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10/04/2026 09:08:32 REDACCIÓN BOE 2 minutos

El BOE publica la Ley Orgánica 1/2026 en materia de multirreincidencia

El Boletín Oficial del Estado ha publicado la Ley Orgánica 1/2026, de 8 de abril, que modifica el Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal

El Boletín Oficial del Estado ha publicado la Ley Orgánica 1/2026, de 8 de abril, que modifica el Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal en materia de multirreincidencia en delitos de hurto y estafa leves. La norma ha entrado en vigor hoy, 10 de abril de 2026.

La reforma aborda los problemas interpretativos derivados de la modificación operada en 2022 y adapta la regulación de la multirreincidencia al régimen general de la reincidencia.

En el Código Penal, se establece que los hurtos de cuantía inferior a 400 euros serán castigados con pena de prisión de seis a dieciocho meses cuando el autor haya sido condenado al menos por tres delitos de la misma naturaleza, siendo al menos uno de ellos leve. En caso contrario, mantienen su consideración de delito leve.

En materia de estafa, se introduce un régimen equivalente: cuando la cuantía no exceda de 400 euros, se impondrá pena de multa, salvo que concurran tres condenas previas de la misma naturaleza —una de ellas leve—, en cuyo caso se aplicará la pena del tipo básico, de seis meses a tres años de prisión.

Asimismo, se modifican diversos preceptos para integrar la multirreincidencia en el sistema penal, afectando, entre otros, a la agravante de reincidencia, la determinación de la pena y la suspensión de su ejecución.

Hurto de móviles

La ley también revisa los tipos agravados de hurto, incluyendo la sustracción de dispositivos móviles y simplificando los requisitos en explotaciones agrícolas y ganaderas, y tipifica supuestos específicos como la defraudación de fluido eléctrico vinculada a actividades ilícitas y el uso de combustibles líquidos en determinadas conductas.

Por su parte, la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal refuerza la adopción de medidas cautelares, incluidas las prohibiciones de residencia o aproximación, y reconoce a las entidades locales legitimación para ejercer la acción penal en delitos de hurto.

Finalmente, la norma incorpora previsiones sobre planta judicial, estableciendo la creación progresiva de plazas de jueces de adscripción territorial en función de la población.

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