Cuantia

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La oposición al auto de cuantía máxima

En materia de responsabilidad derivada de accidente de circulación, el legislador ha fijado un mecanismo de determinación de indemnizaciones cuando el Juez del orden penal no puede determinar responsabilidad penal, a fin de obtener pronta reparación ante la jurisdicción civil por medio de un título judicial ejecutivo. Pero ha sido praxis de las aseguradoras promover dentro de estos procesos ejecutivos toda una serie de argucias legales para discutir todo el accidente, desnaturalizando el proceso ejecutivo.

La Retribución mediante participación en beneficios de los Administradores de las Sociedades.

Cuando los medios se refieren al gobierno de las empresas, no hay cuestión empresarial que atraiga más al ciudadano común que la pregunta « ¿cuánto cobran? » los administradores de las sociedades; y así pues, la discusión tiende a centrarse en su control y en su transparencia, pasando las demás cuestiones algunas de mucha mayor repercusión para el éxito a largo plazo de la empresa a un segundo plano. Durante los años de burbuja bursátil, inversores y medios toleraron la cuantía aparentemente ilimitada de las retribuciones de los consejeros, en buena medida generadas con stock options y otros sistemas de remuneración muy opacos, referenciados al valor de las acciones. Pero en los tiempos de malestar económico que vivimos en la actualidad, ha surgido una poderosa corriente de opinión, criticando que, a pesar del colapso de las cotizaciones bursátiles y de la reducción de beneficios, los administradores hayan incrementado sus honorarios.

El recargo de prestaciones de Seguridad Social. El supuesto de imprudencia temeraria del trabajador.

Aunque pudiera parecer lo contrario, el recargo de prestaciones por accidente de trabajo es una figura histórica en nuestro Derecho (1). Así, la Ley de Seguro de Accidentes de Trabajo de 30 de Enero de 1.900, ya lo contemplaba en su art. 5.5, el cual disponía que "las indemnizaciones determinadas por esta Ley se aumentaran en una mitad más de su cuantía, cuando el accidente se produzca en un establecimiento u obras cuyas máquinas o artefactos carezcan de los aparatos de precaución…" Esta definición con ligeras variantes, y con una evolución ampliatoria se ha mantenido en las sucesivas normas sobre accidente de trabajo: art. 5 de la Ley de 10 de Enero de 1.922, R.D. de 29 de Diciembre de 1.922; art. 27 del T.R. de 22 de Junio de 1.956 y Reglamento de la misma fecha. La Ley de Seguridad Social de 1.966, recogió por primera vez la cuantía del Recargo entre un 30 y un 50%, y la Ley de Financiación y perfeccionamiento de Prestaciones lo extendió a todas ellas. La definición contenida en la Ley General de la Seguridad Social de 1.974, permanece hoy en el Texto Refundido de 1.994.

La interpretación jurisprudencial del criterio de afectación general en el recurso de suplicación.

El artículo 191 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social (en adelante LRJS) determina el ámbito de aplicación del recurso de suplicación con ciertas aunque no profundas modificaciones al anterior artículo 189 del Texto Refundido de la Ley 271995, de 7 de abril, de Procedimiento Laboral (en adelante LPL). Junto a la cuantía mínima de acceso al recurso que pasa de 1.800 a 3.000 euros, aparecen señalados cambios en cuanto a la recurribilidad de los autos y en lo referente al régimen de excepciones. Es respecto a esta materia en la que el punto 2 del citado artículo establece un nuevo régimen de excepciones en el que se equiparan, a efectos de suplicación, todos los supuestos de extinción del contrato con el despido, y se incluyen como recurribles: los procedimientos de subsanación de la mediación cuando ésta sea obligatoria, aquéllos que impugnen la falta de competencia territorial y funcional, los procedimientos de oficio, y los recursos de impugnación de resoluciones administrativas cuando la cuantía no sea susceptible de determinación económica o, de serlo, supere los 18.000 euros.

La difícil repercusión de la tasa judicial en el procedimiento monitorio: la última reforma de la LEC y futuras reformas legislativas en tramitación parlamentaria

El pasado 14 de abril de 2011 entró en vigor la reforma operada por la Ley 4/2011, de 24 de marzo, de modificación de la LEC, para facilitar la aplicación en España de los procesos monitorios y de escasa cuantía (BOE nº 72 de 25.03.2011, pp. 31831 y ss.). Entre las modificaciones, la que ha producido mayores reticencias, es sin duda la exigencia de la tasa judicial (modelo 696) para la petición inicial del procedimiento monitorio, que afecta ya a los sujetos pasivos no exentos de tal tributo previo a la interpelación judicial.

Pensión compensatoria del artículo 97 CC y el Régimen Económico de Separación de Bienes, ¿procede o no procede?

Contenida en el artículo 97 del Código Civil, se trata de una cuantía que uno de los cónyuges ha de satisfacer a favor del otro, normalmente bajo la forma de una renta periódica, y que tiene su origen en el desequilibrio que este último ha sufrido en relación con el que conserva el primero, como consecuencia directa de la separación o divorcio que ha implicado el cese de su vida en común.

El proceso europeo de escasa cuantía

En los países de nuestro entorno y dentro de la comunidad europea, numerosos Estados miembros han introducido en su ordenamiento procesos civiles simplificados para las demandas de escasa cuantía con el objeto de abaratar los costes para el justiciable así como para evitar retraso en sus cobros. En los asuntos transfronterizos los obstáculos para la obtención de una sentencia rápida y poco costosa aumentan de forma alarmante, por ello es necesario el proceso de escasa cuantía europeo.

No procede exigir la tasa judicial cuando su cuantía es tan manifiestamente desproporcionada que impide el acceso a la justicia

18 de septiembre de 2014 Noticias Tasas judiciales

La Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha dictado dos resoluciones en las que estima la queja interpuesta por el administrador de una sociedad limitada en concurso al que, para recurrir una sentencia que le condenaba a la pérdida de determinados derechos y al pago de importantes indemnizaciones,  se le exigía el previo abono de unas tasas judiciales de casi 3.000 eurosL.

Gallardón admite que las tasas judiciales ha reducido la litigiosidad, pero solo en asuntos de pequeña cuantía, no los grandes pleitos

04 de junio de 2014 Noticias Tasas judiciales

El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha admitido este miércoles que las nuevas tasas judiciales han contribuido al descenso en un 15 por ciento de la litigiosidad en lo Contencioso-Administrativo. Eso sí, ha asegurado que no han afectado a "grandes pleitos", sino a asuntos de escasa cuantía, como las sanciones de tráfico.

La nómina de pensiones contributivas de enero supera los 7.299 millones de euros

25 de enero de 2012 Noticias PENSIONES

La pensión media de jubilación del Sistema de la Seguridad Social alcanzó este mes la cuantía de 936,43 euros, un 3,4% de incremento con respecto al mismo mes del pasado año. En cuanto a la pensión media del Sistema, que comprende las distintas clases de pensión (jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad y a favor de familiares), se situó en 822,82 euros al mes, lo que supone un aumento interanual del 3,1%.