Reglamento número 95. Prescripciones uniformes relativas a la homologación de vehículos en lo que concierne a la protección de los ocupantes en caso de colisión lateral.

Ficha:
  • Órgano MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES
  • Publicado en BOE núm. 27 de
  • Vigencia desde 28 de Enero de 2003
Versiones/revisiones:
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1 para Alemania, 2 para Francia, 3 para Italia, 4 para los Países Bajos, 5 para Suecia, 6 para Bélgica, 7 para Hungría, 8 para la República Checa, 9 para España, 10 para Yugoslavia, 11 para el Reino Unido, 12 para Austria, 13 para Luxemburgo, 14 para Suiza, 15 (libre), 16 para Noruega, 17 para Finlandia, 18 para Dinamarca, 9 para Rumania, 20 para Polonia, 21 para Portugal, 22 para la Federación Rusa, 23 para Grecia, 24 (libre), 25 para Croacia, 26 para Eslovenia, 27 para Eslovaquia, 28 para Bielorrusia y para Estonia. Las cifras siguientes serán atribuidas a los demás países según el orden cronológico de su ratificación del Acuerdo concerniente a la adopción de condiciones uniformes de homologación y al reconocimiento recíproco de la homologación de los equipos y piezas de los vehículos automóviles o de su adhesión a este Acuerdo, y las cifras así atribuidas serán comunicadas por el Secretario general de la ONU a las Partes contratantes del Acuerdo.

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(2)

Hasta el 30 de septiembre de 1998, a los fines de las prescripciones relativas a los ensayos, el margen de regulación longitudinal normal debe limitarse de manera que el punto H se encuentre comprendido en la longitud de la abertura de la puerta.

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(3)

El último número se da a título de ejemplo.

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(4)

Cuando no sea posible determinar el punto H, utilizando el maniquí tridimensional u otros procedimientos en los asientos distintos a los de las plazas delanteras, la autoridad competente puede, si lo juzga adecuado, tomar como referencia el punto R indicado por el fabricante.

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(5)

Ángulo de inclinación, diferencia de altura con montaje sobre pedestal, textura superficial, etc.

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(6)

Para toda información sobre el maniquí 3-D H, dirigirse a la Sociedad de Ingenieros del Automóvil (SAE), 400 Commonwealth Drive, Warrandale. Pennsylvania 15096, Estados Unidos de América.

Este maniquí corresponde al descrito en la norma ISO 6549-1980

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(7)

El sistema de referencia corresponde a la norma ISO 4130 - 1978.

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(8)

Tachar lo que no proceda.

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(9)

Las energías mencionadas corresponden a las energías absorbidas por el sistema cuando el aplastamiento del impactador es máximo.

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(10)

Hasta la publicación de las normas ISO adecuadas, es posible obtener estos documentos (EUROSID-1 User's manual: Delft, November 1990) en el TNO (Instituto de investigación de los vehículos de carretera), B.P. 6033, 2600 JA Delft, Schoemarkerstraat 97, 2628 VK Delft, Países Bajos.

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