Resolución de 12 de noviembre de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se hace público el calendario laboral oficial de fiestas locales para la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2010.
- Órgano CONSEJERIA DE IGUALDAD Y EMPLEO
- Publicado en DOE núm. 222 de 18 de Noviembre de 2009
- Vigencia desde 08 de Diciembre de 2009. Esta revisión vigente desde 20 de Julio de 2010


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Sumario
Véase Res [EXTREMADURA] 11 noviembre 2010, de la Dirección General de Trabajo, por la que se hace público el calendario laboral oficial de fiestas locales para la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2011 («D.O.E.» 22 noviembre).
El artículo 37.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, dispone que las fiestas laborales, que tendrán carácter retribuido y no recuperable, no podrán exceder de catorce al año, de las cuales dos serán locales.
El Decreto 160/2009, de 10 de julio (DOE de 16-07-2009), fija las doce fiestas laborales retribuidas y no recuperables en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2010. En su artículo 2.º establece que también serán inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables -con el carácter de fiestas locales-, otros dos días que serán determinados por la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Igualdad y Empleo a propuesta del órgano competente del Ayuntamiento respectivo. La relación de fiestas locales se publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
Vistas las propuestas de fiestas locales formuladas por los distintos Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 160/2009, citado, y en el artículo 3.1.b) del Decreto 22/1996, de 19 de febrero (DOE de 27-02-1996), sobre distribución de competencias en materia laboral, esta Dirección General,
RESUELVE:
Primero. Determinar para el año 2010 como días inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables, con el carácter de fiestas locales en los respectivos municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, los que se relacionan en Anexo de la presente Resolución.
Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
ANEXO
CALENDARIO OFICIAL DE FIESTAS LOCALES AÑO 2010 PARA:
- - LA PROVINCIA DE BADAJOZ:
- - LA PROVINCIA DE CÁCERES: