Reglamento de Ejecución (UE) nº 1343/2013 del Consejo, de 12 de diciembre de 2013, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de peroxosulfatos (persulfatos) originarios de la República Popular China tras una reconsideración por expiración en virtud del artículo 11, apartado 2, del Reglamento (CE) nº 1225/2009

Ficha:
  • Órgano CONSEJO DE LA UNION EUROPEA
  • Publicado en DOUEL núm. 338 de
  • Vigencia desde 18 de Diciembre de 2013. Revisión vigente desde 18 de Diciembre de 2013
Versiones/revisiones:
(1)

DO L 343 de 22.12.2009, p. 51.

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(2)

DO L 265 de 11.10.2007, p. 1.

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(3)

DO C 305 de 10.10.2012, p. 15.

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(4)

Cabe recordar que, de conformidad con el Reglamento (CE) nº 1184/2007, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de peroxosulfatos originarios de la República Popular China, Taiwán y los Estados Unidos, el nombre de la empresa United Initiators Shanghai Co., Ltd. era Degussa-AJ (Shanghai) Initiators Co., Ltd., Shanghai. El cambio de nombre se debió a un cambio de propiedad en 2008.

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(5)

Nº A-570-847 (revisión)

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(6)

La empresa mencionada en este considerando no se examina de nuevo en la presente investigación de reconsideración por expiración, puesto que la investigación original estableció un derecho cero para la misma [Reglamento (CE) nº 1184/2007].

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