Las entidades bancarias, miembros de la AEB (Asociación Española de la Banca) y de CECA, tendrán acceso a las bases de datos de “titular real” y de “personas con responsabilidad pública familiares o allegados de aquellas” del Consejo General del Notariado, en virtud de los convenios firmados entre dichas entidades y los notarios.
Según una nota hecha pública por las entidades firmantes, estos acuerdos responden al interés de los bancos de contar con un instrumento que les facilite el cumplimiento de la obligación, establecida por la normativa de prevención del blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo, de conocer al titular real de cuentas bancarias u otras operaciones, así como de identificar, entre sus clientes, a las personas con responsabilidad pública.
Así, el Real Decreto 304/2014, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010, de prevención del blanqueo de capitales, señala que los sujetos obligados podrán acceder a los ficheros creados al amparo de lo establecido en el artículo 15.1 de la Ley 10/2010 por otros sujetos obligados, por los órganos centralizados de prevención establecidos por organizaciones colegiales de ámbito nacional, o por terceros.
En virtud de estos convenios, las entidades bancarias interesadas en acceder a estas bases de datos podrán suscribir un acuerdo individual con el Consejo General del Notariado, a cuyos efectos AEB y CECA difundirán entre sus asociados la existencia del respectivo convenio.
Además, se crearán dos comisiones, una entre la AEB y el Notariado y otra entre CECA y el Notariado, que se encargarán de la aplicación del acuerdo, de la resolución de las incidencias que pudieran surgir, y de proponer al Ministerio de Economía posibles medidas relacionadas con el convenio de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
Las bases de los notarios
El Consejo General del Notariado creó las bases de datos de titular real y de personas con responsabilidad pública familiares o allegados de aquellas en marzo de 2012, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 304/2014. Dicho fichero se publicó en el Boletín Oficial del Estado de 28 de abril de 2012 y fue inscrito en el Registro General de Protección de Datos el 11 de julio de ese mismo año.
Los notarios desempeñan una labor determinante en el control y la prevención de delitos como el blanqueo de capitales. El Consejo General del Notariado creó en diciembre de 2005 el Órgano Centralizado de Prevención del Blanqueo de Capitales (OCP) para intensificar y canalizar su colaboración con las Administraciones Públicas en esta materia.
Según la nota difundida ayer, en estos casi diez años la colaboración de los notarios ha sido decisiva para prevenir este tipo de delitos. El OCP ha permitido fortalecer la colaboración del Notariado con el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC) y con las autoridades judiciales, y facilita enormemente la labor individual del notario.