DECRETO 1/2011, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba la Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana
- ÓrganoCONSELLERIA DE MEDIO AMBIENTE, AGUA, URBANISMO Y VIVIENDA
- Publicado en DOCV núm. 6441 de 19 de Enero de 2011
- Vigencia desde 20 de Enero de 2011. Revisión vigente desde 08 de Noviembre de 2011


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TÍTULO V
INFRAESTRUCTURAS Y TERRITORIO
Capítulo I
Infraestructuras de movilidad
Directriz 117 Definición y objetivos del sistema de infraestructuras de movilidad
1. El sistema de infraestructuras de movilidad comprende la red viaria, la red ferroviaria, la red de plataformas reservadas de transporte público, la red de vías de transporte no motorizado, los puertos, los aeropuertos y otras instalaciones fijas. También incluye la red logística y los intercambiadores modales asociados con el conjunto de modos descrito.
2. Este sistema tiene como objetivo satisfacer las demandas de movilidad de las personas y de las mercancías en coherencia con los objetivos de ordenación del territorio y en condiciones adecuadas de equidad social y compatibilidad con la infraestructura verde del territorio.
Directriz 118 Principios directores en materia de infraestructuras de movilidad
Las administraciones públicas integrarán en sus políticas y actuaciones con proyección sobre el territorio en materia de infraestructuras de movilidad a los siguientes principios directores:
- a) Contribuir a la vertebración territorial del sistema de ciudades de la Comunitat Valenciana reforzando el Sistema Nodal de Referencia propuesto por la estrategia territorial.
- b) Vincular la accesibilidad a los nuevos usos en el territorio, tanto a los suelos de uso residencial como a los suelos para la actividad económica.
- c) Potenciar los sistemas de transporte no motorizados y fomentar el uso del transporte público para todos los colectivos ciudadanos, adecuándolo a las demandas territoriales específicas.
- d) Incluir la infraestructura verde en las políticas de movilidad sostenible, conectando los centros de movilidad del transporte público con vías verdes, itinerarios paisajísticos y sendas adaptados a sistemas de transporte no motorizados y peatonales.
- e) Fomentar sistemas de transporte cada vez más eficientes desde el punto de vista del consumo energético y de la disminución de los niveles de ruido y emisiones atmosféricas con efectos negativos sobre la salud y el bienestar de las personas.
- f) Fomentar los tejidos urbanos que mejoren la movilidad no motorizada, recuperar la calle para el peatón e integrar en su trama, de forma prioritaria, los equipamientos y servicios generadores de un gran número de desplazamientos.
- g) Desarrollar planes de movilidad para municipios, áreas urbanas integradas y áreas funcionales del territorio y fomentar la creación de entes de coordinación del transporte para el desarrollo de dichos planes.
- h) Priorizar la mejora de la gestión del actual parque de infraestructuras de movilidad y, en su caso, los desdoblamientos de las vías actuales frente a la construcción de nuevas vías.
Directriz 119 Las tipologías de la red viaria
1. La estrategia territorial y los instrumentos que la desarrollen establecerán la siguiente tipología sin perjuicio de su titularidad o de las clasificaciones que en su caso establezcan otras administraciones públicas:
- a) Red de carreteras de vertebración externa. Conectan los grandes centros urbanos del Sistema Nodal de Referencia con el exterior de la Comunitat Valenciana. Tienen que tener criterios de diseño correspondiente a autovía o autopista (120 km/h): calzadas separadas, limitación de accesos a las propiedades colindantes y ausencia de cruces a nivel. Estos requisitos pueden limitarse por condicionantes ambientales o paisajísticos.
- b) Red de carreteras de vertebración interna, distinguiéndose las de primero y segundo orden:
- - Las de primer orden conectan las cabeceras del sistema nodal de referencia correspondientes a los sistemas urbanos metropolitanos y de ciudades medias, con diseño de autovía (120 km/h) o vía rápida (100 km/h), condiciones que pueden limitarse por motivos ambientales o paisajísticos.
- - Las de segundo orden conectan los puntos de apoyo al sistema rural del mencionado sistema nodal de referencia, aunque pueden incluir tramos de carreteras que desempeñan una función muy importante desde el punto de vista de la vertebración territorial. Los criterios de diseño de estas vías se adaptarán a las características específicas de cada tramo y a la máxima compatibilidad con la infraestructura verde del territorio.
2. Los planes de acción territorial y los planes generales completarán esta estructura con la definición de otras vías que permitan garantizar el derecho de accesibilidad en condiciones de equidad para toda la población.
3. Las vías propias del medio rural, como caminos agrícolas, pistas forestales o vías pecuarias, deben contemplarse e incluirse en los documentos de planificación urbanística y territorial.
Los caminos rurales con relevancia social y cultural constituyen un elemento estructurante y un activo de primera magnitud por lo que se recomienda su preservación y puesta en valor. La planificación territorial deberá inventariar dicha red, garantizar su funcionalidad y conservación, y compensar los tramos desafectados por motivos urbanísticos, territoriales o sectoriales con nuevos tramos con características y funcionalidad similar.
4. Los proyectos de nuevas vías deberán tener una integración paisajística correcta y considerar su función como itinerarios de percepción del territorio.
5. Las nuevas infraestructuras viarias de vertebración interna de primer orden, así como las que conecten municipios dentro de un área urbana integrada o los bulevares metropolitanos, deberán analizar la viabilidad de incorporar a su sección transversal plataformas reservadas de transporte público y medios no motorizados en todo o parte de su recorrido.
6. La estrategia territorial propone un esquema orientativo de las vías de vertebración externa e interna de la Comunitat Valenciana en la documentación de la misma.
Directriz 120 Tipología de red ferroviaria
La estrategia territorial y los instrumentos que la desarrollen establecerán para la red ferroviaria la siguiente tipología, sin perjuicio de su titularidad o de las clasificaciones que en su caso establezcan otras administraciones públicas:
- a) Red ferroviaria de altas prestaciones. Esta formada prioritariamente por vías de ancho internacional (UCI) con características que le permiten desarrollar altas velocidades y tiene que ser utilizada de forma preferente para el tráfico de pasajeros. Esta red permitirá las conexiones de la Comunitat Valenciana con el exterior, y la vertebración interior de sus principales núcleos urbanos mediante el sistema denominado Alta Velocidad Regional.
- b) Red ferroviaria de mercancías. Está formada por vías de diverso ancho dedicadas al transporte de mercancías compatibles con el tráfico de pasajeros, sin perjuicio de la consolidación de una red exclusiva de mercancías a largo plazo.
Esta red debe permitir la circulación de trenes de 750 metros de longitud y debe disponer de cambiadores de ancho cuando existan diferentes anchos de vía. Asimismo, es recomendable que la red esté electrificada y se analice en cada caso la posibilidad de aumentar la longitud de los trenes (superior a 750 metros).
- c) Red ferroviaria de cercanías y regional. Está formada por la red, que en la actualidad dispone de ancho ibérico, dedicada al tráfico de pasajeros compatible con el tráfico de mercancías, sin perjuicio de su conversión a largo plazo, total o parcialmente, en vías de uso exclusivo para el transporte de viajeros, pudiendo adoptar otros anchos de vía.
- d) Red de metro, metro ligero y tranvía. Está formada por una red de plataformas sobre las que circulan vehículos ferroviarios en los ámbitos urbano o metropolitano de las áreas urbanas integradas de Alicante-Elx y Valencia.
Directriz 121 La red de plataformas reservadas de transporte público
La red de plataformas reservadas de transporte público está formada por una red de plataformas sobre las que circulan vehículos de transporte público no ferroviarios, con o sin medios fijos de captación de energía. En condiciones excepcionales, en el ámbito urbano, determinados tramos de estas plataformas pueden ser compartidas con el tráfico privado manteniendo no obstante con carácter general la circulación reservada al transporte público. Estos medios de transporte son recomendables para satisfacer las demandas de movilidad del Área Urbana Integrada de Castellón, así como para determinadas relaciones en las ciudades medias y para complementar la oferta de transporte público en las áreas urbanas integradas de Alicante-Elx y Valencia.
Directriz 122 La red de intercambiadores de transporte público de pasajeros
1. La red de intercambiadores de transporte incluye las estaciones y apeaderos de la red ferroviaria definida anteriormente, así como los apeaderos y paradas de otros medios de transporte público, integrando los aparcamientos disuasorios en sus entornos para posibilitar y facilitar el intercambio.
2. La planificación territorial y urbana procurará en las áreas de baja densidad la interconexión de estos tejidos con los intercambiadores de transporte público, y podrá, de forma razonada, aumentar las densidades urbanas residenciales en los entornos de estos intercambiadores de transporte para optimizar los recursos del transporte público.
Directriz 123 La red de vías de transporte no motorizado de la Comunitat Valenciana
1. La red de vías de transporte no motorizado de la Comunitat Valenciana está formada por el conjunto de rutas para los modos de transporte ciclista, peatonal o a caballo propuestas por las distintas administraciones e instituciones que operan en la Comunitat Valenciana.
2. Esta red forma parte de la infraestructura verde del territorio y se conectará con otras rutas definidas en la estrategia territorial como la Vía Litoral, la Vía Augusta y la Ruta de Jaume I, entre otras.
3. La red de vías de transporte no motorizado se complementará con instalaciones adecuadas para la contemplación del paisaje, tales como puntos de acceso, miradores y áreas de servicio.
Directriz 124 Los puertos de la Comunitat Valenciana
1. El sistema portuario de la Comunitat Valenciana está integrado por el conjunto de puertos e instalaciones náuticas ubicadas en su territorio. La jerarquía y tipología de las instalaciones portuarias en la Comunitat Valenciana se definirán en los planes de acción territorial sectorial sobre las instalaciones portuarias de la Comunitat Valenciana.
2. Las actuaciones públicas en materia portuaria, desde el punto de vista de la ordenación territorial, adecuarán sus actuaciones a las siguientes estrategias:
- a) Potenciar las líneas de tráfico transoceánicas con los territorios más dinámicos en el contexto económico mundial.
- b) Priorizar el tráfico de cabotaje para las relaciones comerciales de los puertos de la Comunitat Valenciana.
- c) Integrar los puertos con los tejidos urbanos para permitir el uso público del frente litoral y fomentar la implantación de usos terciarios y los relacionados con las nuevas tecnologías en los espacios desafectados de la actividad portuaria convencional.
- d) Evitar las actuaciones que supongan un menoscabo de la calidad del frente litoral por la gran importancia estratégica del mismo.
- e) Aprovechar al máximo el espacio portuario construido dando prioridad a la ampliación de las instalaciones frente a las de nueva construcción.
- f) Implantar en los puertos, accesos terrestres adecuados a los tejidos urbanos y con la red de infraestructuras de movilidad, incluyendo las áreas logísticas.
- g) Potenciar los puertos como instrumentos de dinamización de la actividad turística debiendo satisfacer estas demandas de uso, dentro del marco de la preservación ambiental y paisajística de sus entornos.
- h) Mantener la actividad pesquera tradicional mejorando sus instalaciones, servicios y los aspectos medioambientales que esta actividad conlleva.
Directriz 125 Los aeropuertos de la Comunitat Valenciana
1. El sistema aeroportuario de la Comunitat Valenciana está integrado por el conjunto de aeropuertos y otras instalaciones aeronáuticas ubicadas en su territorio. La jerarquía y tipología de estas instalaciones se definen en los planes de acción territorial sectorial de instalaciones aeronáuticas de la Comunitat Valenciana.
2. Las actuaciones públicas en materia aeronáutica, desde el punto de vista de la ordenación territorial, adecuarán sus actuaciones a las siguientes estrategias:
- a) Procurar que los modelos de gestión aeroportuaria cuenten con una mayor participación de la Generalitat, especialmente en la definición de rutas estratégicas para los intereses del sistema productivo de la Comunitat.
- b) Integrar los aeropuertos en el sistema intermodal de transportes de la Comunitat Valenciana mediante su conexión con la red viaria y ferroviaria.
- c) Potenciar las funciones económicas y logísticas de las instalaciones aeronáuticas de la Comunitat Valenciana.
- d) Fomentar la ampliación de los espacios aeroportuarios frente a la construcción de nuevos aeropuertos, sin perjuicio de otras instalaciones aeronáuticas como los aeródromos y los helipuertos.
- e) Aumentar las conexiones aeroportuarias directas con las ciudades europeas, norteafricanas y las áreas metropolitanas más dinámicas del contexto mundial.
Directriz 126 La red logística de la Comunitat Valenciana
1. La red logística de la Comunitat Valenciana está formada por las instalaciones definidas como tales en los planes y programas del departamento de la Generalitat competente en esta materia.
2. Las actuaciones públicas en materia de actividades logísticas, desde el punto de vista de la ordenación territorial, adecuarán sus actuaciones a las siguientes estrategias:
- a) Garantizar un nivel de servicio óptimo para los sectores productivos de la Comunitat Valenciana y una elevada accesibilidad a la red viaria de alta capacidad, puertos, aeropuertos y especialmente a la red ferroviaria de mercancías.
- b) Priorizar en el conjunto de instalaciones logísticas las plataformas intermodales de transporte que permiten el cambio de modo carretera-ferrocarril.
- c) Configurar las instalaciones de la red logística de la Comunitat Valenciana como elementos de soporte a los grandes nodos de actividad económica de escala regional y nacional.
- d) Prestar una atención preferente a la distribución de las mercancías en las áreas urbanas de la Comunitat Valenciana por su gran impacto ambiental y territorial.
- e) Desarrollar la investigación, la innovación y la aplicación de las nuevas tecnologías a la actividad logística.
Capítulo II
Infraestructuras básicas
Directriz 127 Definición del sistema de infraestructuras básicas
1. La Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana define como el sistema de infraestructuras básicas las energéticas, hidráulicas, gestión de residuos y telecomunicaciones. Estas infraestructuras son necesarias para mejorar la calidad de vida de la población, la competitividad del conjunto del territorio y el desarrollo sostenible del mismo.
2. Las infraestructuras hidráulicas, por su fuerte relación con la infraestructura verde del territorio, han sido contempladas en el título III de estas directrices.
Directriz 128 Principios directores sobre las infraestructuras básicas
Las administraciones públicas integrarán en sus políticas y actuaciones con proyección sobre el territorio en materia de infraestructuras básicas a los siguientes principios directores:
- a) Garantizar un sistema global de gestión de residuos adecuado en cantidad y calidad para la población y las actividades productivas que tenga como principios básicos la autosuficiencia y la proximidad.
- b) Contribuir a la prevención de la generación de residuos, implantando el residuo cero como horizonte estratégico y, por este orden, a la reutilización, reciclado, valorización y eliminación de los mismos.
- c) Aplicar el principio del contaminador-pagador en la gestión de los residuos y, en general, de todas las formas de contaminación con efectos sobre la salud de las personas y la integridad de los ecosistemas.
- d) Alcanzar una estructura energética diversificada que procure el máximo aprovechamiento de los recursos autóctonos.
- e) Garantizar un abastecimiento energético, adecuado en cantidad y calidad, para la población y las actividades económicas, reduciendo las emisiones de efecto invernadero procedentes de su producción, distribución y consumo.
- f) Asegurar el acceso universal a los servicios de telecomunicaciones, en especial en los municipios que constituyen el sistema rural de la Comunitat Valenciana y en zonas urbanas con problemas de riesgo o marginalidad.
- g) Favorecer el mallado de redes y las máximas conexiones con las redes externas de suministro para evitar situaciones de excesiva dependencia territorial.
- h) Utilizar sistemas de distribución secundaria o instalaciones descentralizadas, como es recomendable en el medio rural, cuando la rentabilidad de un proyecto de extensión de redes no sea viable desde el punto de vista económico o ambiental.
