Ley 1/1995, de 20 de enero, de la Generalitat Valenciana, de Formación de las Personas Adultas
- Órgano PRESIDENCIA DE LA GENERALIDAD VALENCIANA
- Publicado en DOCV núm. 2439 de 31 de Enero de 1995 y BOE núm. 47 de 24 de Febrero de 1995
- Vigencia desde 01 de Febrero de 1995
TITULO PRELIMINAR
Disposiciones generales
Artículo 1 Objeto
El objeto de esta Ley es la regulación de la formación de personas adultas en la Comunidad Valenciana, así como el establecimiento de mecanismos e instrumentos para su estructuración, desarrollo, coordinación y evaluación.
Artículo 2 Definición
A los efectos de esta Ley se entiende como formación de personas adultas el conjunto de actuaciones que tienen como finalidad ofrecer a los ciudadanos y ciudadanas de la Comunidad Valenciana, sin distinción alguna, que han superado la edad de escolaridad obligatoria, el acceso a los bienes culturales formativos y a los niveles educativos que les permita mejorar sus condiciones de inserción y promoción laboral y su capacidad para juzgar críticamente y participar activamente en la realidad cultural, social y económica.
Artículo 3 Finalidad y objetivos
1. Para afianzar el derecho de todas las personas a la educación, la formación de las personas adultas garantizará la adquisición y actualización de su educación básica, promoverá el acceso a los diferentes niveles del sistema educativo, estimulará su participación en el diseño del propio proceso formativo y dará atención preferente a los sectores sociales más desfavorecidos.
2. Para la consecución de la mencionada finalidad se establecen los objetivos siguientes:
- a) Estimular y sensibilizar a la opinión pública con respecto al sentido y a la necesidad de la alfabetización y de la educación permanente, incrementando el interés de las personas adultas por el disfrute de los bienes culturales y educativos.
- b) Establecer un sistema público de recursos que garantice la oportunidad de acceder y participar en los diferentes niveles, grados y modalidades de la enseñanza mediante currículos y ofertas formativas específicas, adaptadas a las características, condiciones y necesidades de la población adulta.
- c) Promover el conocimiento y el uso del valenciano como vehículo de comunicación, conocimiento y recreación, así como de los rasgos históricos y culturales que nos caracterizan.
- d) Extender de manera efectiva el derecho a la educación de todas las personas adultas de la Comunidad Valenciana, dando prioridad a las actuaciones dirigidas a los colectivos más desfavorecidos que no disponen de los niveles de formación básica.
- e) Mejorar las posibilidades de inserción y de participación en la vida social, económica, política y cultural, incrementando la capacidad de intervención activa en la sociedad y contribuyendo a la superación de las desigualdades sociales.
- f) Promover y estimular el compromiso de las instituciones en el desarrollo de actuaciones relacionadas con la educación de personas adultas.
- g) Consolidar, coordinar y potenciar las diferentes actuaciones públicas y privadas que desarrollen la formación de personas adultas.
3. Para la consecución de la finalidad y los objetivos expresados se tendrá que:
- a) Dar apoyo al desarrollo de las capacidades intelectuales y de las actitudes que permiten a las personas adultas la interpretación y la participación, mediante los diferentes canales establecidos, en la transformación de su realidad social, económica y cultural, con el fin de hacerlas más justas, libres y creadoras.
- b) Impregnar las acciones sobre el entorno y la formación de valores éticos y sociales -capacidad crítica, tolerancia, respecto a la diversidad y solidaridad-, elementos todos ellos fundamentales en la estructura democrática.
- c) Combatir la discriminación de todo tipo mediante el análisis, la reflexión crítica y las acciones particulares sobre las actitudes sexistas, prejuicios y estereotipos dominantes y contribuir de esta manera a que las personas puedan describirse, relacionarse y valorarse positivamente fomentando la autoestima y la dignidad.
- d) Posibilitar la investigación y el análisis de las acciones de formación de personas adultas, del mismo modo que las acciones formativas dirigidas a los agentes que participen en ella. En este contexto se elaborarán proyectos sobre innovaciones curriculares metodológicas, tecnológicas, didácticas y de dinamización cultural.
