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Regulado el teletrabajo para la Administración Pública: el nuevo artículo 47 bis del TREBEP

Publicado el Real Decreto-ley 29/2020, de 29 de septiembre, de medidas urgentes en materia de teletrabajo en las Administraciones Públicas y de recursos humanos en el Sistema Nacional de Salud para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, su finalidad principal es asegurar el normal funcionamiento de las Administraciones Públicas, impulsando una nueva forma de organización y estructuración del trabajo para el mejor servicio a los intereses generales. Regulado el teletrabajo para las AAPP: el nuevo artículo 47 bis del TREBEP

Comentario de urgencia sobre el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre)

El texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015 tiene por objeto integrar en su contenido, debidamente regularizadas, aclaradas y armonizadas, las determinaciones legales que lo han modificado o afectado a su ámbito material, contribuyendo así, como se reconoce en su exposición de motivos, a dotar de seguridad jurídica a nuestro ordenamiento jurídico.

Tras la entrada en vigor de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (LEBEP), ¿es posible en la Administración Local acceder por promoción interna al nuevo Subgrupo A1 desde el nuevo Subgrupo C1?

Hay que plantearse si la disposición transitoria tercera de la LEBEP es aplicable de forma inmediata tras la entrada en vigor de la ley. La siguiente cuestión es: ¿cuál es el alcance de la derogación del art. 22.1 de la LMRFP, prevista en la disposición derogatoria única, letra b, de la LEBEP?

La Ley 20/2014, publicada hoy, autoriza al Gobierno para aprobar ocho nuevos textos refundidos en el plazo de doce meses

30 de octubre de 2014 Noticias Textos refundidos

Ley 20/2014, de 29 de octubre, autoriza al Gobierno para aprobar, en el plazo de doce meses a partir de la entrada en vigor de esta ley, sendos textos refundidos en los que se integren, debidamente regularizadas, aclaradas y armonizadas, las siguientes normas: Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores; Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal;  la Ley General de la Seguridad Social;  la Ley del Estatuto de los Trabajadores; Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales; la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo; el EBEP y la Ley del Suelo de 2008; 

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