Decreto 248/1998, de 29 de septiembre, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión de las tasas y de los precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de sus organismos autónomos
- Órgano DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACION PUBLICA
- Publicado en BOPV núm. 207 de 30 de Octubre de 1998
- Vigencia desde 31 de Octubre de 1998. Revisión vigente desde 05 de Octubre de 2018
Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
- TITULO I. DISPOSICIONES GENERALES
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TITULO II.
TASAS DE LA ADMINISTRACION DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO
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CAPITULO I.
TASA POR INSPECCIÓN Y CONTROL SANITARIO DE ANIMALES Y SUS PRODUCTOS
- Artículo 5 Repercusión de la tasa
- Artículo 6 Requisitos formales de la repercusión
- Artículo 7 Requisitos temporales de la repercusión
- Artículo 8 Rectificación de las cuotas impositivas repercutidas en las facturas
- Artículo 9 Libro Registro de liquidación de cuotas
- Artículo 10 Requisitos formales
- Artículo 11 Plazos para las anotaciones registrales
- Artículo 12 Rectificación de las anotaciones
- Artículo 13 Liquidación de la Tasa
- Artículo 14 Recaudación de la Tasa
- Artículo 15 Supuestos de aplicación de la liquidación provisional de oficio
- Artículo 16 Procedimiento de la liquidación provisional de oficio
- Artículo 17 Efectos de la liquidación provisional de oficio
- Artículo 18 Deducción del coste suplido del personal auxiliar veterinario y ayudantes
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CAPITULO II.
TASA POR SERVICIOS GENERALES Y ESPECÍFICOS EN LOS PUERTOS DE TITULARIDAD DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO
- Artículo 19 Definiciones
- Artículo 20 Reglas generales de aplicación
- Artículo 21 Tarifa T-1: Buques
- Artículo 22 Tarifa T-2: Pasaje
- Artículo 23 Tarifa T-3: Mercancías
- Artículo 24 Tarifa T-4: Servicios a la flota de pesca marítima
- Artículo 25 Tarifa T-5: Servicios a embarcaciones deportivas y de recreo
- Artículo 26 Tarifa T-6: Servicios de grúas de pórtico
- Artículo 27 Tarifa T-7: Servicios de utilización de almacenajes, locales y edificios
- Artículo 28 Tarifa T-8: Suministro de productos y energía
- Artículo 29 Tarifa T-9: Servicios diversos
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CAPITULO I.
TASA POR INSPECCIÓN Y CONTROL SANITARIO DE ANIMALES Y SUS PRODUCTOS
- DISPOSICIONES ADICIONALES
- DISPOSICIONES FINALES
- ANEXO I . AL DECRETO 612/2009, DE 1 DE DICIEMBRE
- ANEXO II . AL DECRETO 612/2009, DE 1 DE DICIEMBRE
- Norma afectada por
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- 5/10/2018
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Capítulo II «Tasas por servicios generales y específicos en los puertos de titularidad de la Comunidad Autónoma del País Vasco» -artículo 19 a 29- derogado por la letra a) del número 1 de la disposición derogatoria de la Ley [PAÍS VASCO] 2/2018, 28 junio, de Puertos y Transporte Marítimo del País Vasco («B.O.P.V.» 5 julio).
- 10/10/2015
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D 186/2015, de 6 Oct. CA País Vasco (segunda modificación del Decreto por el que se regulan determinados aspectos de la gestión de las tasas y de los precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma)
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Número 5 del artículo 19 redactado por el artículo único del D [PAÍS VASCO] 186/2015, 6 octubre, de segunda modificación del D. por el que se regulan determinados aspectos de la gestión de las tasas y de los precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos Autónomos («B.O.P.V.» 9 octubre).
- 11/12/2009
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Decreto 612/2009, de 1 Dic. 2009 CA País Vasco (modificación de D 248/1998 de 29 Sep. regulación de determinados aspectos de la gestión de las tasas y de los precios públicos)
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Artículo 1 redactado por el artículo primero de D [PAÍS VASCO] 612/2009, 1 diciembre, de modificación del Decreto por el que se regulan determinados aspectos de la gestión de las tasas y de los precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos («B.O.P.V.» 10 diciembre).
Número 2 del artículo 2 redactado por el artículo segundo de D [PAÍS VASCO] 612/2009, 1 diciembre, de modificación del Decreto por el que se regulan determinados aspectos de la gestión de las tasas y de los precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos («B.O.P.V.» 10 diciembre).
Artículo 3 redactado por el artículo tercero de D [PAÍS VASCO] 612/2009, 1 diciembre, de modificación del Decreto por el que se regulan determinados aspectos de la gestión de las tasas y de los precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos («B.O.P.V.» 10 diciembre).
