Directiva (UE) 2022/431 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2022, por la que se modifica la Directiva 2004/37/CE, relativa a la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes carcinógenos o mutágenos durante el trabajo

Ficha:
  • ÓrganoPARLAMENTO Y CONSEJO DE LA UNION EUROPEA
  • Publicado en DOUEL núm. 88 de 16 de Marzo de 2022
  • Vigencia desde 05 de Abril de 2022
Versiones/revisiones:
(1)

DO C 56 de 16.2.2021, p. 63.

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(2)

Posición del Parlamento Europeo de 17 de febrero de 2022 (pendiente de publicación en el Diario Oficial) y Decisión del Consejo de 3 de marzo de 2022.

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(3)

Directiva 2004/37/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa a la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes carcinógenos o mutágenos durante el trabajo (sexta Directiva específica con arreglo al apartado 1 del artículo 16 de la Directiva 89/391/CEE del Consejo) (DO L 158 de 30.4.2004, p. 50).

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(4)

Reglamento (CE) n.º 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH), por el que se crea la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas, se modifica la Directiva 1999/45/CE y se derogan el Reglamento (CEE) n.º 793/93 del Consejo y el Reglamento (CE) n.º 1488/94 de la Comisión, así como la Directiva 76/769/CEE del Consejo y las Directivas 91/155/CEE, 93/67/CEE, 93/105/CE y 2000/21/CE de la Comisión (DO L 396 de 30.12.2006, p. 1).

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(5)

DO C 428 de 13.12.2017, p. 10.

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(6)

Reglamento (CE) n.º 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, y por el que se modifican y derogan las Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE, y se modifica el Reglamento (CE) n.º 1907/2006 (DO L 353 de 31.12.2008, p. 1).

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(7)

Decisión del Consejo, de 22 de julio de 2003, relativa a la creación de un Comité consultivo para la seguridad y la salud en el trabajo (DO C 218 de 13.9.2003, p. 1).

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(8)

Directiva (UE) 2017/2398 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2017, por la que se modifica la Directiva 2004/37/CE, relativa a la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes carcinógenos o mutágenos durante el trabajo (DO L 345 de 27.12.2017, p. 87).

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(9)

Directiva (UE) 2019/130 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de enero de 2019, por la que se modifica la Directiva 2004/37/CE relativa a la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes carcinógenos o mutágenos durante el trabajo (DO L 30 de 31.1.2019, p. 112).

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(10)

 El número CE, es decir, EINECS, ELINCS o NLP, es el número oficial de la sustancia en la Unión Europea, tal como se define en la parte 1, sección 1.1.1.2, del anexo VI del Reglamento (CE) n.o 1272/2008.

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(11)

N.o CAS: número de registro del Chemical Abstracts Service (Servicio de resúmenes de productos químicos).

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(12)

 Medido o calculado en relación con una media ponderada temporalmente con un período de referencia de ocho horas.

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(13)

Límite de exposición de corta duración. Valor límite a partir del cual no debe producirse ninguna exposición y que hace referencia a un período de 15 minutos, salvo que se especifique lo contrario.

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(14)

mg/m3 = miligramos por metro cúbico de aire a 20 °C y 101,3 kPa (760 mm de presión de mercurio).

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(15)

ppm = partes por millón en volumen de aire (ml/m3).

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(16)

f/ml = fibras por mililitro.

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(17)

Posible contribución importante a la carga corporal total por exposición cutánea.

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(18)

El número CE, es decir, EINECS, ELINCS o NLP, es el número oficial de la sustancia en la Unión Europea, tal como se define en la parte 1, sección 1.1.1.2, del anexo VI del Reglamento (CE) n.o 1272/2008.

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(19)

N.o CAS: número de registro del Chemical Abstracts Service (Servicio de resúmenes de productos químicos).

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(20)

Límite de exposición de corta duración. Valor límite a partir del cual no debe producirse ninguna exposición y que hace referencia a un período de 15 minutos, salvo que se especifique lo contrario.

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(21)

Medido o calculado en relación con una media ponderada temporalmente con un período de referencia de ocho horas.

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(22)

mg/m3 = miligramos por metro cúbico de aire a 20 °C y 101,3 kPa (760 mm de presión de mercurio).

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(23)

ppm = partes por millón en volumen de aire (ml/m3).

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(24)

f/ml = fibras por mililitro.

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(25)

Posible contribución importante a la carga corporal total por exposición cutánea.

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(26)

La sustancia puede provocar sensibilización cutánea.

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(27)

Fracción respirable, medida como níquel.

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(28)

Fracción inhalable, medida como níquel.

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(29)

La sustancia puede provocar sensibilización cutánea y de las vías respiratorias.

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(30)

Fracción inhalable.

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