El Congreso de los Diputados ha rechazado hoy con 123 votos a favor, 203 en contra y 5 abstenciones las enmiendas de totalidad presentadas por los grupos Socialista y de IU, ICV-EUiA, CHA, al Proyecto de Ley de reforma de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social, que continuará así su tramitación en la Comisión de Justicia.
El ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, ha defendido ante el Pleno esta iniciativa del Gobierno, que revisa los delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social, regulados en el Título XIV del Código Penal, por la que se crean subtipos agravados para castigar las conductas más graves en materia de delito fiscal y contra la Seguridad Social, que serán castigadas con penas de hasta seis años de cárcel. Además, se amplía el plazo de prescripción de estos delitos de cinco a diez años.
Los objetivos de la reforma en el ámbito tributario son: la creación de un tipo agravado que ofrezca respuesta a los fraudes de especial gravedad y que eleve la pena de prisión hasta una duración máxima de seis años, lo que a su vez determina que el plazo de prescripción de las infracciones más graves sea de diez años; posibilitar la persecución de las tramas organizadas de fraude fiscal mediante la facilitación de la denuncia inmediata una vez alcanzada la cantidad mínima de defraudación.
Asimismo, pretende incrementar las posibilidades de cobro de la deuda tributaria impagada evitando la paralización del procedimiento administrativo por el proceso penal; introducir mejoras técnicas en la regulación de las defraudaciones a la hacienda y a los presupuestos de la Unión Europea; evitar la denuncia ante los Juzgados de aquellos obligados tributarios que han regularizado, de forma completa y voluntaria, su situación tributaria.
Con esta propuesta de reforma del Código Penal el Gobierno quiere modificar la tipificación de los delitos contra la Hacienda Pública, recogidos en el artículo 305, a fin de facilitar la persecución de estos delitos y corregir algunas deficiencias advertidas en su aplicación; el 307, sobre delitos contra la Seguridad Social, a los efectos de reducir a 50.000 euros la cuantía que establece el tipo delictivo como condición objetiva de punibilidad, y se castiga al empleador que no dé de alta en la Seguridad Social a un trabajador y se introduce un nuevo artículo que penaliza a quienes mediante simulación, tergiversación u ocultación de hechos, obtengan prestaciones de la Seguridad Social que no le correspondan o faciliten a otros su obtención.
También se modifica el artículo 308, relativo al fraude de ayudas o subvenciones de las Administraciones Públicas o de la Seguridad Social. Así, se castigará a la autoridad o funcionario público que falsee la contabilidad, los documentos o la información que haya de reflejar la situación económica de una entidad pública con el objeto de causarle un perjuicio.
Enmiendas de totalidad
El Grupo Socialista reclamaba la devolución de este proyecto al Gobierno por considerar que da "cobertura legal a la amnistía fiscal", y que equipara en la práctica "al responsable de grandes defraudaciones con aquellas personas que perciben indebidamente una prestación".
Por su parte, en su enmienda de totalidad, el Grupo de IU, ICV-EUiA, CHA califica la reforma como un "ejercicio de hipocresía política que parece tener como objetivo camuflar los duros ajustes y los recortes de derechos con una reforma del Código Penal".