no se contemplaba.

También aprovecha el legislador para aclarar a qué animales abarca esta protección, incluyendo en el concepto de “animal doméstico o amansado” un animal de los que habitualmente están domesticados, un animal que temporal o permanentemente vive bajo control humano, o cualquier animal que no viva en estado salvaje.

Si se hubiera causado la muerte del animal se contempla un tipo agravado en el delito de maltrato animal, y se impondrá una pena de 6 a 18 meses de prisión e inhabilitación especial de 2 a 4 años.

Aquellas personas que, fuera de lo dicho anteriormente, maltraten cruelmente a los animales domésticos o a cualesquiera otros en espectáculos no autorizados legalmente, serán castigados con una pena de multa de 1 a 6 meses

Delito de abandono de animales

Anteriormente, las infracciones penales por maltrato animal que no eran susceptibles de considerarse delito eran calificadas como falta, pero, tras la modificación actual, el legislador si  considera conveniente mantener como infracción penal el abandono de animales domésticos que antes castigaba el apartado 2 del artículo 631, pasando a constituir ahora un tipo atenuado del maltrato de animales del artículo 337 bis del Código Penal.

Así pues, casos que eran faltas antes del 1 de Julio de 2015, ahora se han transformado en delitos leves. Se trata de proteger el abandono animal, castigando con una pena de multa de uno a seis meses al que deja un animal abandonado en condiciones en que pueda peligrar su vida o integridad.

 Foto-denuncia

Hoy en día, la investigación de estos hechos delictivos cuenta con nuevos medios, como, por ejemplo, el examen en las diversas redes sociales para comprobar la difusión de las denominadas fotos-denuncia, que circulan para alertar sobre la situación de abandono o maltrato de los animales.

De esta manera, se aprovecha las nuevas tecnologías para ponerlas al servicio de la lucha contra el abandono y maltrato animal, incluso se ha creado una App para denunciar estos casos.

Últimas sentencias

Estas son algunas de las sentencias más recientes sobre maltrato y abandono de animales.

MALTRATO ANIMALES

Prisión por dejar morir a varios animales tras divorciarse de su mujer

El Juzgado de lo Penal número 1 de Córdoba ha dictado una sentencia por la que condena a un hombre por un delito de maltrato animal a una pena de seis meses de prisión y un año de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales, tras  supuestamente dejar morir a dos caballos, dos cerdos y un perro en una finca, después de que se divorciara de su mujer.

Según recoge la sentencia, el condenado se hacía cargo del cuidado de los animales existentes en la explotación equina y porcina de una finca.

Señala la resolución que "con flagrante desprecio por la vida, la salud y el bienestar de los animales", desde la fecha en la que firmó el divorcio con su mujer, "hizo voluntariamente dejación de los mínimos deberes de alimentación de los mismos, con lo que les provocó situaciones de sufrimiento y lenta agonía hasta la muerte".

Cabe destacar que la Fiscalía solicitaba para el acusado la pena de prisión y de inhabilitación especial por las que ha sido condenado.

Tres meses de cárcel por atar a un perro a una piedra para que se ahogara

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Huelva ha ratificado la condena de tres meses de cárcel a un hombre por atar a un perro a una piedra para que muriera ahogado en una playa de la localidad onubense de Ayamonte en marzo de 2013.

Rechaza el recurso de apelación interpuesto y confirma la condena de este hombre como autor responsable de un delito de maltrato animal, emitida hace unos meses por el juzgado de lo Penal número 3 de Huelva.

El juzgado, durante la vista oral, consideró suficiente la prueba indiciaria, mientras que este hombre negó los hechos, negándose también a contestar las preguntas del Ministerio Fiscal, que solicitó para él once meses de cárcel.

Sin embargo, la Audiencia se remite a una prueba directa como es la propia declaración del condenado ante el Juzgado de Instrucción "en la que admitió haber matado al perro en la forma en que se asienta en los hechos probados de la resolución impugnada", a lo que añaden que cuando se le pregunta por su propio abogado por qué ante el juez de instrucción reconoció haber matado al animal atándolo a la piedra, éste "responde que lo hizo con intención de ganar fama o notoriedad, respuesta ésta que carece de todo sentido, no correspondiéndose con la lógica natural de los hechos ni con su proceder al narrarlos también a otras personas".

DELITO LEVE DE ABANDONO DE ANIMALES

Una de las primeras condenas por delito leve de abandono de animales (art. 337 bis CP):

Multa por la muerte de su perro al que abandonó durante varios días en un inmueble

El Juzgado de Instrucción número 4 de Requena (Valencia) ha condenado a un hombre a pagar una multa de 90 euros por la muerte de su perro al que abandonó durante varios días en un inmueble de su propiedad, ubicado en la localidad valenciana de Godelleta.

Así consta en la sentencia, de fecha 24 de noviembre de 2015, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), en la que el juez condena al hombre al pago de esta multa de 90 euros por un delito leve de abandono de animales domésticos previsto en el artículo 337 bis del CP.

Los hechos fueron denunciados por la Policía Local en septiembre de 2014. El hombre abandonó durante varios días a tres perros en un inmueble de su propiedad, lo que provocó la muerte de uno de ellos y el mal estado de los otros dos.

El hombre reconoció los hechos que se le imputan durante el juicio, que tuvo lugar el 18 de noviembre, y explicó que "tuvo familiares con problemas de salud durante esa época", motivo por el cual "no pudo atender correctamente a los perros".

FALTA DE ABANDONO DE ANIMALES

Multa por mantener a su perro "solo, encadenado y en condiciones deplorables"  

Una juez de Castro Urdiales ha condenado a pagar una multa de 90 euros a la dueña de un perro por una falta de abandono animal, ya que está acusada de tener al mastín "solo, encadenado y en condiciones deplorables".

Los hechos fueron puestos en conocimiento del Ayuntamiento castreño y del Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de la Guardia Civil. Sin embargo, el perro continuó en las mismas "deplorables" condiciones de "maltrato y abandono", por lo que las citadas ciudadanas, temiendo por la vida del animal, empezaron a turnarse para acudir a diario a la vivienda, comprobar su estado y llevarle comida.

Tras constantes quejas y denuncias, los dueños "retiraron" al mastín del jardín y lo "encerraron" en el garaje, donde continuó "en las mismas condiciones: atado a una columna con una cadena de un metro aproximadamente y pisando sus propios excrementos", hasta su muerte meses después.

Si bien la protectora señala que se impone una pena "irrisoria" que "en modo alguno hace justicia" al perro, que sufrió "maltrato físico y psicológico", destaca la importancia de este tipo de pronunciamientos judiciales, que reconocen la relevancia penal de una situación "muy habitual para muchos perros", que "permanecen atados prácticamente todas sus vidas" y cuyo maltrato resulta "generalmente invisible" para las administraciones públicas.

Redacción NJ

Te recomendamos