La Agencia Española de Protección de Datos ha impuesto a Google tres sanciones por infracción de los artículos 6.1; 4.5 en relación con el 16; y 15 y 16, todos de la LOPD, al declarar ilegales los tratamientos de datos personales realizados por la entidad con su nueva política de privacidad
La AEPD ha constatado que Google no da a los usuarios información suficiente sobre qué datos recoge y para qué fines los utiliza, combina los obtenidos a través de distintos servicios, los conserva durante un tiempo indefinido y obstaculiza el ejercicio de los derechos ARCO
La combinación de los datos que recoge por medio de diferentes servicios excede ampliamente de las expectativas razonables de la mayoría de los usuarios, que no son conscientes de ello y pierden el control de su propia información personal
La Agencia declara la existencia de tres infracciones de la LOPD e impone a Google una sanción de 300.000 euros por cada una, requiriéndole para que adopte sin dilación las medidas necesarias para poner fin a la vulneración de los artículos 4.1, 4.2, 4.5, 5, 6, 15 y 16 de la LOPD declarada en la Resolución.
Esta acción forma parte de la actuación coordinada iniciada junto a las Autoridades de Protección de Datos de Alemania, Francia, Holanda, Italia y Reino unido tras la falta de reacción de Google a los requerimientos previos.