Decreto 2 junio 1944, por el que se aprueba con carácter definitivo el Reglamento de la organización y régimen del Notariado
Ficha:
- ÓrganoMINISTERIO DE JUSTICIA
- Publicado en BOE núm. 189 de 07 de Julio de 1944
- Vigencia desde 27 de Julio de 1944. Revisión vigente desde 08 de Noviembre de 2015
Versiones/revisiones:
Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- Artículo primero
- Artículo segundo
- Artículo tercero
- REGLAMENTO DEL NOTARIADO
- EXPOSICION
- TITULO PRELIMINAR. Principios fundamentales
- TITULO I. De los Notarios
- CAPITULO I. Del ingreso en el Notariado
- CAPITULO II. De la investidura notarial
- CAPITULO III. De los derechos de los Notarios
- TITULO II. De las Notarías
- TITULO III. De la función notarial
- TITULO IV. Del instrumento público
- CAPITULO I. De la naturaleza y efectos del instrumento público
- CAPITULO II. Del instrumento público
- SECCION 1. Requisitos generales
- SECCION 2. De las escrituras matrices
- SECCION 3. De las pólizas
- SECCIÓN 4. Actas notariales
- SECCION 5. De las copias
- Artículo 221
- Artículo 222
- Artículo 223
- Artículo 224
- Artículo 225
- Artículo 226
- Artículo 227
- Artículo 228
- Artículo 229
- Artículo 230
- Artículo 231
- Artículo 232
- Artículo 233
- Artículo 234
- Artículo 235
- Artículo 236
- Artículo 237
- Artículo 238
- Artículo 239
- Artículo 240
- Artículo 241
- Artículo 242
- Artículo 243
- Artículo 244
- Artículo 245
- Artículo 246
- Artículo 247
- Artículo 248
- Artículo 249
- SECCIÓN 6. Testimonios del Libro-Registro
- CAPITULO III. De otros documentos notariales
- CAPITULO IV. De la conservación de los instrumentos públicos
- TITULO V. De la organización del Notariado
- TITULO VI. De las correcciones disciplinarias
- DISPOSICIONES TRANSITORIAS
- ANEXO I. Mutualidad Notarial
- ANEXO II. Del Registro de actos de última voluntad
- ANEXO III. Del ejercicio de la fe pública por los Agentes diplomáticos y consulares de España en el extranjero
- ANEXO IV. Del ejercicio de la fe pública en materia electoral
- ANEXO
- DISPOSICIONES FINALES
- Norma afectada por
- Afectaciones recientes
- 8/11/2015
- LE0000561878_20151108
RD 1011/2015 de 6 Nov. (regula el procedimiento para formalizar el sistema de consignaciones en sede electrónica de las cantidades necesarias para tomar parte en las subastas judiciales y notariales)
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- Apartado 12 de la letra A) del artículo 344 introducido por la disposición final segunda del R.D. 1011/2015, de 6 de noviembre, por el que se regula el procedimiento para formalizar el sistema de consignaciones en sede electrónica de las cantidades necesarias para tomar parte en las subastas judiciales y notariales («B.O.E.» 7 noviembre).LE0000007629_20151108
- 13/9/2015
- LE0000554758_20150913
RD 421/2015 de 29 May. (modelos de estatutos-tipo de las sociedades de responsabilidad limitada, se aprueba modelo de estatutos-tipo, se regula la Agenda Electrónica Notarial y la Bolsa de denominaciones sociales con reserva)
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- Letra j) del artículo 349 introducida por la disposición final tercera del R.D. 421/2015, de 29 de mayo, por el que se regulan los modelos de estatutos-tipo y de escritura pública estandarizados de las sociedades de responsabilidad limitada, se aprueba modelo de estatutos-tipo, se regula la Agenda Electrónica Notarial y la Bolsa de denominaciones sociales con reserva («B.O.E.» 13 junio).LE0000007629_20151108
- 18/9/2011
- LE0000461393_20110918
RD 1276/2011 de 16 Sep. (adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad)
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- Apartado 1.º del artículo 182 redactado por el artículo séptimo del R.D. 1276/2011, de 16 de septiembre, de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad («B.O.E.» 17 septiembre).LE0000007629_20151108
- 20/1/2010
- LE0000406057_20100120
RD 1/2010 de 8 Ene. (modificación de determinadas obligaciones tributarias formales y procedimientos de aplicación de los tributos y de modificación de otras normas con contenido tributario)
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- Artículo 177 redactado por el artículo primero del R.D. 1/2010, de 8 de enero, de modificación de determinadas obligaciones tributarias formales y procedimientos de aplicación de los tributos y de modificación de otras normas con contenido tributario («B.O.E.» 19 enero).LE0000007629_20151108
- 19/11/2008
- LE0000343902_20081119
RD 1804/2008 de 3 Nov. (desarrolla L 36/2006 de 29 Nov., modifica Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, aprobado por RD 1270/2003 y otras normas tributarias)
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- Número 5.º del artículo 156 redactado por el apartado uno del artículo 1 de R.D. 1804/2008, de 3 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal, se modifica el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, aprobado por el R.D. 1270/2003, y se modifican y aprueban otras normas tributarias («B.O.E.» 18 noviembre).LE0000007629_20151108
Artículo 177 redactado por el número dos del artículo 1 del R.D. 1804/2008, de 3 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal, se modifica el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, aprobado por el R.D. 1270/2003, y se modifican y aprueban otras normas tributarias («B.O.E.» 18 noviembre).LE0000007629_20151108
Artículo 285 redactado por el número tres del artículo 1 del R.D. 1804/2008, de 3 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal, se modifica el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, aprobado por el R.D. 1270/2003, y se modifican y aprueban otras normas tributarias («B.O.E.» 18 noviembre).LE0000007629_20151108
Letra E) del artículo 344 introducida, en su actual redacción, por el número cuatro del artículo 1 del R.D. 1804/2008, de 3 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal, se modifica el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, aprobado por el R.D. 1270/2003, y se modifican y aprueban otras normas tributarias («B.O.E.» 18 noviembre).LE0000007629_20151108
Letra F) del artículo 344 renumerada e introducida por el número cuatro del artículo 1 del R.D. 1804/2008, de 3 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal, se modifica el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, aprobado por el R.D. 1270/2003, y se modifican y aprueban otras normas tributarias («B.O.E.» 18 noviembre). Téngase en cuenta que su contenido literal se corresponde con el de la anterior letra E) del mismo artículo.LE0000007629_20151108
Artículo 346 redactado por el número cinco del artículo 1 del R.D. 1804/2008, de 3 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal, se modifica el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, aprobado por el R.D. 1270/2003, y se modifican y aprueban otras normas tributarias («B.O.E.» 18 noviembre).LE0000007629_20151108
- 30/1/2007
- LE0000346247_20081216
STS 3.ª de 7 Oct. 2008 (nulidad último inciso del art. 340 del Reglamento Notarial en la redacción dada por el apdo. 211 del art. primero del RD 45/2007 de 19 Ene., y último inciso art. 344.A.11 en la redacción dada por apdo. 215 del citado artículo)
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- Inciso final del párrafo 5.º del artículo 340 declarado nulo por Sentencia T.S. (Sala 3.ª, Sección 6.ª) de 14 de octubre de 2008 («B.O.E.» 22 noviembre).LE0000007629_20151108
Inciso final del apartado 11 del artículo 344.A declarado nulo por Sentencia T.S. (Sala 3.ª, Sección 6.ª) de 14 de octubre de 2008 («B.O.E.» 22 noviembre).LE0000007629_20151108
LE0000344293_20081122STS 3.ª de 14 Oct. 2008 (declara la nulidad del último inciso del art. 340 del Reglamento Notarial, así como del último inciso del art. 344.A.11 en la redacción dada por el apartado 215 del citado artículo...»)
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- Inciso final del párrafo 5.º del artículo 340 declarado nulo por Sentencia T.S. (Sala 3.ª, Sección 6.ª) de 14 de octubre de 2008 («B.O.E.» 22 noviembre).LE0000007629_20151108
Inciso final del apartado 11 del artículo 344.A declarado nulo por Sentencia T.S. (Sala 3.ª, Sección 6.ª) de 14 de octubre de 2008 («B.O.E.» 22 noviembre).LE0000007629_20151108
LE0000248614_20070805OM JUS/2384/2007 de 27 Jul. (aclaración de la disposición adicional segunda del RD 173/2007 de 9 Feb., sobre demarcación Notarial)
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- Téngase en cuenta que el artículo único de la O.M. JUS/2384/2007, de 27 de julio, por la que se aclara la disposición adicional segunda del R.D. 173/2007, de 9 de febrero, sobre demarcación Notarial («B.O.E.» 4 agosto), establece que la demarcación Notarial aprobada por el citado R.D. podrá ser modificada por las Comunidades Autónomas con competencias asumidas en sus respectivos Estatutos de Autonomía, de conformidad con lo previsto en el artículo 73 del Reglamento de la organización y régimen del Notariado, sin que en la primera aprobación de la demarcación que se lleve a cabo por parte de dichas Comunidades Autónomas resulte de aplicación los limites previstos en el artículo 4 de dicho Reglamento de la organización y régimen del Notariado.LE0000007629_20151108
LE0000239882_20070130RD 45/2007 de 19 Ene. (modificación del Regl. de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. 2 Jun. 1944)
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- Artículo 1 redactado por el número uno del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero; corrección de errores «B.O.E.» 7 febrero).LE0000007629_20151108
Párrafo 2.º del artículo 3 redactado por el número dos del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Letra g) del artículo 5 introducida por el número tres del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 24 redactado por el número cuatro del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 25 redactado por el número cinco del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 26 redactado por el número seis del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 27 redactado por el número siete del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 28 redactado por el número ocho del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 30 redactado por el número nueve del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 34 redactado por el número diez del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Párrafo 5.º del artículo 35 redactado por el número once del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 38 redactado por el número doce del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 40 redactado por el número trece del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 42 redactado por el número catorce del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 43 redactado por el número quince del artículo primero de R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 49 redactado por el número dieciséis del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 51 redactado por el número diecisiete del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 52 redactado por el número dieciocho del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 53 redactado por el número diecinueve del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 56 redactado por el número veinte del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 57 redactado por el número veintiuno del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 58 redactado por el número veintidós del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 61 redactado por el número veintitrés del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 67 redactado por el número veinticuatro del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 68 redactado por el número veinticinco del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 69 redactado por el número veintiséis del artículo primero de R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 70 redactado por el número veintisiete del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 71 redactado por el número veintiocho del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 73 redactado por el número veintinueve del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 79 redactado por el número treinta del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 80 redactado por el número treinta y uno del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 81 redactado por el número treinta y dos del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Apartado 2.º del artículo 83 redactado por el número treinta y tres del artículo primero de R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Párrafo 1.º del artículo 84 redactado por el número treinta y cuatro del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 85 redactado por el número treinta y cinco del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 88 redactado por el número treinta y seis del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 90 redactado por el número treinta y siete del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 92 redactado por el número treinta y ocho del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 97 redactado por el número treinta y nueve del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 99 redactado por el número cuarenta del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 100 redactado por el número cuarenta y uno del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 101 redactado por el número cuarenta y dos del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 102 redactado por el número cuarenta y tres del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 105 redactado por el número cuarenta y cuatro del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 106 redactado por el número cuarenta y cinco del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 108 redactado por el número cuarenta y seis del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 111 redactado por el número cuarenta y siete del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Rúbrica del Capítulo I del Título III redactada por el número cuarenta y ocho del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 117 redactado por el número cuarenta y nueve del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 118 redactado por número cincuenta del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 119 redactado por el número cincuenta y uno del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 120 redactado por el número cincuenta y dos del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 121 redactado por el número cincuenta y tres del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 122 redactado por el número cincuenta y cuatro del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 123 redactado por el número cincuenta y cinco del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 124 redactado por el número cincuenta y seis del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 125 redactado por el número cincuenta y siete del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Sección 1.ª del Capítulo II del Título III introducida por el número cincuenta y ocho y artículo 126 redactado por el número cincuenta y nueve del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Sección 2.ª del Capítulo II del Título III introducida por el número sesenta del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero). Téngase en cuenta que los artículos 127, 128 y 134 han sido redactados, respectivamente, por los números sesenta y uno, sesenta y dos y sesenta y tres del artículo primero del citado R.D. 45/2007.LE0000007629_20151108
Artículo 138 redactado por el número sesenta y cuatro del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 139 redactado por el número sesenta y cinco del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 141 redactado por el número sesenta y seis del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 142 redactado por el número sesenta y siete del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 143 redactado por el número sesenta y ocho del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 144 redactado por el número sesenta y nueve del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 145 redactado por el número setenta del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 147 redactado por el número setenta y uno del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 148 redactado por el número setenta y dos del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 149 redactado por el número setenta y tres del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 150 redactado por el número setenta y cuatro del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 151 redactado por el número setenta y cinco del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 154 redactado por el número setenta y seis del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 156 redactado por el número setenta y siete del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 157 redactado por el número setenta y ocho del artículo primero de R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 158 redactado por el número setenta y nueve del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 159 redactado por el número ochenta del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 161 redactado por el número ochenta y uno del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 162 redactado por el número ochenta y dos del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 163 redactado por el número ochenta y tres del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 164 redactado por el número ochenta y cuatro del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 165 redactado por el número ochenta y cinco del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 166 redactado por el número ochenta y seis del artículo primero de R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Párrafo último del artículo 168 redactado por el número ochenta y siete del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 169 redactado por el número ochenta y ocho del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 170 redactado por el número ochenta y nueve del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 171 redactado por el número noventa del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 175 redactado por el número noventa y uno del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 177 redactado por el número noventa y dos del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 178 redactado por el número noventa y tres del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 179 redactado por el número noventa y cuatro del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 182 redactado por el número noventa y cinco del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 183 redactado por el número noventa y seis del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 193 redactado por el número noventa y siete del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 195 redactado por el número noventa y ocho del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 196 redactado por el número noventa y nueve del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Sección 3.ª del Capítulo II del Título IV, integrada por los artículos 197 a 197 sexiens, redactada por los números cien a ciento seis del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Sección 4.ª del Capítulo II del Título IV, integrada por los artículos 198 a 220, redactada por los números ciento siete a ciento treinta y cuatro del artículo primero de R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Sección 5.ª del Capítulo II del Título IV, renumerada por el número ciento treinta y cinco del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero). Se corresponde con la anterior Sección 4.ª.LE0000007629_20151108
Artículo 221 redactado por el número ciento treinta y seis del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 222 redactado por el número ciento treinta y siete del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 224 redactado por el número ciento treinta y ocho del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 225 redactado por el número ciento treinta y nueve del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 226 redactado por el número ciento cuarenta del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 228 redactado por el número ciento cuarenta y uno del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 230 redactado por el número ciento cuarenta y dos del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 233 redactado por el número ciento cuarenta y tres del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Párrafo 1.º del artículo 237 redactado por el número ciento cuarenta y cuatro del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 241 redactado por el número ciento cuarenta y cinco del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 243 redactado por el número ciento cuarenta y seis del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 244 redactado por el número ciento cuarenta y siete del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 248 redactado por el número ciento cuarenta y ocho del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 249 redactado por el número ciento cuarenta y nueve del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Sección 6.ª del Capítulo II del Título IV, integrada por el artículo 250, redactada por los números ciento cincuenta y ciento cincuenta y uno del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Sección 1.º del Capítulo III del Título IV, integrada por los artículos 251 a 254, introducida por los números ciento cincuenta y dos a ciento cincuenta y seis del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Sección 2.ª del Capítulo III del Título IV, integrada por el artículo 255, introducida por los números ciento cincuenta y siete y ciento cincuenta y ocho del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Sección 3.ª del Capítulo III del Título IV, integrada por los artículos 256 a 263, introducida por los números ciento cincuenta y nueve a ciento sesenta y siete del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Sección 4.ª del Capítulo III del Título IV, integrada por el artículo 264, introducida por el número ciento sesenta y ocho del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Sección 5.ª del Capítulo III del Título IV, integrada por los artículos 265 a 271, introducida por los números ciento setenta a ciento setenta y seis del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Rúbrica de la Sección 1.ª del Capítulo IV del Título IV, introducida por el número ciento setenta y siete del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Subsección 1.ª de la Sección 1.ª del Capítulo IV del Título IV, integrada por los artículos 272 a 282, introducida por el número ciento setenta y ocho del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 272 redactado por el número ciento setenta y nueve del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Subsección 2.ª de la Sección 1.ª del Capítulo IV del Título IV, integrada por el artículo 283, introducida por los números ciento ochenta y ciento ochenta y uno del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Subsección 3.ª de la Sección 1.ª del Capítulo IV del Título IV, integrada por los artículos 284 a 288, introducida por el número ciento ochenta y dos del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 284 redactado por el número ciento ochenta y tres del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 285 redactado por el número ciento ochenta y cuatro del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 286 redactado por el número ciento ochenta y cinco del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Párrafo 5.º del artículo 304 redactado por el número ciento ochenta y seis del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 307 redactado por el número ciento ochenta y siete del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Apartado 7.º del artículo 313 redactado por el número ciento ochenta y ocho del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 314 redactado por el número ciento ochenta y nueve del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 315 redactado por el número ciento noventa del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 316 redactado por el número ciento noventa y uno del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 317 redactado por el número ciento noventa y dos del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 318 redactado por el número ciento noventa y tres del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 319 redactado por el número ciento noventa y cuatro del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 320 redactado por el número ciento noventa y cinco del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 321 redactado por el número ciento noventa y seis del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 322 redactado por el número ciento noventa y siete del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 324 redactado por el número ciento noventa y ocho del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 325 redactado por el número ciento noventa y nueve del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 326 redactado por el número doscientos del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 327 redactado por el número doscientos uno del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Regla 6.ª del artículo 328 redactada por el número doscientos dos del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 329 redactado por el número doscientos tres del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 331 redactado por el número doscientos cuatro del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 332 redactado por el número doscientos cinco del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 334 redactado por el número doscientos seis del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 336 redactado por el número doscientos siete del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Párrafo 3.º del artículo 337 introducido por el número doscientos ocho del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 338 redactado por el número doscientos nueve del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 339 redactado por el número doscientos diez del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 340 redactado por el número doscientos once del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 341 redactado por el número doscientos doce del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 342 redactado por el número doscientos trece del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 343 redactado por el número doscientos catorce del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 344 redactado por el número doscientos quince del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 346 redactado por el número doscientos dieciséis del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 347 redactado por el número doscientos diecisiete del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 348 redactado por el número doscientos dieciocho del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 349 redactado por el número doscientos diecinueve del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 350 redactado por el número doscientos veinte del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 351 redactado por el número doscientos veintiuno del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 352 redactado por el número doscientos veintidós del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 353 redactado por el número doscientos veintitrés del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 354 redactado por el número doscientos veinticuatro del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 355 redactado por el número doscientos veinticinco del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 356 redactado por el número doscientos veintiséis del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 357 redactado por el número doscientos veintisiete del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 358 redactado por el número doscientos veintiocho del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 359 redactado por el número doscientos veintinueve del artículo primero de R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 360 redactado por el número doscientos treinta del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 361 redactado por el número doscientos treinta y uno del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 362 redactado por el número doscientos treinta y dos del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 363 redactado por el número doscientos treinta y tres del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 364 redactado por el número doscientos treinta y cuatro del artículo primero del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Anexo V introducido por el artículo segundo del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Artículo 141 bis derogado por el apartado 1.º del número 1 de la disposición derogatoria única del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Disposición transitoria primera derogada por el apartado 1.º del número 1 de la disposición derogatoria única del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Disposición transitoria segunda derogada por el apartado 1.º del número 1 de la disposición derogatoria única del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Disposición transitoria cuarta derogada por el apartado 1.º del número 1 de la disposición derogatoria única del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Disposición transitoria sexta derogada por el apartado 1.º del número 1 de la disposición derogatoria única del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Disposición transitoria séptima derogada por el apartado 1.º del número 1 de la disposición derogatoria única del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Disposición transitoria octava derogada por el apartado 1.º del número 1 de la disposición derogatoria única del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
Disposición transitoria novena derogada por el apartado 1.º del número 1 de la disposición derogatoria única del R.D. 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la organización y régimen del Notariado, aprobado por D. de 2 de junio de 1944 («B.O.E.» 29 enero).LE0000007629_20151108
JU0002982879TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 6ª, S, 20 May. 2008 (Rec. 63/2007)
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- Artículo 145, desde "una vez que los interesados le hayan proporcionado los antecedentes" hasta el final, anulado por Sentencia T.S. (Sala 3.ª, Sección 6.ª) de 20 mayo 2008.LE0000007629_20151108
Artículo 147, párrafo 2.º e inciso «siempre que su contenido no vulnere el ordenamiento jurídico», anulados por Sentencia T.S. (Sala 3.ª, Sección 6.ª) de 20 mayo 2008.LE0000007629_20151108
Artículo 157, inciso «y en su caso de sus manifestaciones», anulado por Sentencia T.S. (Sala 3.ª, Sección 6.ª) de 20 mayo 2008.LE0000007629_20151108
Artículo 159, incisos «a todos los efectos legales», «brevemente» y «En las escrituras de capitulaciones matrimoniales el notario hará constar que las modificaciones del régimen económico matrimonial realizadas durante el matrimonio no perjudicarán en ningún caso los derechos ya adquiridos por terceros», anulados por Sentencia T.S. (Sala 3.ª, Sección 6.ª) de 20 mayo 2008.LE0000007629_20151108
Artículo 161, inciso «y la vecindad por el lugar de otorgamiento, salvo que manifieste el interesado otra cosa», anulado por Sentencia T.S. (Sala 3.ª, Sección 6.ª) de 20 mayo 2008.LE0000007629_20151108
Artículo 164, párrafo 2.º, anulado por Sentencia T.S. (Sala 3.ª, Sección 6.ª) de 20 mayo 2008.LE0000007629_20151108
Artículo 168, párrafo final, anulado por Sentencia T.S. (Sala 3.ª, Sección 6.ª) de 20 mayo 2008.LE0000007629_20151108
Artículo 171 anulado por Sentencia T.S. (Sala 3.ª, Sección 6.ª) de 20 mayo 2008. LE0000007629_20151108
Artículo 175, inciso «siempre que, además, haga constar la urgencia de la formalización del acto en la escritura que autorice y todo ello sin perjuicio de que el notario podrá denegar su actuación si no considera suficientemente justificada la urgencia alegada o si alberga dudas sobre la exactitud de la información que posee el adquirente», anulado por Sentencia T.S. (Sala 3.ª, Sección 6.ª) de 20 mayo 2008. LE0000007629_20151108
Artículo 178, apartados 1.º y 2.º y párrafo final, anulados por Sentencia T.S. (Sala 3.ª, Sección 6.ª) de 20 mayo 2008. LE0000007629_20151108
Artículo 179, párrafo 2.º inciso final, anulado por Sentencia T.S. (Sala 3.ª, Sección 6.ª) de 20 mayo 2008. LE0000007629_20151108
Artículo 197, párrafo 5.º, anulado por Sentencia T.S. (Sala 3.ª, Sección 6.ª) de 20 mayo 2008. LE0000007629_20151108
Artículo 197 bis, párrafo 2.º, anulado por Sentencia T.S. (Sala 3.ª, Sección 6.ª) de 20 mayo 2008. LE0000007629_20151108
Artículo 197 ter, párrafo 3.º, anulado por Sentencia T.S. (Sala 3.ª, Sección 6.ª) de 20 mayo 2008. LE0000007629_20151108
Artículo 197 quater, incisos «el control de legalidad por el notario», «Será de aplicación lo previsto en el segundo párrafo del artículo 164 de este Reglamento» «o juicio de legitimidad de la misma tratándose de representantes de entidades financieras, cuando legalmente se halle permitido» y párrafo final, anulados por Sentencia T.S. (Sala 3.ª, Sección 6.ª) de 20 mayo 2008. LE0000007629_20151108
Artículo 198, número 1 apartado 1.º inciso «a los efectos de su control de legalidad» y apartado 6.º, anulados por Sentencia T.S. (Sala 3.ª, Sección 6.ª) de 20 mayo 2008. LE0000007629_20151108
Artículo 203, inciso «o persona con quien se haya entendido la diligencia», anulado por Sentencia T.S. (Sala 3.ª, Sección 6.ª) de 20 mayo 2008. LE0000007629_20151108
Artículo 204, párrago 3.º, anulado por Sentencia T.S. (Sala 3.ª, Sección 6.ª) de 20 mayo 2008. LE0000007629_20151108
Artículo 209, párrafo final inciso primero, anulado por Sentencia T.S. (Sala 3.ª, Sección 6.ª) de 20 mayo 2008. LE0000007629_20151108
Artículo 210 anulado por Sentencia T.S. (Sala 3.ª, Sección 6.ª) de 20 mayo 2008. LE0000007629_20151108
Artículo 224, número 4 párrafo 3.º e incisos «dentro de su plazo de vigencia,» y «Al pie del traslado a papel, dichos funcionarios deberán indicar su nombre y apellidos, cargo, fecha del traslado, número de folios que lo integran y su limitado efecto a la citada incorporación al expediente o archivo», anulados por Sentencia T.S. (Sala 3.ª, Sección 6.ª) de 20 mayo 2008. LE0000007629_20151108
Artículo 262, párrafo 1.º, anulado por Sentencia T.S. (Sala 3.ª, Sección 6.ª) de 20 mayo 2008. LE0000007629_20151108
Artículo 220 anulado por Sentencia T.S. (Sala 3.ª, Sección 6.ª) de 20 mayo 2008. LE0000007629_20151108
- 13/6/2003
- LE0000190854_20030613
RD 862/2003 de 4 Jul. (modificación Regl. de organización y régimen del notariado en materia de ingreso en el cuerpo de notarios)
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- Artículo 5 redactado por el artículo único del R.D. 862/2003, de 4 de julio, por el que se modifica el Reglamento de organización y régimen del Notariado en materia de ingreso en el Cuerpo de Notarios («B.O.E.» 12 julio).LE0000007629_20151108
Artículo 6 redactado por el artículo único del R.D. 862/2003, de 4 de julio, por el que se modifica el Reglamento de organización y régimen del Notariado en materia de ingreso en el Cuerpo de Notarios («B.O.E.» 12 julio).LE0000007629_20151108
Artículo 10 redactado por el artículo único del R.D. 862/2003, de 4 de julio, por el que se modifica el Reglamento de organización y régimen del Notariado en materia de ingreso en el Cuerpo de Notarios («B.O.E.» 12 julio).LE0000007629_20151108
Artículo 12 redactado por el artículo único del R.D. 862/2003, de 4 de julio, por el que se modifica el Reglamento de organización y régimen del Notariado en materia de ingreso en el Cuerpo de Notarios («B.O.E.» 12 julio).LE0000007629_20151108
Artículo 16 redactado por el artículo único del R.D. 862/2003, de 4 de julio, por el que se modifica el Reglamento de organización y régimen del Notariado en materia de ingreso en el Cuerpo de Notarios («B.O.E.» 12 julio).LE0000007629_20151108
Artículo 19 redactado por el artículo único del R.D. 862/2003, de 4 de julio, por el que se modifica el Reglamento de organización y régimen del Notariado en materia de ingreso en el Cuerpo de Notarios («B.O.E.» 12 julio).LE0000007629_20151108
Artículo 20 redactado por el artículo único del R.D. 862/2003, de 4 de julio, por el que se modifica el Reglamento de organización y régimen del Notariado en materia de ingreso en el Cuerpo de Notarios («B.O.E.» 12 julio).LE0000007629_20151108
- 1/10/2000
- LE0000057785_20070130
RD 1643/2000 de 22 Sep. (medidas urgentes para la efectividad de la integración en un solo cuerpo de Notarios y Corredores de Comercio Colegiados)
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- Número 4.º del artículo 316 derogado por la Disposición Derogatoria Unica del R.D. 1643/2000, 22 septiembre, sobre medidas urgentes para la efectividad de la integración en un solo Cuerpo de Notarios y Corredores de Comercio Colegiados («B.O.E.» 23 septiembre).LE0000007629_20151108
Número 6.º del artículo 316 derogado por la Disposición Derogatoria Unica del R.D. 1643/2000, de 22 de septiembre, sobre medidas urgentes para la efectividad de la integración en un solo Cuerpo de Notarios y Corredores de Comercio Colegiados («B.O.E.» 23 septiembre).LE0000007629_20151108
- 1/3/1995
- LE0000333627_20080606
Instrucción DGRN 12 May. 2008 (relativa al art. 22 del Reglamento Notarial)
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- Téngase en cuenta que el apartado único de la Instrucción de 12 de mayo de 2008, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, relativa al artículo 22 del Reglamento Notarial («B.O.E.» 17 mayo), establece que no será de aplicación a los notarios de ingreso la prohibición contenida en el artículo 95 para participar en el primer concurso convocado por otra Administración competente tras la publicación de la lista de notarios aprobados a que se refiere el artículo 21 del propio Reglamento.
LE0000007629_20151108
LE0000085553_19960322OM 29 Feb. 1996 (se da cumplimiento de la sentencia de 28 Oct. 1995 de la Sala 3.ª del TS, en recurso interpuesto por la Diputación Foral de Alava, por la que se declara la nulidad de pleno derecho del RD 675/1993 de 7 May., que modificaba el art. 142 del Regl. Notarial)
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- Téngase en cuenta que la O.M. de 29 de febrero de 1996, por la que se da cumplimiento de la Sentencia de 28 de octubre de 1995 de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, en recurso interpuesto por la Diputación Foral de Alava, por la que se declara la nulidad de pleno derecho del Real Decreto 675/1993 de 7 de mayo, que modificaba el artículo 142 del Reglamento Notarial («B.O.E.» 22 marzo).LE0000007629_20151108
Téngase en cuenta que la O.M. de 29 de febrero de 1996, por la que se da cumplimiento de la Sentencia de 28 de octubre de 1995 de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, en recurso interpuesto por la Diputación Foral de Alava, por la que se declara la nulidad de pleno derecho del Real Decreto 675/1993 de 7 de mayo, que modificaba el artículo 142 del Reglamento Notarial («B.O.E.» 22 marzo).LE0000007629_20151108
Téngase en cuenta que la O.M. de 29 de febrero de 1996, por la que se da cumplimiento de la Sentencia de 28 de octubre de 1995 de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, en recurso interpuesto por la Diputación Foral de Alava, por la que se declara la nulidad de pleno derecho del Real Decreto 675/1993 de 7 de mayo, que modificaba el artículo 142 del Reglamento Notarial («B.O.E.» 22 marzo).LE0000007629_20151108
LE0000171169_19550701D 29 Abr. 1955 (aprobación del Estatuto de la Mutulidad Notarial)
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- Anexo I derogado por D. 29 abril 1955 («B.O.E.» 30 mayo), por el que se aprueba el Estatuto de la Mutualidad Notarial.LE0000007629_20151108
- Otras afectaciones anteriores
- LE0000024824_19950301
RD 2537/1994 de 29 Dic. (modificación Regl. Notarial e Hipotecario, sobre colaboración entre Notarías y Registros de la Propiedad para seguridad del tráfico jurídico inmobiliario)
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- Artículo 175 redactado por R.D. 2537/1994, 29 diciembre («B.O.E.» 24 enero 1995), por el que se modifican determinados artículos de los Reglamentos Notarial e Hipotecario sobre colaboración entre las Notarías y los Registros de la Propiedad para la seguridad del tráfico jurídico inmobiliario.Artículo 249 redactado por R.D. 2537/1994, 29 diciembre («B.O.E.» 24 enero 1995), por el que se modifican determinados artículos de los Reglamentos Notarial e Hipotecario sobre colaboración entre las Notarías y los Registros de la Propiedad para la seguridad del tráfico jurídico inmobiliario.Inciso final del artículo 5 del Anexo III introducido por R.D. 2537/1994, 29 diciembre («B.O.E.» 24 enero 1995), por el que se modifican determinados artículos de los Reglamentos Notarial e Hipotecario sobre colaboración entre las Notarías y los Registros de la Propiedad para la seguridad del tráfico jurídico inmobiliario.Párrafo 2.º del artículo 15 del Anexo III introducido por R.D. 2537/1994, 29 diciembre («B.O.E.» 24 enero 1995), por el que se modifican determinados artículos de los Reglamentos Notarial e Hipotecario sobre colaboración entre las Notarías y los Registros de la Propiedad para la seguridad del tráfico jurídico inmobiliario.
LE0000042530_19930509RD 675/1993 de 7 May. (modificación del Regl. Notarial)
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- Párrafo 5.º del artículo 142 introducido por R.D. 675/1993, 7 mayo («B.O.E.» 8 mayo), por el que se modifica el artículo 142 del Reglamento Notarial.Párrafo 6.º del artículo 142 introducido por R.D. 675/1993, 7 mayo («B.O.E.» 8 mayo), por el que se modifica el artículo 142 del Reglamento Notarial.Párrafo 7.º del artículo 142 introducido por R.D. 675/1993, 7 mayo («B.O.E.» 8 mayo), por el que se modifica el artículo 142 del Reglamento Notarial.
LE0000012190_19930417RD 557/1993 de 16 Abr. (actuación notarial en el procedimiento de emisión de voto por correo)
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- Artículo 8 del Anexo IV redactado por R.D. 557/1993, 16 abril («B.O.E.» 17 abril), sobre actuación notarial en el procedimiento de emisión de voto por correo.
LE0000039851_19930107RD 1368/1992 de 13 Nov. (modificación del RH y del Regl. Notarial)
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- Artículo 209 bis introducido por R.D. 1368/1992, 13 noviembre («B.O.E.» 18 diciembre), por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento Hipotecario y del Reglamento Notarial.Artículo 4 del Anexo II redactado por R.D. 1368/1992, 13 noviembre («B.O.E.» 18 diciembre), por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento Hipotecario y del Reglamento Notarial.Artículo 12 del Anexo II redactado por R.D. 1368/1992, 13 noviembre («B.O.E.» 18 diciembre), por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento Hipotecario y del Reglamento Notarial.Artículo 13 del Anexo II redactado por R.D. 1368/1992, 13 noviembre («B.O.E.» 18 diciembre), por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento Hipotecario y del Reglamento Notarial.Artículo 14 del Anexo II redactado por R.D. 1368/1992, 13 noviembre («B.O.E.» 18 diciembre), por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento Hipotecario y del Reglamento Notarial.
LE0000071004RD 1728/1991 de 29 de Nov. (se modifican diversos preceptos del RH y del Regl. Notarial, relativos a las oposiciones al título de Notario y al Cuerpo de Aspirantes a Registradores de la Propiedad y Mercantiles)
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- Artículo 5 redactado por R.D. 1728/1991, 29 noviembre («B.O.E.» 7 diciembre), por el que se modifican diversos preceptos del Reglamento Hipotecario y del Reglamento Notarial, relativos a las oposiciones al título de Notario y el Cuerpo de Aspirantes a Registradores de la Propiedad y Mercantiles.Artículo 8 redactado por R.D. 1728/1991, 29 noviembre («B.O.E.» 7 diciembre), por el que se modifican diversos preceptos del Reglamento Hipotecario y del Reglamento Notarial, relativos a las oposiciones al título de Notario y el Cuerpo de Aspirantes a Registradores de la Propiedad y Mercantiles.Artículo 10 redactado por R.D. 1728/1991, 29 noviembre («B.O.E.» 7 diciembre; corrección de errores «B.O.E.» 18 febrero 1992), por el que se modifican diversos preceptos del Reglamento Hipotecario y del Reglamento Notarial, relativos a las oposiciones al título de Notario y el Cuerpo de Aspirantes a Registradores de la Propiedad y Mercantiles.Artículo 12 redactado por R.D. 1728/1991, 29 noviembre («B.O.E.» 7 diciembre), por el que se modifican diversos preceptos del Reglamento Hipotecario y del Reglamento Notarial, relativos a las oposiciones al título de Notario y el Cuerpo de Aspirantes a Registradores de la Propiedad y Mercantiles.Artículo 20 redactado por R.D. 1728/1991, 29 noviembre («B.O.E.» 7 diciembre), por el que se modifican diversos preceptos del Reglamento Hipotecario y del Reglamento Notarial, relativos a las oposiciones al título de Notario y el Cuerpo de Aspirantes a Registradores de la Propiedad y Mercantiles.Artículo 101 redactado por R.D. 1728/1991, 29 noviembre («B.O.E.» 7 diciembre), por el que se modifican diversos preceptos del Reglamento Hipotecario y del Reglamento Notarial, relativos a las oposiciones al título de Notario y el Cuerpo de Aspirantes a Registradores de la Propiedad y Mercantiles.
LE0000018267_19960329RD 1597/1989 de 29 Dic. (Regl. del Registro Mercantil)
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- Párrafo 2.º del artículo 241 introducido por R.D. 1597/1989, 29 diciembre («B.O.E.» 30 diciembre), por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil.
LE0000010641_19870725RD 950/1987 de 24 Jul. (R notarial. Título de notario. Oposiciones)
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- Artículo 6 redactado por R.D. 950/1987, 24 julio («B.O.E.» 25 julio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial, relativos al sistema de oposiciones para la obtención del título de Notario.Artículo 9 redactado por R.D. 950/1987, 24 julio («B.O.E.» 25 julio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial, relativos al sistema de oposiciones para la obtención del título de Notario.Artículo 14 redactado por R.D. 950/1987, 24 julio («B.O.E.» 25 julio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial, relativos al sistema de oposiciones para la obtención del título de Notario.Artículo 16 redactado por R.D. 950/1987, 24 julio («B.O.E.» 25 julio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial, relativos al sistema de oposiciones para la obtención del título de Notario.Artículo 17 redactado por R.D. 950/1987, 24 julio («B.O.E.» 25 julio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial, relativos al sistema de oposiciones para la obtención del título de Notario.Artículo 18 redactado por R.D. 950/1987, 24 julio («B.O.E.» 25 julio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial, relativos al sistema de oposiciones para la obtención del título de Notario.Artículo 19 redactado por R.D. 950/1987, 24 julio («B.O.E.» 25 julio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial, relativos al sistema de oposiciones para la obtención del título de Notario.Artículo 100 redactado por R.D. 950/1987, 24 julio («B.O.E.» 25 julio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial, relativos al sistema de oposiciones para la obtención del título de Notario.
LE0000147404_19860207RD 2360/1985 de 23 Oct. (regulación de la celebración de oposiciones al título de Notario durante el período electoral)
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- Párrafo 1.º del artículo 4 redactado por R.D. 2360/1985, 23 octubre («B.O.E.» 18 enero 1986), sobre celebración de oposiciones al título de Notario durante el período electoral.
LE0000049584_19850420RD 510/1985 de 6 Mar. (R de la L del registro civil y Regl. de organización y Régimen de notariado. Modificación de artículos)
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- Artículo 17 del Anexo III redactado por R.D. 510/1985, 6 marzo («B.O.E.» 19 abril), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento de la Ley del Registro Civil y del Reglamento para la organización y régimen del Notariado.
LE0000007755_19840626RD 1209/1984 de 8 Jun. (modificación del Regl. Notarial)
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- Artículo 21 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 22 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 23 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 24 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 25 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial, correspondiendo su contenido al anterior artículo 24.Artículo 26 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial, correspondiendo su contenido al anterior artículo 25.Artículo 27 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial, correspondiendo su contenido al anterior artículo 26.Artículo 28 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial, correspondiendo su contenido al anterior artículo 27.Artículo 29 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial, correspondiendo su contenido al anterior artículo 28.Artículo 31 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial, correspondiendo su contenido al anterior artículo 30.Artículo 32 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial, correspondiendo su contenido al anterior artículo 31.Artículo 34 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial, correspondiendo su contenido al anterior artículo 33.Párrafos 1.º a 4.º del artículo 35 redactados por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Párrafo final del artículo 35 derogado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 41 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 42 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 57 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Párrafo 4.º del artículo 72 introducido por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 79 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 88 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 90 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 92 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 94 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 95 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Párrafo 2.º del artículo 96 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 97 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 98 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 99 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 103 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial, correspondiendo su contenido al anterior artículo 100 en su redacción originaria.Artículo 104 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial, correspondiendo su contenido al anterior artículo 101 en su redacción originaria.Artículo 105 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial, correspondiendo su contenido al anterior artículo 102.Artículo 106 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 107 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial, correspondiendo su contenido al anterior artículo 104 en su redacción originaria.Artículo 108 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 109 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 111 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 113 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 114 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 129 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 129 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 130 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 130 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 135 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 135 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 141 bis introducido por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial, correspondiendo su contenido al anterior artículo 142.Rúbrica del Capítulo IV del Título III introducida y artículo 142 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 146 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 147 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 152 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 153 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 168 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 169 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 191 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 197 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 199 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 200 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Epígrafe a') redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Epígrafe c') redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 208 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 225 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 227 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 251 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 254 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 256 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 257 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 259 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 260 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 261 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 262 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 263 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 264 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 269 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 279 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 288 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 300 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 302 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 305 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 308 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 310 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 311 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 313 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 314 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 315 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 316 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 317 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 318 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 319 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 320 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 321 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 322 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 323 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 324 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 325 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 326 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 327 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 328 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 329 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 330 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 331 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 332 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 333 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 334 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 335 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 336 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 337 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 338 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 339 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 340 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 341 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 342 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 343 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 344 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 345 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 346 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 347 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 348 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 349 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 350 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 351 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 352 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 353 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 354 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 355 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 356 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 357 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 358 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 359 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 360 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 361 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 362 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 363 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 364 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 30 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial, correspondiendo su contenido al anterior artículo 29, si bien se modifica la cita que en su último párrafo se hacía al artículo 27.Artículo 33 redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial, correspondiendo su contenido al anterior artículo 32, si bien se modifica la cita que en su párrafo 2.º se hacía al artículo 29.Epígrafe b') redactado por R.D. 1209/1984, 8 junio («B.O.E.» 25 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial. Téngase en cuenta que la actual rúbrica se corresponde con la del anterior epígrafe a').
LE0000039847_19840626RD 1163/1983 de 30 Mar. (modificación del Regl. Notarial)
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- Artículo 4 redactado por R.D. 1163/1983, 30 marzo («B.O.E.» 7 mayo), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial, relativos a demarcación notarial.Artículo 72 redactado por R.D. 1163/1983, 30 marzo («B.O.E.» 7 mayo), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial, relativos a demarcación notarial.Párrafo 1.º del artículo 74 redactado por R.D. 1163/1983, 30 marzo («B.O.E.» 7 mayo), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial, relativos a demarcación notarial.Párrafo 1.º del artículo 96 redactado por R.D. 1163/1983, 30 marzo («B.O.E.» 7 mayo), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial, relativos a demarcación notarial.
LE0000140755_19930417RD 1954/1982 de 30 Jul. (modificación del anexo cuarto, relativo al ejercicio de la fe pública en materia electoral, del Regl. Notarial, de 2 Jun. 1944)
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- Anexo IV introducido por R.D. 1954/1982, 30 julio («B.O.E.» 14 agosto), por el que se aprueba el Anexo Cuarto del Reglamento Notarial, relativo al ejercicio de la fe pública en material electoral.
