El Síndic de Greuges, Rafael Ribó, ha recomendado impulsar la aplicación de medidas penales alternativas a las penas de cárcel. Según Ribó, las penas de cárcel tendrían que estar pensadas para a delitos graves. Ribó, acompañado por el director de Seguridad Pública y Relaciones Sociales, Ignasi Garcia Clavel, ha hecho esta petición durante la entrega al Parlamento del informe extraordinario "Estudio comparativo de los sistemas penitenciarios europeos y catalán".
Los datos recogidos indican que la legislación penal, que es de ámbito estatal, podría ir mucho más lejos en lo que concierne a la aplicación de penas alternativas, ya que numerosos estados de Europa prevén otras posibilidades además de las penas de multa y el trabajo en beneficio de la comunidad, como por ejemplo la mediación, la reparación, la conciliación víctima-delincuente y la libertad a prueba o vigilada.
La potenciación de estas medidas alternativas pasa, según el defensor de las personas, por una dotación mayor de recursos humanos y materiales, pero también es precisa la implicación de todas las administraciones que tienen que ofrecer plazas, ya sea en sus servicios o en entidades privadas colaboradoras, para ubicar a la persona que debe cumplir la condena.
La generalización de medidas alternativas, la eficacia de las cuales está demostrada en otros países, ayudaría a desmasificar los centros penitenciarios y, según estudios oficiales, tiene un coste económico 10 veces inferior al coste diario de una persona en un centro penitenciario, que es de 68€.
Propuestas y sugerencias
- Trabajo penitenciario. La cárcel debe ser un espacio para la capacitación laboral de los internos de cara a su vida en libertad. Se debe potenciar la formación ocupacional dentro de los centros, con un análisis previo de las necesidades del mercado de trabajo, para facilitar la incorporación de los penados en el mercado laboral una vez lograda la libertad. El trabajo debería ser una herramienta fundamental del tratamiento penitenciario.
- Rehabilitación y tratamiento. El personal de rehabilitación continúa siendo insuficiente en relación a la elevada población penitenciaria existente. Por lo tanto, si no cambian radicalmente las cosas en el ámbito penal, en los años venideros se debería hacer un mayor esfuerzo de dotación de medios personales de rehabilitación, como por ejemplo psicólogos, criminólogos, pedagogos, educadores, maestras, trabajadores sociales y monitores de actividades formativas y laborales. Un problema más grave que la falta de medios rehabilitadors es la orientación de este personal hacia tareas básicamente administrativas, derivadas de los requerimientos del mismo sistema jurídico-penal. En este sentido, se debería hacer un esfuerzo importante por reorientar las actividades de estos profesionales hacia tareas rehabilitadoras de acción, y no tanto de redacción de informes. Haría falta también revisar los horarios y las cargas de trabajo de los funcionarios de los centros penitenciarios por optimizar al máximo los recursos humanos de cada centro.
- Libertad condicional. Debería establecerse como regla general el acceso a la libertad condicional cuando se cumplan las 2/3 partes de la condena, así como su adelantamiento en casos excepcionales cuando se cumpla la mitad de la condena, sujeto a las condiciones que legalmente se establezcan. Igualmente hace falta eliminar aquellas condiciones fijadas por la Administración que establecen periodos suplementarios por elevar la libertad condicional, no establecidas en el Código penal.
- Sistemas de grabación y almacenamiento audiovisual por facilitar informaciones en supuestos casos de maltratos. El incremento del número de quejas de internos por presuntas maltratos hace evidente la necesidad de que la Administración penitenciaria se dote de los medios técnicos para que en todos los centros penitenciarios se instalen sistemas permanentes de grabación y almacenamiento audiovisual además de las zonas de paso, respetando los espacios de privacidad. Estas cámaras de videovigilancia se deberían ampliar también a las zonas de cacheo, a los módulos de ingreso, de sancionados, de régimen cerrado y de salud mental. De esta manera se permitiría a la Administración supervisar y autocontrolar aquellas actuaciones donde los derechos fundamentales de los internos se pueden ver fácilmente vulnerados. Igualmente, estos sistemas pueden contribuir eficazmente a hacer más transparentes las actuaciones de los funcionarios que trabajan porque las imágenes actúan de apoyo en la legalidad de su actuación.
- Delitos relacionados con el tráfico y el consumo de drogas. Se desprende de los datos estadísticos que el 80% de la criminalidad en el Estado español está relacionada con la droga. Hace falta plantearse soluciones que no partan de la prisión como única solución exclusiva al problema. Las administraciones deberían articular recursos, no sólo penitenciarios, que permitan ser alternativas eficaces en el tratamiento de la drogadicción y en la rehabilitación del toxicómano. Se debería tener en cuenta el principio de proporcionalidad en la aplicación del tipo penal de tráfico de drogas en qué estén previstas diferentes modalidades de conducta: traficante a gran escala, traficante que satisface su adicción, etc. Actualmente sólo se hace una distinción entre las substancias: si causan un grave perjuicio a la salud o no. En este sentido, debería potenciarse la aplicación de la supresión de pena y la sustitución por programas de tratamiento en centros especializados fuera del sistema penitenciario.