Rúbrica del título del Capítulo I del Título II redactado por el artículo cuarto de D [PAÍS VASCO] 612/2009, 1 diciembre, de modificación del Decreto por el que se regulan determinados aspectos de la gestión de las tasas y de los precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos («B.O.P.V.» 10 diciembre).
Artículo 7 redactado por el artículo quinto de D [PAÍS VASCO] 612/2009, 1 diciembre, de modificación del Decreto por el que se regulan determinados aspectos de la gestión de las tasas y de los precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos («B.O.P.V.» 10 diciembre).
Número 2 del artículo 8 redactado por el artículo sexto de D ecreto [PAÍS VASCO] 612/2009, 1 diciembre, de modificación del D. por el que se regulan determinados aspectos de la gestión de las tasas y de los precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos («B.O.P.V.» 10 diciembre).
Número 1 del artículo 10 redactado por el artículo séptimo de D [PAÍS VASCO] 612/2009, 1 diciembre, de modificación del Decreto por el que se regulan determinados aspectos de la gestión de las tasas y de los precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos («B.O.P.V.» 10 diciembre).
Artículo 13 redactado por el artículo octavo de D [PAÍS VASCO] 612/2009, 1 diciembre, de modificación del Decreto por el que se regulan determinados aspectos de la gestión de las tasas y de los precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos («B.O.P.V.» 10 diciembre).
Artículo 14 redactado por el artículo noveno de D [PAÍS VASCO] 612/2009, 1 diciembre, de modificación del Decreto por el que se regulan determinados aspectos de la gestión de las tasas y de los precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos («B.O.P.V.» 10 diciembre).
Número 1 del artículo 15 redactado por el artículo décimo de D [PAÍS VASCO] 612/2009, 1 diciembre, de modificación del Decreto por el que se regulan determinados aspectos de la gestión de las tasas y de los precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos («B.O.P.V.» 10 diciembre).
Número 1 del artículo 16 redactado por el artículo decimoprimero de D [PAÍS VASCO] 612/2009, 1 diciembre, de modificación del Decreto por el que se regulan determinados aspectos de la gestión de las tasas y de los precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos («B.O.P.V.» 10 diciembre).
Artículo 18 redactado por el artículo decimosegundo de D [PAÍS VASCO] 612/2009, 1 diciembre, de modificación del Decreto por el que se regulan determinados aspectos de la gestión de las tasas y de los precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos («B.O.P.V.» 10 diciembre).
Rúbrica Título del Capítulo II del Título II redactado por el artículo decimotercero de D [PAÍS VASCO] 612/2009, 1 diciembre, de modificación del Decreto por el que se regulan determinados aspectos de la gestión de las tasas y de los precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos («B.O.P.V.» 10 diciembre).
Anexo I redactado por el artículo decimocuarto de D [PAÍS VASCO] 612/2009, 1 diciembre, de modificación del Decreto por el que se regulan determinados aspectos de la gestión de las tasas y de los precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos («B.O.P.V.» 10 diciembre).
Anexo II redactado por el artículo decimocuarto de D [PAÍS VASCO] 612/2009, 1 diciembre, de modificación del Decreto por el que se regulan determinados aspectos de la gestión de las tasas y de los precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos («B.O.P.V.» 10 diciembre).
- 24/12/1998
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D 313/1998 de 17 Nov. CA País Vasco (corrección de errores del D 248/1998 de 29 Sep., por el que se regulan determinados aspectos de la gestión de las tasas y de los precios públicos)
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Letra e) del número 1 del artículo 3 redactada por el artículo único de D [PAIS VASCO] 313/1998, 17 noviembre, de corrección de errores del D [PAIS VASCO] 248/1998, 29 septiembre, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión de las tasas y de los precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de sus organismos autónomos («B.O.P.V» 4 diciembre).
La Ley 13/1998, de 29 de mayo, viene a regular las Tasas y los Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de sus organismos autónomos. No obstante, diversas cuestiones de su regulación son objeto de remisión a un desarrollo reglamentario posterior, concretamente las autoliquidaciones, y determinados aspectos de las Tasas (06.02) por inspección y control sanitario de animales y sus productos, en particular la figura de la repercusión, y (09.01) por servicios generales y específicos en los puertos de titularidad de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
En este sentido, este Decreto complementa determinados aspectos de la gestión de las tasas y de los precios públicos y desarrolla la Ley en las cuestiones que son objeto de remisión reglamentaria, citadas anteriormente.
En su virtud, a propuesta de los Consejeros de Hacienda y Administración Pública, de Sanidad y de Transportes y Obras Públicas, previa deliberación y aprobación del Consejo del Gobierno en su sesión celebrada el día 29 de septiembre de 1998.
DISPONGO: