Resolución de 5 de febrero de 2015, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las entidades locales, y de las comunidades autónomas que se acojan al Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas

Ficha:
  • Órgano MINISTERIO DE ECONOMIA Y COMPETITIVIDAD
  • Publicado en BOE núm. 33 de
  • Vigencia desde 08 de Febrero de 2015. Revisión vigente desde 11 de Julio de 2015
Versiones/revisiones: