Ley 5/2001 de 29 de marzo, de cesión gratuita al Ayuntamiento de Palma del tramo de enlace Cala Mayor-Illetes a la PM-1 y la C-719, Calle Calvià, Cas Català, T.M.Palma.
- Órgano PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE LAS ISLAS BALEARES
- Publicado en BOIB núm. 41 de 05 de Abril de 2001 y BOE núm. 106 de 03 de Mayo de 2001
- Vigencia desde 06 de Abril de 2001.


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Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
- Artículo único.
- DISPOSICIONES FINALES
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE LAS ILLES BALEARS
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de las Illes Balears ha aprobado y yo, en nombre del Rey, y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 27.2 del Estatuto de Autonomía, tengo a bien promulgar la siguiente:
LEY
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En virtud de lo establecido en el párrafo 2º del artículo 42 de la Ley 11/ 1990, de 17 de octubre, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, las cesiones gratuitas que por tasación pericial excedan la cantidad de 150.000.000,- ptas. (ciento cincuenta millones de pesetas) se tramitaran por ley.
Visto que el tramo objeto de esta cesión gratuita no es necesario para la red de carreteras autonómicas, se cede al Ayuntamiento de Palma para que forme parte de la red viaria municipal.
En esta cesión gratuita concurre la utilidad pública prevista en el artículo 42 de la Ley 11/1990, de 17 de octubre, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Artículo único
Se cede gratuitamente al Ayuntamiento de Palma la titularidad del tramo del enlace de Cala Major-Illetes a la PM-1 y la C-719, calle Calvià, Cas Català, TM Palma.
Importe de la valoración: 198.355.619,-pesetas, IVA incluido.
Disposición final
Esta Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.» Y para que conste, expido el presente certificado con el visto bueno del Muy Honorable Señor Presidente del Parlamento de las Illes Balears.
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos guarden esta Ley y que los Tribunales y las Autoridades a los que correspondan la hagan guardar.