La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en un auto de 4 de septiembre, ha decidido no sancionar a un abogado que citó en una querella un precepto del Código Penal colombiano por utilizar ChatGPT.
Comienza el Auto haciendo una novedosa reflexión sobre el uso de las tecnologías emergentes y de los materiales generados por inteligencia artificial en los procedimientos judiciales, sobre las que se debe hacer un uso responsable, que impone una verificación adicional, puesto que la revisión y validación de los documentos legales es responsabilidad de los abogados para garantizar la precisión y el cumplimiento normativo.
Law Society publicó nuevas orientaciones para la profesión en noviembre de 2023 sobre el uso de herramientas de inteligencia artificial generativa, en las que afirmaba que los abogados son responsables de los productos de trabajo generados utilizando «soluciones basadas en la tecnología» e instaba a los abogados a «revisar cuidadosamente el contenido y garantizar su exactitud».
El Consejo de la Abogacía Europea (CCBE) también ha abordado la regulación de la inteligencia artificial en el ejercicio de la abogacía en el documento titulado Consideraciones de CCBE sobre los aspectos legales de la inteligencia artificial y, entre otras consideraciones, aboga por la supervisión humana efectiva en el uso de herramientas de IA en el ámbito de justicia como precondición de un sistema de justicia propio de un Estado de Derecho.
Y más recientemente y en relación al uso de ChatGPT y otras herramientas similares con fines legales, un estudio publicado en enero de 2024 reveló que el uso descuidado de estas tecnologías en los procedimientos judiciales plantea importantes implicaciones deontológicas y, desde luego, es susceptible de integrar un claro ejemplo de mala fe procesal y de abuso del proceso.
Disculpas
En el caso, el TSJ navarro analiza la cita legal que incluyó un abogado de un Código Penal que no era el español, sino del colombiano, pero en la medida en que el letrado se ha apresurado para presentar sus "más sinceras excusas" tras haber detectado la Sala que la cita no se correspondía en realidad a nuestro Código Penal sino al Código al hecho de que se trata de una cuestión novedosa, opta por el archivo de la pieza separada, por abuso de derecho o mala fe procesal, sin imponer la correspondiente sanción pecuniaria, pero indicando que debe servir como advertencia de las implicaciones legales, deontológicas y éticas que puede plantear el uso descuidado de las nuevas tecnologías.