Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia
- ÓrganoCONSEJERIA DE ECONOMIA Y HACIENDA
- Publicado en BORM núm. 50 de 01 de Marzo de 2000
- Vigencia desde 02 de Marzo de 2000. Revisión vigente desde 26 de Junio de 2021


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Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- PREÁMBULO.
- Artículo único.
- DISPOSICIONES DEROGATORIAS
- DISPOSICIONES FINALES
- TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE LA REGION DE MURCIA.
- TITULO PRELIMINAR. Principios Generales
- Artículo 1 Definición y prerrogativas de la Hacienda Pública Regional
- Artículo 2 Régimen normativo
- Artículo 3 Funciones de la Administración financiera de la Comunidad Autónoma
- Artículo 4 Principios de la Hacienda Pública Regional
- Artículo 5 Organismos autónomos
- Artículo 6 Empresas públicas regionales
- Artículo 7 Principio de reserva de ley
- Artículo 8 Competencias del Consejo de Gobierno
- Artículo 9 Competencias del Consejero de Economía y Hacienda
- Artículo 10 Competencias de los Consejeros
- Artículo 11 Competencias de los titulares de los organismos autónomos
- TITULO I. Régimen Jurídico de la Hacienda Pública Regional
- CAPITULO PRIMERO. Derechos económicos de la Hacienda Pública Regional
- CAPITULO SEGUNDO. Administración de los derechos económicos de la Hacienda Pública Regional
- Artículo 16 Administración de los tributos y otros ingresos de derecho público
- Artículo 17 Gestión recaudatoria
- Artículo 18 Límites a los derechos económicos de la Hacienda Pública Regional
- Artículo 19 Prerrogativas de la Hacienda Pública Regional. Procedimiento de apremio
- Artículo 20 Intereses de demora
- Artículo 21 Prescripción de los derechos de la Hacienda Pública Regional
- CAPITULO TERCERO. Las obligaciones económicas de la Hacienda Pública Regional
- CAPITULO CUARTO. Tercerías y reclamaciones previas a la vía judicial
- TITULO II. Presupuestos y gestión económico-financiera
- CAPITULO PRIMERO. Concepto, elaboración y aprobación de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
- Artículo 27 Concepto de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
- Artículo 28 Ambito temporal de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
- Artículo 29 Contenido de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
- Artículo 30 Estructura de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
- Artículo 31 Procedimiento de elaboración del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
- Artículo 32 Remisión del Proyecto de Ley a la Asamblea Regional
- Artículo 33 Prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
- Artículo 34 Principio de presupuesto bruto
- CAPITULO SEGUNDO. Los créditos y sus modificaciones
- Artículo 35 Especialidad de los créditos
- Artículo 36 Limitación de los compromisos de gasto
- Artículo 37 Compromisos de gasto de carácter plurianual
- Artículo 38 Incorporaciones de crédito
- Artículo 39 Temporalidad de los créditos
- Artículo 40 Créditos extraordinarios y suplementos de crédito
- Artículo 41 Anticipos de tesorería
- Artículo 42 Disposiciones comunes a las modificaciones de crédito
- Artículo 43 Modificaciones de créditos con asignación nominativa
- Artículo 44 Transferencias de crédito
- Artículo 45 Generaciones de crédito
- Artículo 46 Reposiciones de crédito
- Artículo 47 Creación de nuevos programas
- CAPITULO TERCERO. Ejecución y Liquidación de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
- Artículo 48 Fases del procedimiento de gestión de los créditos
- Artículo 49 Competencias en materia de gestión de gastos
- Artículo 50 Dotaciones presupuestarias de la Asamblea Regional
- Artículo 51 Ordenación de pagos
- Artículo 52 Embargos y mandamientos de ejecución sobre derechos de cobro
- Artículo 53 Pagos a justificar
- Artículo 54 Anticipos de caja fija
- Artículo 55 Liquidación del presupuesto
- CAPITULO CUARTO. Normas especiales para las entidades públicas empresariales, otras entidades de derecho público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y sociedades mercantiles regionales
- Artículo 56 Disposiciones relativas a los presupuestos de los organismos autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos
- Artículo 57 Disposiciones relativas a los presupuestos de las entidades públicas empresariales, otras entidades de derecho público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y sociedades mercantiles regionales
- CAPITULO QUINTO. Subvenciones y ayudas públicas
- Artículo 58 Ambito de aplicación
- Artículo 59 Organos competentes para la concesión de subvenciones
- Artículo 60 Beneficiario de subvenciones
- Artículo 61 Entidades colaboradoras
- Artículo 62 Bases reguladoras y procedimiento de concesión
- Artículo 63 Contenido de las bases reguladoras
- Artículo 64 Concesión de subvenciones mediante convenio
- Artículo 65 Limitaciones a la concesión de subvenciones
- Artículo 66 Abonos a cuenta y pagos anticipados
- Artículo 67 Justificación de la aplicación de los fondos
- Artículo 68 Reintegro de las cantidades percibidas
- Artículo 69 Infracciones y responsables
- Artículo 70 Sanciones y graduación
- Artículo 71 Competencia y procedimiento sancionador
- Artículo 72 Concurrencia de sanciones
- Artículo 73 Responsabilidad subsidiaria
- CAPITULO PRIMERO. Concepto, elaboración y aprobación de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
- TITULO III. Tesoro Público y Deuda Pública Regional
- CAPITULO PRIMERO. El Tesoro Público Regional
- Artículo 74 Definición y prerrogativas del Tesoro Público Regional
- Artículo 75 Funciones del Tesoro Público Regional
- Artículo 76 Depósito de los fondos del Tesoro Público Regional
- Artículo 77 Ingresos y medios de pago del Tesoro Público Regional
- Artículo 78 Operaciones financieras del Tesoro Público Regional
- CAPITULO SEGUNDO. Régimen de fianzas, depósitos y avales
- CAPITULO TERCERO. La deuda pública regional
- Artículo 83 Endeudamiento de la Comunidad Autónoma
- Artículo 84 Modalidades de la Deuda Pública Regional
- Artículo 85 Requisitos del endeudamiento a largo plazo
- Artículo 86 Endeudamiento a corto plazo
- Artículo 87 Habilitación legal y competencias para la realización de operaciones de endeudamiento
- Artículo 88 Aplicación y gestión presupuestaria de las operaciones financieras
- Artículo 89 Reglas de prescripción en materia de deuda pública regional
- CAPITULO PRIMERO. El Tesoro Público Regional
- TITULO IV. Control interno y Contabilidad pública
- CAPITULO PRIMERO. Control Interno
- SECCIÓN PRIMERA. Control Interno e Intervención
- SECCIÓN SEGUNDA. Función Interventora
- Artículo 92 Objeto de la función interventora
- Artículo 93 Modalidades del ejercicio de la función interventora, y competencias inherentes a la misma
- Artículo 94 Supuestos de no sujeción a la fiscalización previa
- Artículo 95 Fiscalización limitada previa
- Artículo 96 Reparos formulados en ejercicio de la función interventora
- Artículo 97 Discrepancias con el órgano al que afecte el reparo
- Artículo 98 Función interventora en los organismos autónomos
- SECCIÓN TERCERA. Control financiero y otras formas de control
- Artículo 99 Control financiero
- Artículo 100 Plan anual de control financiero
- Artículo 101 Formas de ejercicio del control financiero
- Artículo 102 Control financiero de las ayudas públicas
- Artículo 103 Controles de eficacia y eficiencia
- Artículo 103 bis Supervisión continua
- Artículo 103 ter Informes de supervisión continua
- CAPITULO SEGUNDO. Contabilidad Pública
- Artículo 104 Régimen de contabilidad pública y rendición de cuentas
- Artículo 105 Fines de la contabilidad pública
- Artículo 106 Funciones de la Intervención General como centro directivo de la contabilidad pública
- Artículo 107 Funciones de la Intervención General como centro gestor de la contabilidad pública
- Artículo 108 La Cuenta General de la Comunidad Autónoma
- CAPITULO PRIMERO. Control Interno
- TITULO V. Responsabilidades
- DISPOSICIONES ADICIONALES
- DISPOSICIONES FINALES
- TITULO PRELIMINAR. Principios Generales
- Norma afectada por
- 26/6/2021
- LE0000701441_20210626
Ley 1/2021 de 23 Jun. CA Murcia (de presupuestos generales para el ejercicio 2021)
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Número 3 del artículo 33 introducido, con efectos desde el 26 de junio de 2021, en su actual redacción por el número uno de la disposición final primera de la Ley 1/2021, de 23 de junio, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2021 («B.O.R.M.» 25 junio).
LE0000037071_20210626Número 4 del artículo 33 renumerado, con efectos desde el 26 de junio de 2021, por el número dos de la disposición final primera de la Ley 1/2021, de 23 de junio, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2021 («B.O.R.M.» 25 junio), su contenido literal se corresponde con el anterior número 3.
LE0000037071_20210626Cuarto párrafo del número 1 del artículo 49 introducido, con efectos desde el 26 de junio de 2021, por el número tres de la disposición final primera de la Ley 1/2021, de 23 de junio, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2021 («B.O.R.M.» 25 junio).
LE0000037071_20210626
- 16/10/2020
- LE0000717753_20220128
Ley 1/2022 de 24 Ene. CA Murcia (de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2022)
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En el caso de que la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia tuviese que formular un plan económico-financiero de reequilibrio, conforme a lo dispuesto en la normativa y acuerdos sobre estabilidad presupuestaria, se suspenderá la vigencia de lo dispuesto en el presente apartado, conforme establece la disposición adicional decimosexta de la Ley 1/2022, de 24 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2022 («B.O.R.M.» 27 enero).
LE0000037071_20210626
LE0000701441_20210626Ley 1/2021 de 23 Jun. CA Murcia (de presupuestos generales para el ejercicio 2021)
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En el caso de que la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia tuviese que formular un plan económico-financiero de reequilibrio, conforme a lo dispuesto en la normativa y acuerdos sobre estabilidad presupuestaria, se suspenderá la vigencia de lo dispuesto en el presente apartado, conforme establece la disposición adicional decimoquinta de la Ley 1/2021, de 23 de junio, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2021 («B.O.R.M.» 25 junio).
LE0000037071_20210626
LE0000677496_20201016DL 10/2020 de 8 Oct. CA Murcia (medidas de lucha contra la ocupación de las viviendas y modificación de la Ley 2/2012, de 11 de mayo, y el Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre, texto refundido de la Ley de Hacienda)
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Número 3 del artículo 78 introducido por el artículo 3 del D-Ley n.º 10/2020, de 8 de octubre, por el que se establecen medidas de lucha contra la ocupación de las viviendas en la Región de Murcia y se modifica la Ley 2/2012, de 11 de mayo, y el D. Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 15 octubre).
LE0000037071_20210626
- 26/4/2020
- LE0000664213_20200805
Ley 1/2020 de 23 Abr. CA Murcia (de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2020)
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Artículo 20 redactado, con efectos desde el 26 de abril de 2020, por el número uno de la disposición final segunda de Ley 1/2020, de 23 de abril, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2020 («B.O.R.M.» 25 abril).
LE0000037071_20210626Artículo 33 redactado, con efectos desde el 26 de abril de 2020, por el número dos de la disposición final segunda de Ley 1/2020, de 23 de abril, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2020 («B.O.R.M.» 25 abril).
LE0000037071_20210626Artículo 103 bis introducido, con efectos desde el 26 de abril de 2020, por el número tres de la disposición final segunda de Ley 1/2020, de 23 de abril, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2020 («B.O.R.M.» 25 abril).
LE0000037071_20210626Artículo 103 ter introducido, con efectos desde el 26 de abril de 2020, por el número cuatro de la disposición final segunda de Ley 1/2020, de 23 de abril, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2020 («B.O.R.M.» 25 abril) y su corrección de errores («B.O.R.M.» 25 junio).
LE0000037071_20210626Disposición adicional primera redactada, con efectos desde el 26 de abril de 2020, por el número cinco de la disposición final segunda de Ley 1/2020, de 23 de abril, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2020 («B.O.R.M.» 25 abril) y su corrección de errores («B.O.R.M.» 25 junio).
LE0000037071_20210626
- 11/4/2019
- LE0000642164_20190411
Ley 7/2019 de 5 Abr. CA Murcia (modificación del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, aprobado por Decreto Legislativo 1/1999 de 2 Dic.)
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Letra g) del número 2 del artículo 37 introducida por el número uno del artículo primero de Ley [REGIÓN DE MURCIA] 7/2019, de 5 de abril, de modificación del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, aprobado por D Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre («B.O.R.M.» 10 abril).
LE0000037071_20210626
- 1/1/2019
- LE0000634576_20200426
L 14/2018 de 26 Dic. CA Murcia (Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2019)
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En el caso de que la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia tuviese que formular un plan económico-financiero de reequilibrio, conforme a lo dispuesto en la normativa y acuerdos sobre estabilidad presupuestaria, se suspenderá la vigencia de lo dispuesto en el presente apartado, conforme establece la disposición adicional undécima de Ley [REGIÓN DE MURCIA] 14/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el año 2019 («B.O.R.M.» 28 diciembre).
LE0000037071_20210626Número 2 del artículo 17 redactado, con efectos desde el 1 de enero de 2019, por el número uno de la disposición final primera de Ley [REGIÓN DE MURCIA] 14/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el año 2019 («B.O.R.M.» 28 diciembre).
LE0000037071_20210626Número 5 del artículo 45 redactado, con efectos desde el 1 de enero de 2019, por el número dos de la disposición final primera de Ley [REGIÓN DE MURCIA] 14/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el año 2019 («B.O.R.M.» 28 diciembre).
LE0000037071_20210626
- 1/1/2018
- LE0000664213_20200805
Ley 1/2020 de 23 Abr. CA Murcia (de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2020)
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En el caso de que la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia tuviese que formular un plan económico-financiero de reequilibrio, conforme a lo dispuesto en la normativa y acuerdos sobre estabilidad presupuestaria, se suspenderá la vigencia de lo dispuesto en el presente apartado, conforme establece la disposición adicional undécima de Ley 1/2020, de 23 de abril, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2020 («B.O.R.M.» 25 abril).
LE0000037071_20210626
LE0000611085_20180101L 7/2017 de 21 Dic. CA Murcia (presupuestos generales de la comunidad autónoma para el ejercicio 2018)
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En el caso de que la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia tuviese que formular un plan económico-financiero de reequilibrio, conforme a lo dispuesto en la normativa y acuerdos sobre estabilidad presupuestaria, se suspenderá la vigencia de lo dispuesto en el presente apartado, conforme establece la disposición adicional undécima de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2018 («B.O.R.M.» 27 diciembre).
LE0000037071_20210626Número 1 del artículo 45 redactado, con efectos desde el 1 de enero de 2018, por el número uno de la disposición final primera de Ley [REGIÓN DE MURCIA] 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2018 («B.O.R.M.» 27 diciembre).
LE0000037071_20210626Número 2 del artículo 45 redactado, con efectos desde el 1 de enero de 2018, por el número uno de la disposición final primera de Ley [REGIÓN DE MURCIA] 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2018 («B.O.R.M.» 27 diciembre).
LE0000037071_20210626Artículo 46 suprimido, con efectos desde el 1 de enero de 2018, por el número dos de la disposición final primera de Ley [REGIÓN DE MURCIA] 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2018 («B.O.R.M.» 27 diciembre).
LE0000037071_20210626
- 12/1/2017
- LE0000592090_20170112
Corrección de errores L 1/2017 de 9 Ene. CA Murcia (Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el ejercicio 2017)
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Letra c del número 2 del artículo 29 redactada, con efectos desde el 1 de enero de 2017, por el número cuatro de la disposición final primera de Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2017, de 9 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2017 («B.O.R.M.» 11 enero) y su Corrección de errores («B.O.R.M.» 25 febrero).
LE0000037071_20210626Efectos/ aplicación: 1/1/2017
LE0000588832_20170112L 1/2017 de 9 Ene. CA Murcia (presupuestos generales de la comunidad autónoma para el ejercicio 2017)
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En el caso de que la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia tuviese que formular un plan económico-financiero de reequilibrio, conforme a lo dispuesto en la normativa y acuerdos sobre estabilidad presupuestaria, se suspenderá la vigencia de lo dispuesto en el presente apartado, conforme establece la disposición adicional undécima de Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2017, de 9 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2017 («B.O.R.M.» 11 enero).
LE0000037071_20210626Número 5 del artículo 19 introducido, con efectos desde el 1 de enero de 2017, por el número uno de la disposición final primera de Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2017, de 9 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2017 («B.O.R.M.» 11 enero).
LE0000037071_20210626Efectos/ aplicación: 1/1/2017
Letra b del número 1 del artículo 27 redactada, con efectos desde el 1 de enero de 2017, por el número dos de la disposición final primera de Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2017, de 9 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2017 («B.O.R.M.» 11 enero).
LE0000037071_20210626Efectos/ aplicación: 1/1/2017
Número 1 del artículo 29 redactado, con efectos desde el 1 de enero de 2017, por el número tres de la disposición final primera de Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2017, de 9 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2017 («B.O.R.M.» 11 enero).
LE0000037071_20210626Efectos/ aplicación: 1/1/2017
Letra c del número 2 del artículo 29 redactada, con efectos desde el 1 de enero de 2017, por el número cuatro de la disposición final primera de Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2017, de 9 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2017 («B.O.R.M.» 11 enero) y su Corrección de errores («B.O.R.M.» 25 febrero).
LE0000037071_20210626Efectos/ aplicación: 1/1/2017
Letra e del número 3 del artículo 31 redactada, con efectos desde el 1 de enero de 2017, por el número cinco de la disposición final primera de Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2017, de 9 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2017 («B.O.R.M.» 11 enero).
LE0000037071_20210626Efectos/ aplicación: 1/1/2017
Letra c del número 2 del artículo 30 redactada, con efectos desde el 1 de enero de 2017, por el número seis de la disposición final primera de Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2017, de 9 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2017 («B.O.R.M.» 11 enero).
LE0000037071_20210626Efectos/ aplicación: 1/1/2017
Disposición adicional tercera introducida, con efectos desde el 1 de enero de 2017, por el número siete de la disposición final primera de Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2017, de 9 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2017 («B.O.R.M.» 11 enero).
LE0000037071_20210626Efectos/ aplicación: 1/1/2017
- 1/1/2014
- LE0000519618_20140101
L 13/2013 de 26 Dic. CA Murcia (presupuestos generales para el ejercicio 2014)
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- Téngase en cuenta que, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional undécima de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 13/2013, 26 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2014 («B.O.R.M.» 30 diciembre), durante el ejercicio 2014 no se procederá a la creación de organismos públicos, otras entidades de derecho público, sociedades mercantiles regionales, consorcios ni fundaciones del sector público autonómico.LE0000037071_20210626
Número 3 del artículo 101 redactado por la disposición adicional trigésima de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 13/2013, 26 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2014 («B.O.R.M.» 30 diciembre).LE0000037071_20210626
Téngase en cuenta que en el caso de que la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia tuviese que formular un plan económico-financiero de reequilibrio, conforme a lo dispuesto en la normativa y acuerdos sobre estabilidad presupuestaria, se suspenderá la vigencia de lo dispuesto en el artículo 55.6 conforme dispone la disposición adicional vigésimo sexta de la Ley [REGIÓN DE MURCIA]13/2013, 26 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2014. («B.O.R.M.» 30 diciembre/«B.O.E.» 25 enero 2014), LE0000037071_20210626
- 1/1/2013
- LE0000495884_20131201
L 13/2012 de 27 Dic. CA Murcia (presupuestos generales para el ejercicio 2013)
- Ocultar / Mostrar comentarios
- Téngase en cuenta que, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional undécima de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 13/2012, 27 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2013 («B.O.R.M.» 31 diciembre), durante el ejercicio 2013 no se procederá a la creación de entidades del sector público regional, excepto las que se produzcan como consecuencia de una reestructuración del sector público regional y previo informe preceptivo de la Dirección General de Presupuestos y Fondos Europeos.LE0000037071_20210626
Letra b del número 1 del artículo 27 redactada por el apartado uno de la disposición vigésimo octava de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 13/2012, 27 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2013 («B.O.R.M.» 31 diciembre).LE0000037071_20210626
Número 1 del artículo 29 redactado por el apartado dos de la disposición vigésimo octava de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 13/2012, 27 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2013 («B.O.R.M.» 31 diciembre).LE0000037071_20210626
Letra c del número 2 del artículo 29 redactada por el apartado tres de la disposición vigésimo octava de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 13/2012, 27 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2013 («B.O.R.M.» 31 diciembre).LE0000037071_20210626
Letra e de la letra 3 del artículo 31 redactada por el apartado cuatro de la disposición vigésimo octava de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 13/2012, 27 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2013 («B.O.R.M.» 31 diciembre).LE0000037071_20210626
Rúbrica del capítulo cuarto del título II redactada por el apartado cinco de la disposición vigésimo octava de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 13/2012, 27 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2013 («B.O.R.M.» 31 diciembre).LE0000037071_20210626
Artículo 57 redactado por el apartado seis de la disposición vigésimo octava de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 13/2012, 27 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2013 («B.O.R.M.» 31 diciembre).LE0000037071_20210626
Artículo 85 redactado por el apartado siete de la disposición vigésimo octava de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 13/2012, 27 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2013 («B.O.R.M.» 31 diciembre).LE0000037071_20210626
Téngase en cuenta que, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional vigésimo novena de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 13/2012, 27 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2013 («B.O.R.M.» 31 diciembre), la vigencia de lo dispuesto en el presente precepto queda suspendida durante el período de aplicación de Plan Económico-Financiero de Reequilibrio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia 2012-2014.LE0000037071_20210626
Artículo 56 derogado por la disposición derogatoria de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 13/2012, 27 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2013 («B.O.R.M.» 31 diciembre).LE0000037071_20210626
- 1/1/2012
- LE0000470474_20120630
L 6/2011 de 26 Dic. CA Murcia (presupuestos generales para el ejercicio 2012)
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- Párrafo tercero del número 1 del artículo 94 introducido por la disposición adicional vigésima tercera de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 6/2011, 26 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2012 («B.O.R.M.» 31 diciembre).LE0000037071_20210626
Véase la disposición adicional trigésima primera de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 6/2011, 26 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2012 («B.O.R.M.» 31 diciembre), sobre inaplicación de limitaciones a las transferencias de crédito que realice la Asamblea Regional durante 2012.LE0000037071_20210626
LE0000470475_20170112L 7/2011 de 26 Dic. CA Murcia (medidas fiscales y de fomento económico)
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- Número 1 del artículo 21 redactado por la disposición final segunda de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 7/2011, 26 diciembre, de medidas fiscales y de fomento económico en la Región de Murcia («B.O.R.M.» 31 diciembre).LE0000037071_20210626
Número 2 del artículo 21 redactado por la disposición final segunda de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 7/2011, 26 diciembre, de medidas fiscales y de fomento económico en la Región de Murcia («B.O.R.M.» 31 diciembre).LE0000037071_20210626
- 1/1/2011
- LE0000440653_20110101
L 4/2010 de 27 Dic. CA Murcia (presupuestos generales para el ejercicio 2011)
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- Véase la disposición adicional decimonovena de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 4/2010, 27 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2011 («B.O.R.M.» 31 diciembre), sobre inaplicación de limitaciones a las transferencias de crédito que realice la Asamblea Regional durante 2011.LE0000037071_20210626
Número 2 de la disposición adicional segunda redactado por la disposición adicional vigésimo segunda de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 4/2010, 27 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2011 («B.O.R.M.» 31 diciembre).LE0000037071_20210626
Número 3 de la disposición adicional segunda redactado por la disposición adicional vigésimo segunda de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 4/2010, 27 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2011 («B.O.R.M.» 31 diciembre).LE0000037071_20210626
Número 4 de la disposición adicional segunda redactado por la disposición adicional vigésimo segunda de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 4/2010, 27 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2011 («B.O.R.M.» 31 diciembre).LE0000037071_20210626
Número 5 de la disposición adicional segunda redactado por la disposición adicional vigésimo segunda de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 4/2010, 27 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2011 («B.O.R.M.» 31 diciembre).LE0000037071_20210626
Número 6 de la disposición adicional segunda redactado por la disposición adicional vigésimo segunda de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 4/2010, 27 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2011 («B.O.R.M.» 31 diciembre).LE0000037071_20210626
- 29/6/2010
- LE0000421164_20100629
L 1/2010 de 28 Jun. CA Murcia (modificación de la L 14/2009 de 23 Dic., Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2010)
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- Letra a) del número 3 del artículo 96 redactada por el artículo dos de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 1/2010, 28 junio, por la que se modifica la Ley 14/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2010 («B.O.R.M.» 29 junio).LE0000037071_20210626
- 1/1/2010
- LE0000404285_20110201
L 13/2009 de 23 Dic. CA Murcia (medidas en materia de tributos cedidos, tributos propios y medidas administrativas para el año 2010)
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- Disposición Adicional 1.º renumerada por el número 1 del artículo 7 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 13/2009, 23 diciembre, de medidas en materia de tributos cedidos, tributos propios y medidas administrativas para el año 2010 («B.O.R.M.» 30 diciembre), su contenido literal se corresponde con el de la anterior Disposición Adicional única.LE0000037071_20210626
Disposición Adicional 2.ª introducida por el número 1 del artículo 7 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 13/2009, 23 diciembre, de medidas en materia de tributos cedidos, tributos propios y medidas administrativas para el año 2010 («B.O.R.M.» 30 diciembre).LE0000037071_20210626
Número 3 del artículo 38 redactado por el número 2 del artículo 7 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 13/2009, 23 diciembre, de medidas en materia de tributos cedidos, tributos propios y medidas administrativas para el año 2010 («B.O.R.M.» 30 diciembre).LE0000037071_20210626
Letra c) del número 5 del artículo 55 redactada por el número 3 del artículo 7 de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 13/2009, 23 diciembre, de medidas en materia de tributos cedidos, tributos propios y medidas administrativas para el año 2010 («B.O.R.M.» 30 diciembre).LE0000037071_20210626
- 1/1/2009
- LE0000347849_20110201
L 7/2008 de 26 Dic. CA Murcia (medidas tributarias y administrativas en materia de tributos cedidos, tributos propios y tasas regionales para el año 2009)
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- Letra h del artículo 9 introducida, en su actual redacción, por la disposición adicional cuarta de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 7/2008, 26 diciembre, de Medidas Tributarias y Administrativas en materia de Tributos Cedidos, Tributos propios y Tasas Regionales para el año 2009 («B.O.R.M.» 30 diciembre).LE0000037071_20210626
Letra i del artículo 9 renumerada por la disposición adicional cuarta de Ley [REGIÓN DE MURCIA] 7/2008, 26 diciembre, de Medidas Tributarias y Administrativas en materia de Tributos Cedidos, Tributos propios y Tasas Regionales para el año 2009 («B.O.R.M.» 30 diciembre). Su contenido literal se corresponde con el de la anterior letra h.LE0000037071_20210626
LE0000347848_20090101L 8/2008 de 26 Dic. CA Murcia (presupuestos generales de la Comunidad para el ejercicio 2009)
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- Véase la disposición adicional decimosexta de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 8/2008, 26 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2009 («B.O.R.M.» 30 diciembre), sobre inaplicación de limitaciones a las transferencias de crédito que realice la Asamblea Regional durante 2009.LE0000037071_20210626
- 1/1/2006
- LE0000221659_20190101
L 7/2005 de 18 Nov. CA Murcia (subvenciones)
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- Capítulo V del Título II derogado por la letra a) de la disposición derogatoria única de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 7/2005, 18 noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 2 diciembre).LE0000037071_20210626
- 19/1/2005
- LE0000208443_20050101
L 10/2004 de 29 Dic. CA Murcia (presupuestos generales para el ejercicio 2005)
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- Véase el Capítulo II «Normas sobre modificación de los créditos» de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 10/2004, 29 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2005 («B.O.R.M.» 31 diciembre).LE0000037071_20210626
LE0000208726_20160521L 7/2004 de 28 Dic. CA Murcia (organización y régimen jurídico de la administración pública)
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- Artículo 5 derogado por la letra b) de la disposición derogatoria única de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 7/2004, 28 diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la administración pública de la comunidad Autónoma de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 30 diciembre).LE0000037071_20210626
Artículo 6 derogado por la letra b) de la disposición derogatoria única de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 7/2004, 28 diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la administración pública de la comunidad Autónoma de la Región de Murcia («B.O.R.M.» 30 diciembre).LE0000037071_20210626
- 1/1/2002
- LE0000164809_20110201
L 7/2001 de 20 Dic. CA Murcia (medidas fiscales en materia de tributos cedidos y tasas regionales)
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Tercer párrafo del número 1 del artículo 49 introducido por la disposición adicional tercera de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 7/2001, 20 diciembre, de Medidas Fiscales en Materia de Tributos Cedidos y Tasas Regionales («B.O.R.M.» 31 diciembre).
LE0000037071_20210626Artículo 64 redactado por la disposición adicional tercera de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 7/2001, 20 diciembre, de Medidas Fiscales en Materia de Tributos Cedidos y Tasas Regionales («B.O.R.M.» 31 diciembre).LE0000037071_20210626
- 2/3/2000
- LE0000542658_20150101
L 13/2014 de 23 Dic. CA Murcia (Presupuestos Generales para el ejercicio 2015)
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- En el caso de que la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia tuviese que formular un plan económico-financiero de reequilibrio, conforme a lo dispuesto en la normativa y acuerdos sobre estabilidad presupuestaria, se suspenderá la vigencia de lo dispuesto en el artículo 55.6 conforme dispone la disposición adicional vigesimoctava de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 13/2014, 23 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2015 («B.O.R.M.» 30 diciembre).LE0000037071_20210626
LE0000404286_20100629L 14/2009 de 23 Dic. CA Murcia (presupuestos generales para el ejercicio 2010)
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- Véase la disposición adicional decimocuarta de la Ley [REGIÓN DE MURCIA] 14/2009, 23 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2010 («B.O.R.M.» 30 diciembre), sobre inaplicación de limitaciones a las transferencias de crédito que realice la Asamblea Regional durante 2010.LE0000037071_20210626
LE0000247912_20070719Orden Hacienda y Administración Pública 16 Jul. 2007 CA Murcia (delegación de competencias de la Consejera en los titulares de los órganos directivos de la Consejería)
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- Conforme establece el artículo 7 de la O [REGIÓN DE MURCIA] 16 julio 2007 de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de delegación de competencias de la Consejera en Los titulares de los Órganos Directivos de la Consejería («B.O.R.M.» 18 julio), se delega en la Directora de la Agencia, la competencia para la resolución de las tercerías que se susciten en el procedimiento de apremio.LE0000037071_20210626
Conforme establece el apartado A.1.del articulo 4 de la O [REGIÓN DE MURCIA] 16 julio 2007 de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de delegación de competencias de la Consejera en Los titulares de los Órganos Directivos de la Consejería («B.O.R.M.» 18 julio), se delega en la Directora General de Presupuestos y Finanzas, la autorización de las ampliaciones de crédito.LE0000037071_20210626
Conforme establece el apartado A.2.del articulo 4 de la O [REGIÓN DE MURCIA] 16 julio 2007 de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de delegación de competencias de la Consejera en Los titulares de los Órganos Directivos de la Consejería («B.O.R.M.» 18 julio), se delega en la Directora General de Presupuestos y Finanzas, la autorización de las transferencias de crédito.LE0000037071_20210626
Conforme establece el apartado A.3.del articulo 4 de la O [REGIÓN DE MURCIA] 16 julio 2007 de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de delegación de competencias de la Consejera en Los titulares de los Órganos Directivos de la Consejería («B.O.R.M.» 18 julio), se delega en la Directora General de Presupuestos y Finanzas, la autorización de las generaciones de crédito, con excepción de las generaciones que sean consecuencia de reintegros derivados de situaciones de incapacidad temporal.LE0000037071_20210626
Véase O [REGIÓN DE MURCIA] 16 julio 2007, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de delegación de competencias de la Consejera en Los titulares de los Órganos Directivos de la Consejería («B.O.R.M.» 18 julio).LE0000037071_20210626
LE0000238946_20070101L 13/2006 de 27 Dic. CA Murcia (presupuestos generales de la Comunidad para el ejercicio 2007)
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- Téngase en cuenta que el número 2 del artículo 39 de Ley [REGIÓN DE MURCIA] 13/2006, 27 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2007 («B.O.R.M.» 30 diciembre), establece que durante el ejercicio 2007, la referencia que se contiene en el presente artículo 43 a los créditos con asignación nominativa, se entenderá aplicable exclusivamente a los créditos consignados en los proyectos de gasto del anexo 1 de dicha Ley.LE0000037071_20210626
Téngase en cuenta que el número 2 del artículo 39 de Ley [REGIÓN DE MURCIA] 13/2006, 27 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2007 («B.O.R.M.» 30 diciembre), establece que durante el ejercicio 2007, la referencia que se contiene en el presente artículo 44.2 a subvenciones o transferencias nominativas, se entenderá aplicable exclusivamente a los créditos consignados en los proyectos de gasto del anexo 1 de dicha Ley.LE0000037071_20210626
Téngase en cuenta que el número 2 del artículo 39 de Ley [REGIÓN DE MURCIA] 13/2006, 27 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2007 («B.O.R.M.» 30 diciembre), establece que durante el ejercicio 2007, la referencia que se contiene en el presente artículo 44.3 a subvenciones o transferencias nominativas, se entenderá aplicable exclusivamente a los créditos consignados en los proyectos de gasto del anexo 1 de dicha Ley.LE0000037071_20210626
LE0000212261_20050407Orden Hacienda 14 Mar. 2005 CA Murcia (delegación de competencias en el organismo autónomo Agencia Regional de Recaudación)
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- Conforme establece el apartado 1.º de la O [REGIÓN DE MURCIA] 14 marzo 2005 de la Consejería de Hacienda sobre delegación de competencias en el Organismo Autónomo Agencia Regional de Recaudación («B.O.R.M.» 6 abril), se delega en la Directora de la citada Agencia, la competencia para la resolución de las tercerías que se susciten en el procedimiento de apremio.LE0000037071_20210626
Preámbulo.
