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21/11/2011 06:07:00 Consejo de Ministros BIOBANCOS 2 minutos

Requisitos de funcionamiento de los biobancos con fines de investigación biomédica

El Consejo de Ministros aprueba un Real Decreto por el que se establecen los requisitos básicos de autorización y funcionamiento de los biobancos con fines de investigación biomédica y del tratamiento de muestras biológicas de origen humano. Asimismo, el Real Decreto aprobado hoy también regula el funcionamiento y organización del Registro Nacional de Biobancos para Investigación Biomédica.

El Consejo de Ministros aprueba un Real Decreto por el que se establecen los requisitos básicos de autorización y funcionamiento de los biobancos con fines de investigación biomédica y del tratamiento de muestras biológicas de origen humano. Asimismo, el Real Decreto aprobado también regula el funcionamiento y organización del Registro Nacional de Biobancos para Investigación Biomédica.

La apertura a nuevos ámbitos de investigación en el sector de las ciencias biomédicas es una constante de las últimas décadas. En este contexto, los biobancos tendrán un papel importante no solo en la identificación de las causas de las enfermedades, sino también en el desarrollo de los diagnósticos, así como en la aplicación preventiva y terapéutica.

La Ley de 3 de julio, de Investigación Biomédica, de 2007, define al biobanco como un "establecimiento público o privado, sin ánimo de lucro, que acoge una colección de muestras biológicas con fines diagnósticos o de investigación biomédica organizada como una unidad técnica con criterios de calidad, orden y destino".

Almacenamiento

Con el Real Decreto aprobado se pretende que las muestras biológicas destinadas a la investigación biomédica se almacenen en un biobanco con todas las garantías éticas y jurídicas previstas para los donantes en la Ley de Investigación Biomédica. Asimismo, se persigue facilitar a los investigadores de centros públicos y privados el acceso al mayor número posible de muestras, con los requisitos indispensables de calidad, conservación y gratuidad que hagan posible el desarrollo de proyectos de investigación de excelencia.

Por otra parte, el Registro Nacional de Biobancos recogerá la información acerca de los biobancos acreditados y colecciones de muestras existentes, con lo que se facilitan la consulta pública y el acceso a los materiales que albergan.

Dado que en los biobancos se almacenan muestras biológicas con información asociada de carácter personal, se establecen unos requisitos estrictos para proteger la confidencialidad del donante y garantizar sus derechos de decisión respecto a la misma.

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