Derecho

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El TC ampara a un periodista en su derecho a la información y anula la sentencia que le condenó por un delito de revelación de secretos

La noticia publicada tiene importancia social al referirse a un cargo público y, además, tiene que ver con percepciones económicas y utilización de bienes públicos.  Los datos bancarios que se incluyen refuerzan la credibilidad de la información por lo que no pueden calificarse de irrelevantes, gratuitos o innecesarios. 

Los indefinidos no fijos de la Administración no pueden acceder a la excedencia voluntaria

28 de febrero de 2019 Jurisprudencia INDEFINIDOS NO FIJOS

No es discriminatorio por una sencilla razón, están vinculados a una plaza específica. La Administración vendría obligada a cubrir la vacante en excedencia por los procesos reglamentarios, y por tanto, resultaría incompatible con el derecho preferente al reingreso en una vacante de igual o similar categoría. No se puede otorgar al empleado tras el reingreso, más derechos de los que ya tenía.

Reconocida a una funcionaria como tiempo de servicio activo la excedencia por cuidado de hijos

Para conseguir conciliar la vida familiar y laboral, sin menoscabar la carrera del empleado público, y sin vulnerar el derecho a la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, se debe equiparar el período de disfrute de la excedencia para el cuidado de hijos/familiares como asimilada a la situación de servicio activo a los efectos de ser incluidos en el cómputo de los méritos de experiencia profesional.  

Condenado el Ayuntamiento de Adra por pagar más a los hombres que a las mujeres

Las limpiadoras son todas mujeres, y los operarios peones todos hombres. Ellas cobran casi 70 euros menos cuando tienen la misma categoría y nivel salarial. Se rebaja la indemnización a 1.900 € para cada una de ellas para que no queden demasiado dañadas las arcas públicas y no se afecte al resto de la ciudadanía. Podrán reclamar aparte sus diferencias salariales.  

La divorciada que cobró parte de la pensión de viudedad de su ex hasta que el TS concedió el pleno derecho a la viuda, no deberá reintegrar lo ya percibido

22 de febrero de 2019 Jurisprudencia PENSIÓN DE VIUDEDAD

Hasta que no quedaron perfectamente delimitados los respectivos derechos de viuda y divorciada mediante sentencia del Supremo, ambas tenían derecho a la prestación. Por tanto, hasta ese momento la divorciada cobró la prestación legítimamente, porque así lo había dictaminado el INSS y los tribunales.