Capítulo III
Implantación de infraestructuras en el territorio
Directriz 129 Principios directores de la implantación de infraestructuras en el territorio
Las administraciones públicas integrarán en sus políticas y actuaciones con proyección sobre el territorio en materia de implantación de infraestructuras en el territorio a los siguientes principios directores:
- a) Fijar desde la planificación urbanística y territorial las reservas de suelo por las que discurrirán las infraestructuras básicas y de movilidad desde el máximo respeto a la protección de los valores ambientales, paisajísticos y culturales del territorio y a la mitigación de los riesgos naturales e inducidos.
- b) Integrar las infraestructuras básicas y de movilidad en el paisaje, respetando en lo posible la topografía y la vegetación preexistentes, la organización visual del paisaje y evitando una excesiva fragmentación del territorio.
- c) Priorizar los pasillos o reservas ya delimitados para la implantación de nuevas infraestructuras, pero si es necesaria una nueva reserva o un nuevo corredor de infraestructuras se atenderá al posible uso de los mismos para todo tipo de infraestructuras.
- d) Aplicar las medidas correctoras necesarias sobre los impactos negativos sobre el territorio a los proyectos de implantación de nuevas infraestructuras o de ampliación de las existentes, en particular sobre:
- - Las áreas urbanas y sus extensiones.
- - Los espacios con valor ambiental, cultural o agrícola.
- - Los elementos y estructuras relacionadas con la actividad agrícola reconocidos como elementos configuradores del paisaje tales como la geometría del parcelario o los márgenes de piedra seca, entre otros.
- - La fragmentación del territorio.
- - La topografía del terreno.
- - Las vías integradas en el territorio.
- - Redes de caminos u otros elementos históricos de interés.
- - El efecto barrera procurando la continuidad de los viales y manteniendo la funcionalidad de la conectividad ecológica y territorial.
- - El ciclo hidrológico.
- - La erosión del suelo.
- - La intrusión visual.
- e) Considerar en la integración paisajística de las infraestructuras los impactos desde las vías de comunicación y la visión panorámica lejana, la cuenca visual afectada por la intervención y su grado de visibilidad desde las visuales más frecuentes o relevantes.
- f) Poner especial énfasis en la disposición sobre el territorio de las nuevas infraestructuras atendiendo a criterios de orden y composición de volúmenes, materiales y tratamiento cromático, entre otros, que serán coherentes con el paisaje preexistente.
- g) Integrar las infraestructuras obsoletas en la imagen paisajística del territorio, aprovechando las oportunidades que ofrecen estos espacios restaurados para mejorar la calidad y el uso y disfrute del territorio y del paisaje.
Directriz 130 La cartografía de compatibilidad de las infraestructuras con el territorio
1. La estrategia territorial propone una cartografía de compatibilidad de las infraestructuras con el territorio a escala regional, y una propuesta de corredores de paso de dichas infraestructuras.
El grado de compatibilidad tiene tres niveles:
- a) Compatibilidad alta: donde las características del territorio permiten albergar corredores de infraestructuras sin que suponga un daño significativo a los valores ambientales y culturales del territorio.
- b) Compatibilidad media: donde las características del territorio presentan alguna dificultad sin requerir una normativa específica de protección, pero requiriendo soluciones técnicas que eviten daños a los valores ambientales y culturales del territorio.
- c) Compatibilidad baja: donde las características del territorio desaconsejan la implantación de nuevas infraestructuras. Solamente en el caso de ausencia de alternativas viables desde el punto de vista ambiental, económico y social, se podrán implantar infraestructuras en estos ámbitos y siempre bajo los condicionantes de la normativa de protección y adoptando las medidas preventivas y correctoras necesarias para minimizar la afección.
2. Esta cartografía de compatibilidad de las infraestructuras con el territorio esta contenida en la documentación de la estrategia territorial, y podrá ser concretada desde el punto de vista territorial por la planificación territorial y urbana siendo de necesaria observancia para ambas planificaciones.
Directriz 131 Criterios para la integración paisajística y territorial de las infraestructuras de movilidad
1. Los trazados de infraestructuras de movilidad y los elementos relacionados deberán diseñarse con medidas de integración paisajística dimensionadas a la escala de los elementos del paisaje, participando de los valores y del carácter de los paisajes donde se ubiquen.
2. Los proyectos de las infraestructuras lineales adoptarán soluciones adecuadas para minimizar o reducir su presencia en el paisaje rural con excepción de aquellos casos en los que existan elementos de calidad que refuercen la monumentalidad del paisaje.
3. Para la mejora de la permeabilidad territorial se debe fomentar la construcción de túneles, falsos túneles y viaductos que permitan los intercambios de masa, energía en información de los ecosistemas.
4. Se deberá evitar la fragmentación física, visual y social de los itinerarios paisajísticos no motorizados, habilitando los pasos necesarios en el diseño de las nuevas infraestructuras.
Directriz 132 Criterios para la integración paisajística y territorial de las infraestructuras de residuos
1. Las administraciones públicas fomentarán el consenso y la participación activa del conjunto de los agentes sociales y económicos en la gestión de los residuos, coordinándola adecuadamente con la ordenación territorial y urbanística y aplicando el principio de cohesión territorial en la implantación y gestión de las plantas de tratamiento.
2. Con carácter general se establecerán perímetros de limitación de usos en el entorno de las plantas de tratamiento de residuos, siendo recomendables distancias no inferiores a los 500 metros.
3. Se preverá la integración paisajística de las plantas de tratamiento de residuos y la restauración de los vertederos sellados, integrándolos en la imagen paisajística del territorio.
4. Se fijarán criterios territoriales para la localización de las infraestructuras de gestión y tratamiento de residuos, teniendo en cuenta, entre otros: la compatibilidad con la infraestructura verde, la distancia a núcleos habitados, los regímenes de vientos y terrenos con riesgos naturales o inducidos significativos.
Directriz 133 Criterios para la integración paisajística y territorial de las infraestructuras energéticas
1. Las administraciones públicas evaluarán el efecto de los nuevos crecimientos sobre el consumo energético y el aumento de los gases de efecto invernadero, e incluirán medidas para contrarrestar dichas emisiones y priorizarán los modelos urbanos y territoriales que favorezcan el ahorro energético y la reducción de emisiones.
2. Se promoverán mecanismos que permitan revertir los beneficios de estas instalaciones en la mejora y restauración de los paisajes que les rodean, contribuyendo al desarrollo rural y a la necesaria cohesión territorial.
3. Se establecerán criterios territoriales para la localización de las infraestructuras energéticas, teniendo en cuenta, entre otros: la compatibilidad con la infraestructura verde, los pasillos determinados por el planeamiento urbanístico y territorial y atender al desarrollo rural.
4. Las instalaciones energéticas evitarán la fragmentación visual del territorio, minimizarán su exposición visual y afectación a los fondos escénicos más emblemáticos y singulares de la Comunitat Valenciana.
5. Siempre que sea posible se procurará el soterramiento de las líneas de alta tensión a su paso por núcleos urbanos y Espacios Naturales Protegidos.
6. Se procurará el autoabastecimiento mediante sistemas individuales de producción en implantaciones territoriales aisladas. Estas instalaciones deberán diseñarse de forma que queden integradas en la edificación y producir la mínima afección al paisaje.
Directriz 134 Criterios para la integración paisajística y territorial de las infraestructuras de telecomunicaciones
1. Las administraciones públicas fomentarán el uso compartido de las infraestructuras de telecomunicación para reducir sus impactos en el territorio. Para ello, se establecerán condiciones para las nuevas ubicaciones o el agrupamiento de instalaciones de telecomunicaciones en el territorio, de modo que se instalen en un solo soporte y que se ubiquen lejos de los edificios y los fondos escénicos más singulares y emblemáticos.
2. Se evitará la instalación de antenas u otros elementos similares en los espacios naturales y culturales de mayor valor, asegurando el tratamiento estético de las antenas y de los edificios de modo que se integren de la mejor forma posible en los fondos escénicos.