RESOLUCIÓN EMT/2877/2021, de 23 de septiembre, de delegación de competencias de la persona titular del Departamento de Empresa y Trabajo en diferentes órganos del Departamento y entidades adscritas
- ÓrganoDEPARTAMENTO DE EMPRESA Y TRABAJO
- Publicado en DOGC núm. 8511 de 28 de Septiembre de 2021
- Vigencia desde 28 de Septiembre de 2021. Revisión vigente desde 28 de Septiembre de 2021


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Sumario
- Derogado por
- LE0000720116_20220223
R EMT/365/2022 de 18 Feb. CA Cataluá (delegación de competencias de la persona titular del Departamento de Empresa y Trabajo en diferentes órganos del Departamento)
- Norma afectada por
- LE0000708916_20210928
DOGC 6 Octubre. Corrección de erratas en la R EMT/2877/2021 de 23 Sep. CA Cataluña (delegación de competencias de la persona titular del Departamento de Empresa y Trabajo en diferentes órganos del Departamento y entidades adscritas)


Mediante el Decreto 21/2021, de 25 de mayo, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la de Generalitat de Catalunya, se ha modificado el ámbito competencial de los diferentes departamentos de la Administración de la Generalitat y la denominación de otros. Así, el Departamento de Empresa y Conocimiento pasa a denominarse Departamento de Empresa y Trabajo.
El Decreto 247/2021, de 22 de junio, de reestructuración del Departamento de Empresa y Trabajo, establece la estructura de este Departamento.
Visto que resulta necesario adaptar las delegaciones existentes a los nuevos ámbitos competenciales de Departamento,
De acuerdo con lo que disponen el artículo 8 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña; y el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público,
Resuelvo:
-1 Delegar en la persona titular de la Secretaría General del Departamento de Empresa y Trabajo las siguientes competencias:
- 1.1 En materia de personal.
Las resoluciones de convocatoria, nombramiento y cese de los cargos de mando con nivel orgánico de subdirección general, servicio, sección, negociado y asimilados del Departamento de Empresa y Trabajo, así como de los puestos singulares.
Las resoluciones de encargo de funciones y acumulación de tareas, y la revocación prevista en el capítulo 13 del Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalitat de Catalunya (DOGC núm. 2398, de 26.5.1997).
- 1.2 En materia de contratación.
El ejercicio de las facultades que en materia de contratación administrativa la legislación vigente atribuye al consejero o la consejera, cuando el valor estimado del contrato supere los 60.000,00 euros y no exceda los 300.000,00 euros.
- 1.3 En materia económica y presupuestaria.
La autorización y la disposición de cualquier gasto del Departamento de importe superior a 75.000,00 euros y hasta 370.000,00 euros por gasto individualizado.
El reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago de los gastos que superen los 370.000,00 euros y sin límite de cuantía.
- 1.4 En materia de convenios.
La firma de los convenios que no afecten directamente a las relaciones con órganos constitucionales o estatutarios cuyo importe no supere los 300.000,00 euros.
- 1.5 En materia de subvenciones.
La concesión directa de subvenciones innominadas o genéricas hasta 300.000,00 euros, cuando se acredite la imposibilidad de promover la concurrencia pública por las características del beneficiario o de la actividad subvencionada.
- 1.6 En materia procesal y de régimen de recursos.
La resolución de las reclamaciones previas al ejercicio de las acciones civiles.
El requerimiento previo a la interposición de un recurso contencioso administrativo.
La disposición del cumplimiento de las sentencias dictadas en los procedimientos judiciales que afecten al Departamento.
El acuerdo de comparecencia en los procedimientos judiciales que afecten al Departamento.
La autorización previa a la interposición de acciones por vía judicial, para allanarse a las demandas y para desistir de los procedimientos judiciales en curso, excepto los referidos a expedientes administrativos en materia de relaciones laborales.
- 1.7 En materia de responsabilidad patrimonial.
La resolución de las reclamaciones de responsabilidad patrimonial en cuya tramitación no sea preceptivo el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora.
-2 Delegar la competencia para conceder subvenciones directas:
En la persona titular de la Dirección del Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña.
En la persona titular de la Dirección de la Agencia Catalana del Consumo.
