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06/04/2020 09:36:54 REDACCIÓN CIBERDERECHO 3 minutos

El Gobierno permite la geolocalización de los ciudadanos durante la crisis sanitaria

La medida viene dicatada por la Orden SND/297/2020, de 27 de marzo, por la que se encomienda a la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, el desarrollo de diversas actuaciones para la gestión de la crisis sanitaria

El Ministerio de Sanidad publicó el 28 de marzo la Orden SND/297/2020, de 27 de marzo, por la que se encomienda a la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, el desarrollo de diversas actuaciones para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Estas actuaciones van dirigidas, por una parte, a ofrecer canales alternativos de información a los ciudadanos a través de aplicaciones, asistente conversacional o página web que permitan aliviar la carga de trabajo de los servicios de emergencia y, por otra, a obtener información real sobre la movilidad de las personas en los días previos y durante el confinamiento, con el objetivo de dimensionar las capacidades sanitarias en cada provincia.

Soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia de los servicios sanitarios

La Orden encomienda a la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial el desarrollo urgente de una aplicación informática que permita al usuario realizar una autoevaluación con base en los síntomas médicos que comunique, acerca de la probabilidad de que esté infectado por el COVID-19, ofrecerle información sobre la enfermedad y consejos prácticos y recomendaciones, según la evaluación.

La aplicación permitirá la geolocalización del usuario a los solos efectos de verificar que se encuentra en la comunidad autónoma en que declara estar y podrá incluir dentro de sus contenidos enlaces con portales gestionados por terceros con el objeto de facilitar el acceso a información y servicios disponibles a través de Internet. La norma aclara que en ningún caso constituirá un servicio de diagnóstico médico, de atención de urgencias o de prescripción de tratamientos farmacológicos.

También se encomienda a esa Secretaría de Estado el desarrollo de un asistente conversacional/chatbot para ser utilizado vía whatsapp y otras aplicaciones de mensajería instantánea y proporcionará información oficial ante las preguntas de la ciudadanía.
Finalmente se encomienda a la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial el desarrollo de una web informativa con los recursos tecnológicos disponibles.

Estudio de la movilidad aplicada a la crisis sanitaria

La Orden SND/297/2020 encomienda asimismo a la Secretaría de Estado, siguiendo el modelo emprendido por el Instituto Nacional de Estadística en su estudio de movilidad y a través del cruce de datos de los operadores móviles, de manera agregada y anonimizada, el análisis de la movilidad de las personas en los días previos y durante el confinamiento.

La norma dispone que en la ejecución de este estudio se velará por el cumplimiento de la normativa sobre protección de datos, en concreto el Reglamento General de Protección de Datos, la Ley Orgánica de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales y los criterios interpretativos dados por la Agencia Española de Protección de Datos.

Efectos

La Orden SND/297/2020, de 27 de marzo, produce efectos desde el mismo día su publicación en el Boletín Oficial del Estado, el 28 de marzo de 2020.

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