Directiva 2014/29/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de comercialización de los recipientes a presión simples

Ficha:
  • Órgano PARLAMENTO Y CONSEJO DE LA UNION EUROPEA
  • Publicado en DOUEL núm. 96 de
  • Vigencia desde 18 de Abril de 2014
Versiones/revisiones:
(1)

DO C 27 de 3.2.2009, p. 41.

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(2)

Posición del Parlamento Europeo de 5 de febrero de 2014 (no publicada aún en el Diario Oficial) y Decisión del Consejo de 20 de febrero de 2014.

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(3)

DO L 264 de 8.10.2009, p. 12. La Directiva 2009/105/CE es la versión codificada de la Directiva 87/404/CEE, de 25 de junio de 1987, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de recipientes a presión simples (DO L 220 de 8.8.1987, p. 48).

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(4)

Véase el anexo V, parte A.

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(5)

DO L 218 de 13.8.2008, p. 30.

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(6)

DO L 218 de 13.8.2008, p. 82.

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(7)

DO L 316 de 14.11.2012, p. 12.

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(8)

DO L 55 de 28.2.2011, p. 13.

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(9)

El fabricante podrá asignar con carácter optativo un número a la declaración de conformidad.

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(10)

De conformidad con el artículo 18, apartado 2, párrafo tercero, de la Directiva 87/404/CEE, los Estados miembros autorizarán la comercialización y/o utilización hasta el 1 de julio de 1992, de los recipientes que se ajustan a las normas vigentes en sus territorios respectivos antes del 1 de julio de 1990.

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(11)

De conformidad con el artículo 14, apartado 2, de la Directiva 93/68/CEE, los Estados miembros autorizarán hasta el 1 de enero de 1997 la comercialización y la puesta en servicio de los productos que sean conformes a los sistemas de marcado vigentes antes del 1 de enero de 1995.

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