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22/07/2013 07:30:00 Redacción NJ Tribunal Constitucional 4 minutos

Continúan las reacciones al descubrimiento de la afiliación al PP del Presidente del TC

Garzón solicita al TC que anule la inadmisión del recurso contra su condena, porque Pérez De los Cobos intervino en la misma. Gallardón afirma que haber militado en un partido político no inhabilita para ejercer ningún puesto de responsabilidad.

Prosiguen las reacciones al descumbrimiento de que el Presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, había militado en el PP hasta 2011.

Garzón pide al TC que anule el rechazo del recurso contra su condena porque Pérez De los Cobos intervino en la misma

El ex juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, ha pedido al Tribunal Constitucional que anule la providencia que en noviembre de 2012 rechazó tramitar su recurso contra la condena de 11 años de inhabilitación que le impuso el Tribunal Supremo al ser Francisco Pérez de los Cobos uno de los firmantes de la resolución.

Los abogados de Garzón, José Luis Fuertes Suárez y Javier Yagüe García, han presentado este viernes una petición de "nulidad absoluta de actuaciones" de la providencia que rechazó tramitar el recurso del juez contra su condena al entender que De los Cobos, al haber sido designado magistrado de este órgano ocultando su condición de militante de PP, incurrió en incompatibilidad y su participación en la deliberación no es válida.

Según un comunicado al que ha tenido acceso Europa Press, la interpretación "lógica y sistemática elemental" de la regulación de las incompatibilidades prevista en el artículo 19 de Ley Orgánica del Tribunal Constitucional(LOPJ) "lleva necesariamente a que tenga que ser de aplicación a los magistrados del más alto Tribunal".

Añaden en su recurso que carece de sentido "que el más humilde juez de pueblo no pueda ser militante de un partido y que sí lo pueda ser el Presidente del Tribunal Constitucional".

Baltasar Garzón y sus letrados se plantean incluso pedir formalmente al Rey la nulidad radical de su nombramiento, al amparo del art. 16 de la ley Orgánica del Tribunal Constitucional y del artículo 6.3 del Código Civil, y exigir las responsabilidades a que hubiera lugar.

Se trataba de una investigación dirigida contra dirigentes y miembros del PP

Además, en el caso de Baltasar Garzón, indican los letrados que "la apariencia de ausencia de la obligada imparcialidad subjetiva de Pérez de los Cobos, en cuanto militante del PP, es clamorosa, ya que en su recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional se cuestionaba la condena de Baltasar Garzón por unas escuchas acordadas por él en una investigación criminal dirigida contra dirigentes y miembros del PP".

Finalmente, Garzón considera que la situación de Pérez de los Cobos es "insostenible e insubsanable" aunque luego hubiera pedido formalmente la baja del partido. "Nada podría sanar el vicio de origen de nulidad de su nombramiento, que quebrantó una norma imperativa de prohibición", añaden.

El exmagistrado alegaba en su recurso que el fallo del Supremo ponía en peligro la independencia judicial que garantiza la Constitución y añadía que su condena a 11 años de inhabilitación es "gravísimamente inconstitucional en términos hasta ahora desconocidos en nuestro Estado democrático".

Sus alegaciones fueron rechazadas de plano en una una providencia fechada el 29 de octubre de 2012 y firmd por los magistrados Pablo Pérez Tremps, Francisco José Hernando y Francisco Pérez de los Cobos.

Gallardón afirma que haber militado en un partido político no inhabilita para ejercer ningún puesto de responsabilid

En relación con esta misma polémica, el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha señalado que el haber militado en un partido político "no inhabilita para el ejercicio de ningún puesto de responsabilidad".

"No podemos establecer una limitación de derechos fundamentales reconocidos en la Constitución más allá de lo que establecen la Constitución y las normas que la desarrollan", ha subrayado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Gallardón ha indicado que ese supuesto "se viene dando en los órganos constitucionales del Estado desde hace muchísimo tiempo", tanto en el TC como en el Consejo de Estado o el Consejo General del Poder Judicial, y ha puesto como ejemplo que él mismo se tuvo que dar de baja en el PP cuando se incorporó a la carrera fiscal y posteriormente volvió a ingresar en el partido.o

"Esa es la realidad sobre la que ha operado nuestro sistema democrático, y en ningún momento el hecho de haber militado en una formación política" ha sido "objeto de cuestión ni motivo de recusación", ha subrayado el ministro antes de recordar que además el TC no forma parte del poder judicial, sino que es un órgano constitucional propio.

Despolitización

En este contexto, Gallardón ha asegurado que el Gobierno, por "indicación expresa" del presidente Mariano Rajoy, siempre ha respetado "escrupulosamente" el principio de la despolitización de los órganos constitucionales, que significa que "las decisiones del poder judicial nacen y se ejecutan dentro del poder judicial, y las del Tribunal Constitucional nacen y se ejecutan en el propio Tribunal Constitucional sin ninguna interferencia por parte del poder ejecutivo".

La despolitización no consiste, ha aclarado, en "analizar los curricula de las personas para excluir o incluir en función de ese propio curriculum", sino en "el respeto que por parte de un poder del Estado se tiene que tener a los otros poderes y a los propios órganos constitucionales". (EUROPA PRESS)

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