Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
- Artículo único.
-
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS ENTIDADES LOCALES
- TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
- TÍTULO PRIMERO. Estatuto de los miembros de las Corporaciones Locales
-
TÍTULO II.
Organización necesaria de los entes locales territoriales
- CAPÍTULO PRIMERO. Del Municipio
- CAPÍTULO II. De la Provincia
- CAPÍTULO III. De los Cabildos y Consejos Insulares
-
TÍTULO III.
Funcionamiento de los órganos necesarios de los entes locales territoriales
- CAPÍTULO PRIMERO. Funcionamiento del Pleno
- CAPÍTULO II. Funcionamiento de las Asambleas vecinales en el régimen de concejo abierto
- CAPÍTULO III. Funcionamiento de la Comisión de Gobierno
- CAPÍTULO IV. Régimen general de las delegaciones entre los órganos necesarios
-
TÍTULO IV.
De la organización complementaria de los entes locales territoriales
-
CAPÍTULO PRIMERO.
Organos complementarios Composición y atribuciones
- Artículo 119
- SECCIÓN 1. De los Concejales-Delegados y Diputados-Delegados
- SECCIÓN 2. De los representantes del Alcalde
- SECCIÓN 3. De las Comisiones informativas
- SECCIÓN 4. De la Comisión Especial de Cuentas
- SECCIÓN 5. De las Juntas Municipales de Distrito
- SECCIÓN 6. De los Consejos Sectoriales
- SECCIÓN 7. De los órganos desconcentrados y descentralizados para la gestión de los servicios
- CAPÍTULO II. Funcionamiento de los órganos complementarios
-
CAPÍTULO PRIMERO.
Organos complementarios Composición y atribuciones
- TÍTULO V. Organización y funcionamiento de otras entidades locales
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TÍTULO VI.
Procedimiento y régimen jurídico
- CAPÍTULO PRIMERO. Procedimiento administrativo
- CAPÍTULO II. De la publicidad y constancia de los actos y acuerdos
-
CAPÍTULO III.
Régimen jurídico
- SECCIÓN 1. De la ejecutividad de los actos y acuerdos locales
- SECCIÓN 2. De las reclamaciones y recursos contra los actos y acuerdos de las Corporaciones Locales
- SECCIÓN 3. De la impugnación jurisdiccional de los actos y acuerdos de las Entidades Locales por la Administración del Estado o por las Comunidades Autónomas
- SECCIÓN 4. De la revisión de los actos en vía administrativa
- SECCIÓN 5. Del ejercicio de acciones
- SECCIÓN 6. De los conflictos de atribuciones y competencias
- CAPÍTULO IV. Responsabilidad de las Entidades Locales
- TÍTULO VII. Estatuto del vecino
- DISPOSICIONES ADICIONALES
- DISPOSICIONES TRANSITORIAS
- DISPOSICIONES DEROGATORIAS
- DISPOSICIONES FINALES
La disposición final primera de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, establece que el Gobierno de la Nación deberá actualizar y acomodar a lo dispuesto en la misma, entre otros, el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales aprobado por Decreto de 17 de mayo de 1952 con las modificaciones de que haya sido objeto en disposiciones posteriores.
El Gobierno ha procedido, de conformidad con esta disposición, a adecuar a la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local el Reglamento citado para lo cual ha sido preciso una cierta labor actualizadora para desarrollar las novedades de la Ley 7/1985, en cuanto a los estatutos de los miembros de las corporaciones locales y de los vecinos, así como la participación ciudadana. Del mismo modo, se ha adecuado al pluralismo político el funcionamiento de los órganos colegiados de las entidades locales y se regula el régimen de delegación de atribuciones del presidente y pleno de las corporaciones locales en otros órganos de las mismas.
En cuanto al procedimiento y régimen jurídico se produce una remisión general a la ley estatal reguladora del procedimiento administrativo común, contemplando las peculiaridades propias del Régimen Local.
En su virtud, a propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas, de acuerdo con el consejo de estado y previa deliberación del consejo de ministros en su reunión del día 28 de noviembre de 1986.
Dispongo:
Artículo único
Se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades locales actualizado y acomodado a la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, cuyo texto se inserta a continuación.


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