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26/04/2017 10:38:51 IRENE RUIZ PERIODISMO Y DERECHOS FUNDAMENTALES 5 minutos

Jornada sobre "el conflicto entre el derecho a la información y otros derechos fundamentales"

El pasado martes tuvo lugar la jornada “El Conflicto entre el derecho a la información y otros derechos fundamentales” organizada por Wolters Kluwer y Prensa Ibérica en la sede del campus Almagro de la Universidad Camilo José Cela. Dos mesas redondas en las que han participado prestigiosos juristas y periodistas que han aportado su visión de este tema desde su propia experiencia.

En la presentación del evento, Rosalina Díaz, presidenta de Wolters Kluwer España, ha destacado en la importancia de este conflicto entre libertad de información y los derechos fundamentales a la intimidad, honor y propia imagen, que ha supuesto números pronunciamientos de los tribunales. Entre ellos, una reciente sentencia del Tribunal Supremo que condena al periódico la Opinión de Zamora por publicar sin autorización la foto de perfil de Facebook de una persona víctima de un incidente violento para ilustrar la noticia. Según explica la sentencia el hecho de que el titular del perfil haya "subido" una fotografía suya que sea accesible al público en general, no autoriza a un tercero a reproducirla en un medio de comunicación sin el consentimiento del titular.

Este diario local ha interpuesto un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional dirigido por el abogado Edmundo Angulo, ponente en la segunda mesa de la jornada, que ha declarado que confía en que sea admitido a trámite entre otras razones porque se trata de una materia sobre derechos fundamentales en la que el Tribunal constitucional debería sentar doctrina.

Ante este pronunciamiento del Supremo, los ponentes coinciden en que al aceptar las condiciones de uso establecidas por redes sociales como Facebook, las cuales apenas leemos, estamos autorizando no sólo el acceso a lo que en ellas publiquemos sino también a su uso por parte de terceros. Del mismo modo, tal y como señalan la periodista María Peral o el abogado Pablo Fernandez Burgueño la propia red social ofrece a los usuarios medidas para proteger nuestras publicaciones pero en cualquier caso si publicamos imágenes personales en un perfil abierto en una red social estamos exponiéndonos.

También en este sentido, Juan Cruz, periodista y director adjunto de El País, ha puntualizado que tener un perfil en Facebook o en cualquier otra red social supone querer adquirir notoriedad y exponerse. A lo que añade que “exponerse en Facebook supone exponerse a la relevancia del periodismo.

Diferencias jurisprudenciales

María Peral confiesa que “los periodistas no sabemos a qué atenernos”. Según comenta ha habido casos como en los que el Supremo sí avaló la procedencia de la publicación de unas imágenes en las que aparecía un hombre muerto a raíz de un accidente en parapente o aquéllas en las que aparece un acusado por violencia de género en su detención. Para ella no es entendible por qué estas imágenes si debieron publicarse y la extraída del perfil de Facebook por el diario zamorano no. Además lanza la siguiente reflexión “¿En qué medida los periodistas pueden privar a la ciudadanía de imágenes que ilustran la realidad?”.

Por su parte, Nicolás Gonzalez, catedrático de Derecho mercantil, apunta que la jurisprudencia en la mayoría de los casos a balanza se inclina a favor del periodista” y que aunque es clara en cuanto al concepto de ponderación de libertad de información y derechos fundamentales “ofrece soluciones en base a la casuística”. También considera necesario establecer unos límites como son los derechos a la intimidad, honor y propia imagen con la pretensión de amordazar a los periodistas sino de establecer un compromiso de convivencia entre la libertad de informar y los derechos fundamentales”.

Por otro lado, José Manuel Otero-Lastres, catedrático de Derecho Mercantil, sí cree que ha habido en los últimos años un cambio en la jurisprudencia respecto a este tema lo que está suponiendo una “protección excesiva de los derechos de la personalidad”.

Anonimización de sentencias

Otro de los temas controvertidos que surgió durante el debate fue la anonimización de las sentencias por parte del CENDOJ. En opinión de María Peral una superprotección de los datos y la creación de una realidad jurídica ficticia. Razonamiento en el que coinciden los demás ponentes que califican como absurda, ya que por ejemplo el Tribunal Constitucional o el Tribunal Europeo de Derechos Humanos no lo hacen, de hecho éste último llama a sus sentencias por el nombre del recurrente.

Por su parte, Pablo Fernandez Burgueño cree que la digitalización las resoluciones judiciales supone que éstas permanezcan en la red y por tanto, si una persona ha sido condenada y su nombre real aparece en la sentencia, por muchos años que pasen y aunque ya haya cumplido su condena seguirá sufriendo un perjuicio en su honor. Por lo tanto, desde su punto de vista depende del interés público que susciten las personas afectadas que los periodistas tengan acceso a la sentencia con los datos reales de los implicados.

Relevancia informativa como fundamento para publicar una imagen

En definitiva, los ponentes han coincidido en la pertinencia de la publicación de determinadas imágenes siempre que tengan relevancia informativa. Por ejemplo, Pablo Fernandez Burgueño, abogado del despacho Abanlex –que ganó el famosos caso de derecho a la olvido frente a Google ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea- ha subrayado que un “periodista en el ejercicio de sus funciones tiene el derecho y el deber de captar una imagen de un hecho relevante”.

Por su parte, el periodista de El País Juan Cruz ha añadido que los periodistas no están “únicamente para contar lo que es aceptado por los protagonistas sino para contar la actualidad, lo que exige además urgencia en la publicación de las noticias y por ende en la selección de las fotografías que las ilustran”. Por tanto, señala que en definitiva “el periodista tiene la responsabilidad profesional de decidir la relevancia periodística de un hecho o una imagen y que se trata de una cuestión que ha de resolver en base al sentido común”.

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