Irene Cortés.- La Audiencia Provincial de Zaragoza condenó el pasado viernes (sentencia de 30 de octubre) a un año de prisión a una mujer por los delitos de estafa y falsedad en documento mercantil. La condenada estafó con la línea telefónica a su compañera de trabajo y de piso, haciéndose pasar por ella y firmando contratos en su nombre.
La procesada, deberá indemnizar a su compañera de piso con la cantidad de 1.110 euros, además de asumir los gastos derivados del proceso judicial y pagar una multa de 540 euros.
Falsificaciones y engaños
Durante noviembre de 2012, la demandante contrató con Vodafone una línea telefónica por una duración de dos años, la cual estaba asociada a su cuenta bancaria. Antes del fin de la fecha, acordaron que ésta cedería el móvil a su compañera de piso, la demandada, a cambio de que ésta le abonara sus gastos. Además, ambas convinieron que al fin del contrato, el terminal pasaría a ser propiedad de ésta.
Sin embargo, a finales de 2014 la demandada se mudó a Zaragoza dejando de pagar a partir de ese momento los gastos de la línea que estaba usando. Después de los supuestos dos años convenidos, Vodafone seguía reclamando a la titular los gastos de la línea y sólo así averiguó ésta que, en mayo de 2014, la ex compañera demandada suscribió con Vodafone un contrato de fidelización, por el cual obtuvo un nuevo terminal telefónico a cambio de aumentar el periodo de permanencia. Además, se hizo pasar por la demandante al simular en este nuevo acuerdo su firma falsificada.
Tras esto, la condenada realizó llamadas a servicios de tarificación adicional de un coste muy elevado que ascendieron a 1.345,64 euros, junto con otras facturas con importe de hasta 1.455 euros, que le estaban siendo reclamadas a la demandante.
Un año de prisión
Vistos los hechos, la Audiencia Provincial de Zaragoza ha declarado culpable a la demandada del delito de estafa, establecido en los artículos 248 y 249 del Código Penal, condenándola por ello a seis meses de prisión. A este delito, se le ha sumado el de falsedad en documentación mercantil, constituido en el artículo 392 y 390.1º y 3º del Código Penal, con una pena de otros seis meses de prisión y una multa de tres euros diarios, que deberá abonar por un plazo de seis meses.
En resumidas cuentas, la sentencia condena a la estafadora a un año de prisión, una multa de 540 euros y una indemnización de 1.110,49 euros, además del deber de asumir ésta misma la suma de las costas procesales.