LE0000140081_19820605RD 1126/1982 de 28 May. (modificación del Regl. Notarial)
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- Artículo 7 redactado por R.D. 1126/1982, 28 mayo («B.O.E.» 4 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 11 redactado por R.D. 1126/1982, 28 mayo («B.O.E.» 4 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamnto Notarial.Artículo 13 redactado por R.D. 1126/1982, 28 mayo («B.O.E.» 4 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 35 redactado por R.D. 1126/1982, 28 mayo («B.O.E.» 4 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 36 redactado por R.D. 1126/1982, 28 mayo («B.O.E.» 4 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 37 redactado por R.D. 1126/1982, 28 mayo («B.O.E.» 4 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Párrafo 1.º del artículo 63 redactado por R.D. 1126/1982, 28 mayo («B.O.E.» 4 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Número 8 del artículo 80 derogado por R.D. 1126/1982, 28 mayo («B.O.E.» 4 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 116 redactado por R.D. 1126/1982, 28 mayo («B.O.E.» 4 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 117 redactado por R.D. 1126/1982, 28 mayo («B.O.E.» 4 junio), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.
LE0000162611_19800923RD 1689/1980 de 24 Jul. (modificación del Regl. Notarial y del Estatuto de la Mutualidad Notarial)
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- Párrafo 3.º del artículo 134 introducido por R.D. 1689/1980, 24 julio («B.O.E.» 3 septiembre), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial y del Estatuto de la Mutualidad Notarial.Artículo 285 redactado por R.D. 1689/1980, 24 julio («B.O.E.» 3 septiembre), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial y del Estatuto de la Mutualidad Notarial.Artículo 286 redactado por R.D. 1689/1980, 24 julio («B.O.E.» 3 septiembre), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial y del Estatuto de la Mutualidad Notarial.
LE0000167271_19780308RD 342/1978 de 10 Feb. (modificación de la redacción de los art. 10, 77, 88 y 98 del Regl. notarial)
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- Artículo 77 redactado por R.D. 342/1978, 10 febrero («B.O.E.» 8 marzo), por el que se modifica la redacción de determinados artículos del Reglamento Notarial.
LE0000112184_19680804D 1530/1968 de 12 Jun. (se aprueba el Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia)
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- Artículo 312 derogado por D. 1530/1968, 12 junio («B.O.E.» 15 julio), por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia, en cuanto haga referencia a la determinación de las estructuras orgánicas, composición, dependencia y funcionamiento de los Organismos y unidades regulados en el Reglamento Orgánico y modificado en cuanto señale funciones y atribuciones a los mismos en el sentido de entenderlas referidas a los que se establecen en el capítulo V y artículo 113 del citado Reglamento en la forma fijada en éste.Artículo 1 del anexo II derogado por D. 1530/1968, 12 junio («B.O.E.» 15 julio), por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia, en cuanto haga referencia a la determinación de las estructuras orgánicas, composición, dependencia y funcionamiento de los Organismos y unidades regulados en el Reglamento Orgánico y modificado en cuanto señale funciones y atribuciones a los mismos en el sentido de entenderlas referidas a los que se establecen en el capítulo V y artículo 113 del citado Reglamento en la forma fijada en éste.
LE0000101083_19670926D 2310/1967 de 22 Jul. (modificación D 2 Jun. 1944, Regl. notarial)
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- Artículo 49 redactado por D. 2310/1967, 22 julio («B.O.E.» 25 septiembre), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 51 redactado por D. 2310/1967, 22 julio («B.O.E.» 25 septiembre), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 63 redactado por D. 2310/1967, 22 julio («B.O.E.» 25 septiembre), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 126 redactado por D. 2310/1967, 22 julio («B.O.E.» 25 septiembre), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 134 redactado por D. 2310/1967, 22 julio («B.O.E.» 25 septiembre), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 137 redactado por D. 2310/1967, 22 julio («B.O.E.» 25 septiembre), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 137 redactado por D. 2310/1967, 22 julio («B.O.E.» 25 septiembre), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 154 redactado por D. 2310/1967, 22 julio («B.O.E.» 25 septiembre), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 164 redactado por D. 2310/1967, 22 julio («B.O.E.» 25 septiembre), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 166 redactado por D. 2310/1967, 22 julio («B.O.E.» 25 septiembre), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 176 redactado por D. 2310/1967, 22 julio («B.O.E.» 25 septiembre), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 178 redactado por D. 2310/1967, 22 julio («B.O.E.» 25 septiembre), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 187 redactado por D. 2310/1967, 22 julio («B.O.E.» 25 septiembre), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 193 redactado por D. 2310/1967, 22 julio («B.O.E.» 25 septiembre), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 209 redactado por D. 2310/1967, 22 julio («B.O.E.» 25 septiembre), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 210 redactado por D. 2310/1967, 22 julio («B.O.E.» 25 septiembre), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 247 redactado por D. 2310/1967, 22 julio («B.O.E.» 25 septiembre), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 272 redactado por D. 2310/1967, 22 julio («B.O.E.» 25 septiembre), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 283 redactado por D. 2310/1967, 22 julio («B.O.E.» 25 septiembre), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 292 redactado por D. 2310/1967, 22 julio («B.O.E.» 25 septiembre), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.
LE0000102464_19451216D 30 Nov. 1945 (modificación D 2 Jun. 1944, Regl. Notarial)
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- Artículo 45 redactado por D. 30 noviembre 1945 («B.O.E.» 15 diciembre), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Artículo 59 redactado por D. 30 noviembre 1945 («B.O.E.» 15 diciembre), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Disposición transitoria 3.ª derogada por D. 30 noviembre 1945 («B.O.E.» 15 diciembre), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.Disposición transitoria 5.ª derogada por D. 30 noviembre 1945 («B.O.E.» 15 diciembre), por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Notarial.
Artículo primero
Se aprueba con carácter definitivo el adjunto Reglamento de la organización y régimen del Notariado y sus tres Anexos.
Artículo segundo
Este Reglamento y su Anexos empezarán a regir en la Península, Islas adyacentes y territorios españoles del Norte de Africa el día quince de julio de mil novecientos cuarenta y cuatro, con la excepción que se establece en el artículo siguiente.
Artículo tercero
El Anexo tercero, relativo al ejercicio de la fe pública por los Agentes diplomáticos y consulares de España en el extranjero, regirá desde primero de enero de mil novecientos cuarenta y cinco.