La Ley 3/1990, de 5 de abril, de Hacienda de la Región de Murcia, es la norma fundamental en el ámbito económico-financiero del sector público regional; en ella se establecen los principios generales de la Hacienda Pública Regional, y se regula el régimen jurídico de sus derechos y obligaciones de naturaleza económica; asimismo, en ella se regula el régimen jurídico básico de aspectos fundamentales de la Hacienda Pública Regional, como son los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma y la Gestión Económico- Financiera, el Tesoro Público Regional y la Deuda Pública Regional, y el Control Interno y la Contabilidad Pública.
Como se manifiesta en el Preámbulo de la Ley 11/1998, de 28 de diciembre, de Medidas Financieras, Administrativas y de Función Pública Regional, las sucesivas modificaciones que ha sufrido la Ley 3/1990, hacen aconsejable la aprobación de un Texto Refundido, «fundamentalmente en aras del principio de seguridad jurídica». En este sentido, la Disposición Final Tercera de esta Ley 11/1998, autoriza al Consejo de Gobierno para que apruebe un Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, en el que se recojan todas las modificaciones que se han producido, y en el que, además, se regularicen, aclaren y armonicen los textos legales que se refunden.
En virtud de esta autorización, se ha elaborado el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, que responde a la finalidad última de dar cumplimiento al principio constitucional de seguridad jurídica, permitiendo que la norma fundamental de la Hacienda Pública Regional sea más accesible a los ciudadanos, y pueda ser aplicada más eficazmente por la propia Administración.
El Texto Refundido ha recogido las modificaciones introducidas por las Leyes de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para los ejercicios 1992 a 1997, por la Ley 4/1997, de Construcción y Explotación de Infraestructuras, por la Ley 7/1997, de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales, por la Ley 13/1997, de Medidas Fiscales, Presupuestarias y Administrativas, por la Ley 7/1998, de Modificación de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia y de adecuación de determinadas disposiciones a la normativa estatal, y por la Ley 11/1998, de Medidas Financieras, Administrativas y de Función Pública Regional.
Cumpliendo los términos de la autorización, se han regularizado, clarificado y armonizado los textos legales que se refunden. A estos efectos, se han actualizado las remisiones normativas a otras disposiciones legales, se han actualizado las referencias a órganos de la Administración, y se han clarificado y unificado determinados conceptos y denominaciones; asimismo, se ha mejorado la sistematización de la vigente Ley: se ha cambiado la ordenación de determinadas disposiciones, se han creado nuevos capítulos y secciones, se ha modificado la denominación de determinados títulos y capítulos, y se han epigrafiado todos los artículos.
Por tanto, en virtud de la autorización contenida en la Disposición Final Primera de la Ley 11/1998, de 28 de diciembre, de Medidas Financieras, Administrativas y de Función Pública Regional, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, de acuerdo con el Consejo Jurídico de la Región de Murcia, y previa deliberación y acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de fecha 2 de diciembre de 1999, dispongo:
Artículo único
Se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, que se inserta a continuación.
Disposición derogatoria
En virtud de su incorporación al Texto Refundido que se aprueba por este Decreto Legislativo, quedan derogadas las siguientes disposiciones:
- -Ley 3/1990, de 5 de abril, de Hacienda de la Región de Murcia.LE0000014354
- -Disposición Adicional Primera de la Ley 3/1991, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para 1992.LE0000014331
- - Disposición Adicional Undécima de la Ley 5/1992, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para 1993.LE0000014336
- -Disposición Adicional Novena de la Ley 7/1993, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para 1994.LE0000014341
- - Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 8/1994, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para 1995.LE0000014348
- - Disposición Adicional Vigésimo segunda de la Ley 13/1995, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para 1996.LE0000014351
- -Disposición Adicional Quinta de la Ley 11/1996, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para 1997.LE0000014389
- -Disposición Adicional Segunda de la Ley 4/1997, de 24 de julio, de Construcción y Explotación de Infraestructuras de la Región de Murcia.LE0000014392
- -Disposición Adicional Sexta de la Ley 7/1997, de 29 de octubre, de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales.LE0000018196
- -Artículos 6 y 10 de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Presupuestarias y Administrativas.LE0000014405
- -Artículo 1 de la Ley 7/1998, de 4 de diciembre, de Modificación de la Ley 3/1990, de Hacienda de la Región de Murcia, y de adecuación de determinadas disposiciones tributarias a la normativa estatal.LE0000014410
- -Artículo 5 de la Ley 11/1998, de 28 de diciembre, de Medidas Financieras, Administrativas y de Función Pública Regional.LE0000014408
Disposición final
El presente Decreto Legislativo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».
Dado en Murcia,
a dos de diciembre de mil novecientos noventa y nueve.-
El Presidente,
Ramón Luis Valcárcel Siso.-
El Consejero de Economía y Hacienda,
Juan Bernal Roldán.