Real Decreto 75/2009, de 30 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 1698/2003, de 12 de diciembre, por el que se establecen las disposiciones de aplicaci髇 de los Reglamentos comunitarios sobre el sistema de etiquetado de la carne de vacuno, y el Real Decreto 1799/2008, de 3 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesi髇 de ayudas destinadas a la reconversi髇 de plantaciones de determinados c韙ricos.

Ficha:
  • 觬gano MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA
  • Publicado en BOE n鷐. 27 de
  • Vigencia desde 01 de Febrero de 2009
Versiones/revisiones:
(1)

En el caso de que el animal haya permanecido menos de 30 d韆s en el Estado miembro o tercer pa韘 de nacimiento o en el Estado miembro o tercer pa韘 de sacrificio, no ser necesario indicar dicho Estado miembro o tercer pa韘 en el etiquetado como pa韘 de engorde.

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(2)

No obstante, en los establecimientos de venta al consumidor final, el sistema de registro completo podr consistir en el archivo, a disposici髇 inmediata de la autoridad competente cuando 閟ta lo requiera, de los documentos comerciales acreditativos, ya sea en formato papel o en cualquier otro sistema constatable, incluido los telem醫icos, de la procedencia de la carne de vacuno, siempre que el proveedor haya hecho constar en ellos las menciones del etiquetado obligatorio y el detallista incluya la fecha inicial de llegada de la canal, media canal, media canal dividida en un m醲imo de tres piezas, cuarto de canal o pieza de carne al establecimiento y la fecha final de venta, excepto en el caso de presentaci髇 en barquetas, en el que se indicar la fecha de puesta a la venta para permitir a la autoridad competente conocer en cualquier momento qu canales o piezas se encontraban a la venta en un determinado d韆.

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