Ley 12/1989, de 26 de diciembre, sobre fijación de la capitalidad del partido judicial número 7 de los de Las Palmas, en Arucas.
Ficha:
- Órgano PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE CANARIAS
- Publicado en BOIC núm. 170 de 29 de Diciembre de 1989
- Vigencia desde 29 de Diciembre de 1989
Versiones/revisiones:


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Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- Artículo único
- DISPOSICIONES FINALES
Artículo único
Se establece en Arucas la capitalidad del Partido Judicial núm. 7 de los de Las Palmas, con la denominación de «Partido Judicial de Arucas», integrado por los siguientes términos municipales: Artenara, Arucas, Firgas, Tejeda, Teror y Valleseco.
DISPOSICION FINAL
Esta Ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.