En la persona titular de la consejería delegada de la Agencia para la Competitividad de la Empresa, ACCIÓ.
En la persona titular de la Dirección del Servicio Público de Empleo de Cataluña.
-3 Delegar en las personas titulares de la Secretaría General, de las secretarías sectoriales y de las direcciones generales del Departamento la resolución de las solicitudes de acceso a la información pública presentadas al amparo de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (DOGC núm. 6780, de 31.12.2014), en aquellos casos en los que la información solicitada corresponda a su ámbito de actuación.
-4 Delegar en la persona titular de la Dirección de Servicios las siguientes competencias:
- 4.1 En materia de convenios.
La firma de los convenios de estudiantes en prácticas en el Departamento.
- 4.2 En materia de contratación.
El ejercicio de las facultades que en materia de contratación administrativa la legislación vigente atribuye al consejero o la consejera, cuando el valor estimado del contrato no exceda los 60.000,00 euros.
- 4.3 En materia económica y presupuestaria.
La autorización y la disposición de cualquier gasto del Departamento de importe superior a 3.000,00 euros y hasta 75.000,00 euros por gasto individualizado.
El reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago superior a 3.000,00 euros y hasta 370.000,00 euros por gasto individualizado.
La autorización y la aprobación de las cuentas sobre mandamientos de pago a justificar, tanto de carácter periódico como esporádico.
La adopción del acuerdo de devolución de las fianzas depositadas en la Caja General de Depósitos como garantía de los contratos suscritos por el Departamento.
Las competencias específicas en materia de modificaciones presupuestarias que la ley de presupuestos de cada año atribuye al titular del Departamento.
-5 Delegar en la persona titular de la Subdirección General de Gestión Económica, Contratación y Régimen Interior la siguiente competencia:
La autorización, la disposición, el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago, de acuerdo con las normas para la ejecución presupuestaria, de un importe hasta 3.000,00 euros por gasto individualizado.
-6 Delegar en las personas titulares de las direcciones generales del Departamento la facultad de autorización de la devolución de las fianzas y los depósitos constituidos en la Caja General de Depósitos en relación con los asuntos de su competencia, por razón de la materia, excepto los derivados de expedientes de contratación.
-7 Los actos dictados por delegación deben cumplir lo establecido en el artículo 8 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.
-8 Se dejan sin efecto:
La Resolución EMO/1342/2011, de 12 de mayo, de delegación de competencias del consejero de Empresa y Empleo en el director del Servicio de Empleo de Cataluña.
La Resolución EMC/1456/2016, de 8 de junio, de delegación de competencias de la persona titular del Departamento de Empresa y Conocimiento en diferentes órganos del Departamento.
La Resolución EMC/2290/2017, de 27 de septiembre, de delegación de competencias de la persona titular del Departamento de Empresa y Conocimiento en la persona directora del Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña.
La Resolución EMC/1590/2018, de 6 de julio, de delegación de competencia de la persona titular del Departamento de Empresa y Conocimiento a favor de las personas titulares de la Secretaría General, de las secretarías sectoriales y de las direcciones generales del Departamento de Empresa y Conocimiento, para resolver las solicitudes de acceso a la información pública presentadas al amparo de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
La Resolución EMC/1622/2018, de 6 de julio, de delegación de competencias de la persona titular del Departamento de Empresa y Conocimiento en la persona directora de la Agencia Catalana del Consumo.
La Resolución EMC/2101/2018, de 13 de septiembre, de delegación de competencias de la persona titular del Departamento de Empresa y Conocimiento en la persona titular de la consejería delegada de la Agencia para la Competitividad de la Empresa, ACCIÓ.
La Resolución EMC/2321/2018, de 8 de octubre, de modificación de la Resolución EMC/1456/2016, de 8 de junio, de delegación de competencias de la persona titular del Departamento de Empresa y Conocimiento en diferentes órganos del Departamento.







-9 Esta Resolución produce efectos desde el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.